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1 de diciembre de 2009
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

URBANISMO, CANTABRIA. APERCIBIMIENTO A FUNCIONARIOS EN SENTENCIAS DE DERRIBO.
Valor añadido: urbanismo, Cantabria. Apercibimiento a funcionarios en sentencias de derribo. Urbanismo, Cantabria. Guía práctica inmoley.com relacionada: urbanismo de Cantabria y delitos urbanísticos. Urbanización 'Nuevo Liencres'. «Debiendo finalizar el derribo (...) en el plazo de seis meses, a partir de la notificación de la presente resolución».  «No ha lugar a suspender la ejecución a la espera de la evolución del Plan del Gobierno en tanto que el mismo no contempla actuación válida alguna que permita la legalización de las construcciones». «Todo ello con apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia». Taller de trabajo: Análisis del delito de desobediencia en el ámbito del urbanismo. La pena de inhabilitación especial supone la privación definitiva del empleo o cargo de gerente municipal de Urbanismo, así como la incapacidad para obtener el mismo y todos aquellos cargos que el acusado pudiera desempeñar dentro de la Gerencia Municipal de Urbanismo durante el tiempo de la condena. En la jurisprudencia hay sentencias que mantienen la condena por un delito de desobediencia, pero aclara que sólo queda inhabilitado para ser gerente de Urbanismo, no para otros cargos.

Los chalets de la urbanización 'Nuevo Liencres' o Cerrias I tienen los días contados, a juzgar por el contenido del auto dictado por el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) el pasado 27 de noviembre, en el que ordena al alcalde de Piélagos, Jesús Ángel Pacheco, que proceda a la inminente demolición de 17 de ellos, en cumplimiento de la sentencia de derribo dictada por el Tribunal Supremo el 16 de abril de 2008.

En su auto, el TSJC requiere «al alcalde del Ayuntamiento de Piélagos personalmente a fin de que en el término improrrogable de quince días proceda a dar comienzo de la ejecución específica de las 17 viviendas objeto de autos, debiendo finalizar el derribo de las mismas en el plazo de seis meses, a partir de la notificación de la presente resolución».

También le advierte de las consecuencias que podría acarrearle eludir esta obligación, con «apercibimiento de incurrir en delito de desobediencia».

La Urbanización Cerrias está integrada por 52 viviendas, aunque el auto afecta únicamente a 17 de ellas, pertenecientes a una misma fase de obra. El resto de los inmuebles podrían seguir, no obstante, un camino parecido al de las 17 primeras.
La licencia de obra para la ejecución de esta promoción fue otorgada por el Ayuntamiento de Piélagos el pasado 17 de julio de 1996, pero la misma fue recurrida por la asociación ecologista ARCA y, tras el pronunciamiento de sucesivas instancias judiciales, fue declarada ilegal por los tribunales de justicia, ordenando su demolición. 
La sentencia se justificó en que los terrenos sobre los que se erigió la edificación no reunían las determinaciones para ser considerados suelo urbano y, además, se excedían en su impacto paisajístico. Posteriormente fueron afectados por el deslinde del dominio público marítimo-terrestre, aunque fueron los primeros motivos los que influyeron en que su legalización no fuera contemplada en el Plan de Actuación del Gobierno de Cantabria. 

El auto ha sido dictado por los magistrados Clara Penín Alegre, María Josefa Artaza Bilbao y Juan Piqueras Vals el pasado 26 de noviembre, aunque ha sido hecho público y notificado a las partes en la jornada de ayer.

Es la primera iniciativa de estas características que se produce desde que, el pasado mes de julio, el consejero de Obras Públicas, Ordenación del Territorio, Vivienda y Urbanismo, José María Mazón, presentó el Plan de Actuación del Gobierno de Cantabria para las viviendas afectadas por la ejecución de sentencias de derribo en la región.

El Plan, elaborado a instancias del Parlamento de Cantabria, contemplaba una serie de iniciativas para legalizar hasta 420 viviendas de las 575 afectadas por las sentencias, y preveía demoler entre 154 y 175 más, entre ellas las pertenecientes a la Urbanización Cerrias I.

La propia Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC contempla esta situación, al considerar que «no ha lugar a suspender la ejecución a la espera de la evolución del Plan (...) en tanto que el mismo no contempla actuación alguna que permita la legalización de las referidas construcciones». 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

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