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17 de febrero de 2012
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

URBANISMO. LAS VALORACIONES DEL SUELO A DEBATE: ¿QUÉ HACER CON LAS VALORACIONES DE LA LEY DEL SUELO?. MODIFICAR LA LEY DE SUELO O REFORMARLA.
Convertir conocimiento en valor añadido:  Libro inmoley.com due diligence, auditoría legal y valoraciones inmobiliarias, y libro de la ley del suelo. ¿Qué hacer con las valoraciones de la ley del suelo?. Modificar la Ley de Suelo o reformarla.
Herramienta práctica > Guías prácticas: urbanismo. EBooks urbanismo
 

  • Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público. Disposición Final Novena. Renovación de la prórroga sobre excepciones a la aplicación de los nuevos criterios de valoración de suelo. 
  • Se da nueva redacción al apartado 2 de la Disposición transitoria tercera del Texto Refundido de la Ley del Suelo aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, que queda redactado en los siguientes términos:
    • 2. Los terrenos que, a la entrada en vigor de aquélla, formen parte del suelo urbanizable incluido en ámbitos delimitados para los que el planeamiento haya establecido las condiciones para su desarrollo, se valorarán conforme a las reglas establecidas en la Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen de Suelo y Valoraciones, tal y como quedaron redactadas por la Ley 10/2003, de 20 de mayo, siempre y cuando en el momento a que deba entenderse referida la valoración no hayan vencido los plazos para la ejecución del planeamiento o, si han vencido, sea por causa imputable a la Administración o a terceros.
  • De no existir previsión expresa sobre plazos de ejecución en el planeamiento ni en la legislación de ordenación territorial y urbanística, se aplicará el de cinco años contados desde la entrada en vigor de la Ley 8/2007, de 28 de mayo, de Suelo.
 

 

 
 
 
 

 


 

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