SUBASTAS INMOBILIARIAS. DEPÓSITO
EN SUBASTA Convertir conocimiento en valor
añadido: La Ley de Enjuiciamiento
Civil hasta ahora exigía, para tomar parte en la subasta, que los
postores efectuaran un depósito por importe del 30 por 100 del valor
del bien ejecutado. Este porcentaje, en un contexto económico del
mercado de la vivienda como el actual, puede estar configurando una barrera
de entrada excesiva, que llega a impedir la intervención de quienes
pudieran poseer verdadera voluntad de adjudicarse el bien subastado. >
Se reduce hasta el 20 por 100 dicho porcentaje exigido a los postores para
participar en una subasta. De este modo, se facilita la presencia de postores
y la mejor adjudicación de los bienes hipotecados.
Herramienta práctica
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relacionada: Subastas
inmobiliarias.
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