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28 de abril de 2009
URBANISMO, EXTREMADURA,
LA REFORMA DE LA LEY DEL SUELO DE EXTREMADURA DEJA EN MANOS MUNICIPALES
UNA LEGALIZACIÓN MASIVA DE VIVIENDAS EN SUELO NO URBANO
Valor añadido: La
primera medida es que en suelo no urbanizable se permitirá la rehabilitación
de construcciones existentes para vivienda, pero no se exigen 1,5 hectáreas
de parcela como mínimo sino que basta con el tamaño real
de la finca, y que la alteración no suponga un incremento en la
superficie construida de más del 10 por ciento. Respecto a las urbanizaciones
ilegales, se deja en manos del ayuntamiento que se puedan legalizar y siempre
cargando todos los gastos a los propietarios. Se permitirá al ayuntamiento
modificar su PGOU y reclasifica suelo urbano no consolidado o urbanizable.
Únicamente se prohíbe la legalización de urbanizaciones
que incumplan normas ambientales, las de patrimonio histórico-artístico,
o las de dominio público de vías pecuarias o cauces de agua.
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