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27 de octubre de 2009

inmoley.com noticias inmobiliarias (inmobiliario, urbanismo, construcción, edificación, financiación inmobiliaria, obra pública, vivienda, centros comerciales, arrendamientos) ©
 
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URBANISMO, MURCIA. LOS JUECES PIDEN RESPONSABILIDAD PENAL A LOS AYUNTAMIENTOS QUE NO EJECUTEN LAS DEMOLICIONES
Valor añadido: Urbanismo, Murcia. Los jueces piden responsabilidad penal a los ayuntamientos que no ejecuten las demoliciones. Guía práctica inmoley.com relacionada: sanciones urbanísticas y urbanismo de Murcia. Un juzgado ha condenado al Ayuntamiento de Lorca por no demoler una edificación ejecutada sin licencia. La sentencia es firme y fija  un plazo de 15 días para derribar la construcción y le obliga a pagar las costas por la «inejecución» de la orden. La novedad es que se advierte que el juzgado pedirá responsabilidad penal a «quienes impidan su cumplimiento». Como de costumbre, el ayuntamiento alegó «falta de medios» para ejecutarla pero deberá ahora derribar la construcción en un plazo de 15 días y, además, pagar las costas por la «inejecución» de la sentencia firme dictada en febrero de 2007 y que más tarde fue confirmada por el Tribunal Superior de Justicia de Murcia en noviembre de 2008. El juez advierte en el fallo que podría exigir responsabilidades penales si no se ejecuta la sentencia. Las obras fueron realizadas, como consta en el contencioso, por un vecino en la diputación de Parrilla, en El Consejero, Rambla de los 17 Arcos, y consistieron en «ampliación de vivienda de dos plantas de 84 m2, acondicionamiento de almacén como vivienda de 42 m2, construcción de porche de 59,60 m2, construcción de almacén destinado a garaje de 43,40 m2 y construcción de nave-almacén de 145 m2». Se solicitaba su demolición «por haberlas ejecutado sin licencia y con infracción de las normas urbanísticas», y por considerar que se estaban llevando a cabo «sobre lindero y afectando a una servidumbre de paso». Después de la sentencia firme del magistrado juez del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Murcia, Indalecio Cassinello Gómez-Pardo, de fecha 26 de febrero de 2007, y confirmada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Murcia el día 21 de noviembre de 2008, aún no se ha procedido a la «ejecución subsidiaria con cargo a los obligados».
 
 
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