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30 de abril de 2009

URBANISMO, CANTABRIA, LAS DEMOLICIONES POR IRREGULARIDADES URBANÍSTICAS NO HAN HECHO MÁS QUE EMPEZAR
Valor añadido: Arnuero ha supuesto la primera demolición de viviendas por irregularidades urbanísticas hace 15 años y afectó a 42 apartamentos de la urbanización El Encinar. Pero las sentencias judiciales afectan a cientos de zonas residenciales en toda Cantabria, como Argoños, Piélagos, Miengo y Escalante. Se trata de denuncias por urbanizar en contra de la Ley de Costas o invadir espacios protegidos. Es probable que se agilicen las demoliciones porque la Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo reclamó a las autoridades regionales de Cantabria que asuman responsabilidades por las sentencias que ordenan el derribo de un millar de viviendas en la comunidad autónoma. Luego están los problemas de los promotores desaparecidos, de los promotores en concurso de acreedores que asumen el derribo para desatascar las indemnizaciones porque los jueces niegan indemnizar sin antes derribar. Y en el medio cientos de familias a los que las indemnizaciones que reciban del Gobierno cántabro y ayuntamientos como el de Arnuero no compensarán en casi nada su inversión. 

Hasta ayer, nunca antes se había materializado ninguna demolición. En estos casos, los procesos judiciales son complejos y suelen dilatarse en el tiempo. En varias ocasiones, además, fue imposible encontrar empresas que quisieran asumir estos trabajos por la repercusión social que implican. No obstante, Inmobiliaria Arnuero -propiedad de Cenavi, la misma promotora que construyó las casas- se ofreció en octubre a tirar los dos primeros bloques de la urbanización. Acababa de presentar suspensión de pagos y el objetivo de la entidad, propietaria de 36 de los 42 apartamentos, era «cobrar la indemnización patrimonial» que sólo recibirá cuando los pisos desaparezcan. 

CRONOLOGÍA DEL PRIMER DERRIBO DE UNA URBANIZACIÓN EN CANTABRIA

Ésta es la cronología de los principales hechos que han rodeado a la primera sentencia derribo dictada contra una urbanización en la costa de Cantabria:

- 12 de junio de 1990: El Ayuntamiento de Arnuero aprueba provisionalmente una modificación de su plan de delimitación de suelo urbano de 1987, para incluir 26.000 m2 de suelo urbano en el encinar de la playa de La Arena, en Isla.

- 12 de julio de 1990: El Ayuntamiento de Arnuero aprueba provisionalmente sus normas subsidiarias (NNSS), que califican ese suelo como "apto para urbanizar", no como urbano.

- 27 de noviembre de 1990: La Comisión Regional de Urbanismo de Cantabria aprueba definitivamente las NNSS de Arnuero. La CRU decide declarar directamente urbanos los terrenos de la playa de La Arena que el Ayuntamiento proponía como "aptos para urbanizar".

- 4 de junio de 1991: El Ayuntamiento de Arnuero concede licencia a CENAVI para construir 144 apartamentos en la playa de La Arena.

- 17 de junio de 1992: La asociación ecologista ARCA organiza una protesta en la playa de La Arena para intentar parar las obras. Quince personas son detenidas por encadenarse a las excavadoras. Un juez de Santoña ordena el ingreso en prisión de trece de ellas por alterar el orden público.

- 26 de julio de 1992: Más de 200 personas se manifiestan en la playa contra la urbanización de El Encinar.

- 28 de septiembre de 1992: ARCA recurre ante el Gobierno de Cantabria las NNSS de Arnuero, sin éxito.

- 27 de enero de 1993: ARCA impugna ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria las NNSS de Arnuero y la licencia concedida en primer término a CENAVI y, más adelante, a Inmobiliaria Arnuero.

- 2 de noviembre de 1993: El TSJC anula la aprobación de las NNSS de Arnuero.

- 4 de mayo de 1994: El TSJC anula la licencia que permite la construcción de los apartamentos de La Arena y ordena derribarlos.

- Febrero de 1996: El alcalde de Arnuero cuando se autorizó la urbanización de La Arena, José Luis Rey Villa (UPCA), es condenado a 14 años de inhabilitación por utilizar su cargo para conceder licencias urbanísticas a sociedades de las que formaba parte. 
- 11 de noviembre de 1997: El Tribunal Constitucional atiende parcialmente un recurso de amparo de los afectados. La sentencia dice que no tiene nada que objetar a la orden de derribo, pero manda retrotraer el expediente para que los 104 afectados se puedan personar en defensa de sus derechos, como perjudicados.

- 7 de febrero de 2000: El Tribunal Supremo confirma la sentencia de derribo dictada contra los apartamentos de La Arena.

- 24 de octubre de 2000: El TSJC desestima la solicitud del Ayuntamiento de Arnuero para que no se ejecute la sentencia y ordena al Consistorio que ponga en marcha los trámites para el derribo.

- 9 de marzo de 2005: El TSJC reconoce que los afectados han sufrido daños morales y deben ser indemnizados por ello por el Gobierno de Cantabria y por el Ayuntamiento de Arnuero con cantidades que oscilan entre los 9.000 y los 12.000 euros. Sin embargo, establece que no cabe pagar ninguna indemnización por la pérdida de sus casas hasta que se lleve a cabo el derribo.

- 9 de marzo de 2005: En la misma sentencia en la que concede indemnizaciones por daños morales, el TSJC aprecia indicios de que los miembros de la CRU prevaricaron en su reunión de 27 de noviembre de 1990 al cambiar la clasificación de los suelos de la playa de La Arena de forma "ilegal y arbitraria", a pesar de que tenían informes que les advertían de que podían incurrir en delito al hacerlo.

- 9 de marzo de 2005: El TSJC desestima la demanda interpuesta por Inmobiliaria Arnuero y CENAVI contra el Gobierno de Cantabria y el Ayuntamiento de Arnuero, a los que exigían una indemnización de 17,36 millones de euros por los daños que le provocó la sentencia de derribo. La Sala reitera que sólo se podrán valorar los posibles perjuicios materiales ocasionados cuando se ejecuten los derribos.

- 20 de abril de 2005: La Fiscalía de Cantabria pide todo el expediente de las NNSS de Arnuero y de la licencia de los apartamentos de La Arena, para investigar la posible prevaricación apreciada por el TSJC.

- 23 de julio de 2005: El TSJC rechaza paralizar los derribos hasta que se pague a los afectados por los daños materiales.

- 8 de noviembre de 2005: La Fiscalía archiva la investigación contra los miembros de la CRU de 1990, porque considera que las responsabilidades penales que podrían haberse exigido han prescrito.

- Junio de 2006: El Defensor del Pueblo responde a los afectados por los derribos que no puede impedir que se cumplan las sentencias, aunque les expresa su "comprensión" por la situación que padecen.

- 5 de septiembre de 2006: El Ayuntamiento de Arnuero concede las obras de derribo a la empresa navarra Erri-Berri, en una subasta pública a la que también optaba Inmobiliaria Arnuero.

- 15 y 16 noviembre de 2006: Erri-Berri denuncia que está recibiendo amenazas y que quiere renunciar al contrato.

- 9 de enero de 2007: La Fiscalía abre una investigación sobre las amenazas recibidas por Erri-Berri.

- Abril de 2007: El TSJC ordena al Gobierno de Cantabria que se haga cargo de cumplir la sentencia de derribo, al entender que el Ayuntamiento no puede, tras la renuncia de Erri-Berri.

- Junio de 2007: El TSJC rectifica. La Sala considera ahora que el Ayuntamiento tiene en su mano conceder el derribo a las otras empresas que se interesaron por el contrato. Unos meses más tarde, el Consistorio encarga los trabajos a Inmobiliaria Arnuero. 
- 17 de diciembre de 2007: El Parlamento de Cantabria, por unanimidad, pide al Gobierno regional que presente "en el plazo más breve posible" un plan para "dar solución" a los problemas de los afectados por las sentencias de derribo

- 16 de mayo de 2008: El TSJC suspende temporalmente la ejecución de los derribos de los apartamentos de La Arena y de dos urbanizaciones en Argoños para estudiar el acuerdo del Parlamento.

- Junio de 2008: El TSJC levanta la suspensión temporal de las sentencias de derribo que había concedido.

- 19 de septiembre de 2008: CENAVI se declara en suspensión de pagos. Entre las causas que le han llevado a esa situación, aduce la sentencia de derribo de los apartamentos de la playa de La Arena.

- 10 de diciembre de 2008: El consejero de Obras Públicas, José María Mazón, entrega al TSJC su plan sobre las sentencias de derribo.

- 16 de abril de 2009: La Comisión de Peticiones del Parlamento Europeo reclama a las autoridades regionales de Cantabria que asuman responsabilidades por las sentencias que ordenan el derribo de un millar de viviendas en la comunidad autónoma.

- 29 abril de 2009: Inmobiliaria Arnuero comienza a demoler la urbanización de la playa de La Arena.

ANTECEDENTES 22 4 9

ARNUERO

La promotora Inmobiliaria Arnuero ya puede demoler El Encinar, en Isla 

El Ayuntamiento pide que informe del día y la hora del derribo El alcalde, José Manuel Igual, comunicó la decisión al TSJC y a los vecinos

La promotora Inmobiliaria Arnuero, dependiente de la constructora Cenavi, cuenta con los informes favorables de los técnicos del Ayuntamiento de Arnuero para ejecutar la sentencia de derribo del Tribunal Supremo que pesa sobre los 144 apartamentos del Encinar, en Isla.

Inmobiliaria Arnuero ha tenido que presentar, en el Consistorio, los planes de seguridad y salud y nombrar un director técnico de la obra, además de ajustarse al proyecto de demolición redactado por el Ayuntamiento, que incluye la demolición en dieciséis fases, ocho de demolición y otras ocho de regeneración.

La promotora pretende acometer las cuatro primeras fases de la demolición. La actuación contempla el derribo de 42 viviendas de dos bloques, que no llegaron a construirse en su totalidad.

La promotora pretende derribar, de forma voluntaria, estos apartamentos para acogerse a la responsabilidad patrimonial y cobrar la indemnización por varios pisos de su propiedad. En un principio la compensación económica deberá pagarla el Gobierno regional y el Ayuntamiento de Arnuero al 50 por ciento, pero este último recurrióo el fallo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria al estimar que los culpables son los responsables de la Comisión Regional de Urbanismo., Inmobiliaria Arnuero ha tomado esta decisión tras quedar desierto el concurso que convocó el Ayuntamiento para adjudicar el derribo.

La Junta de Gobierno Local del Consistorio acordó, por unanimidad, solicitar a Inmobiliaria Arnuero que informe del día y la hora en que tirará las casas. Contra el presente acuerdo el interesado podrá interponer un recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes o un recurso contencioso administrativo en el Juzgado de Santander en el plazo de dos meses a contar desde la notificación. Además, el alcalde, José Manuel Igual ha informado al Tribunal Superior de Justicia de Cantabria de los pasos que ha dado para ejecutar el fallo, así como a los afectados.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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