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27 de abril de 2009

TERCERA EDAD, TURISMO, URBANISMO, EXTREMADURA, REFORMA DEL DECRETO DE CIUDADES MIXTAS
Valor añadido:La reforma de la Ley Extremeña modificará también el régimen jurídico de los proyectos de interés regional (PIR), después de que el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura anulase el decreto de 'Ciudades Mixtas'. Sentencia del Tribunal Superior de Extremadura que declaró nulo de pleno derecho el  Decreto 44/2007, de 20 de marzo, de ordenación del uso extensivo de suelos no urbanizables para actividades turísticas y fomento de actuaciones para la atención de personas mayores en ciudades mixtas. Según el TSE esta "conclusión de extralimitación o ausencia de título habilitante" "viene confirmado" por el hecho de que, "pudiendo ser objeto de PIR las viviendas sujetas a algún tipo de protección pública, este decreto no tiene como finalidad primordial la construcción de viviendas protegidas, pues no es condición necesaria que un "complejo turístico" disponga de viviendas mixtas" y en todo caso éstas "no pueden superar el 10% de las viviendas, por lo que el Decreto entra en causa de nulidad y así lo declara la sentencia"…
 
 

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