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3 de noviembre de 2009

inmoley.com noticias inmobiliarias (inmobiliario, urbanismo, construcción, edificación, financiación inmobiliaria, obra pública, vivienda, centros comerciales, arrendamientos) ©
 
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URBANISMO, CANTABRIA. LOS AYUNTAMIENTOS DEBEN PAGAR LAS DEMOLICIONES DE OBRAS  ILEGALES
Valor añadido: urbanismo, Cantabria. Los ayuntamientos deben pagar las demoliciones de obras  ilegales. Guía práctica inmoley.com relacionada: urbanismo de Cantabria, licencias urbanísticas y sanciones urbanísticas. El Gobierno cántabro y Arnuero deben indemnizar por derribos de La Arena. El Tribunal Supremo ha confirmado que el Gobierno y el Ayuntamiento de Arnuero deben pagar los daños que genere la demolición de los 144 apartamentos de la playa de La Arena, porque cree que las dos administraciones tomaron decisiones que llevaron a la anulación de la licencia para construir las casas. La Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo se ha pronunciado así, en un fallo al que ha tenido acceso Efe, tras analizar un recurso del Ayuntamiento de Arnuero contra una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que, en marzo de 2005, ya condenó a ese Consistorio y al Gobierno a hacer frente de forma solidaria a la responsabilidad patrimonial por el derribo de pisos. El Ayuntamiento de Arnuero reclamaba que el Gobierno afrontara por si solo los gastos por la demolición de los pisos, alegando que el perjuicio ocasionado sólo se puede imputar a la Comisión Regional Urbanismo (CRU), porque fue el órgano que clasificó indebidamente como urbano el suelo donde se ejecutaron las casas.

Así, en su recurso, el Consistorio argumentaba que, aunque en principio clasificó como urbano los terrenos de La Arena, un mes después, al aprobar provisionalmente las normas subsidiarias de planeamiento, calificó ese suelo como apto para urbanizar.

Resalta que, cuando aprobó el Proyecto de Delimitación de Suelo Urbano, la CRU ya conocía que el criterio del Ayuntamiento en relación a los terrenos de La Arena había cambiado y, por eso, cree que debería ser el Gobierno el único responsable de los daños por la anulación de la licencia.

Pero la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo no comparte esa tesis y determina que la anulación de la licencia de La Arena también tuvo origen en la actuación del propio Consistorio, que participó en los trámites que dieron lugar a lo sucedido y "no queda exonerado" por la concurrencia de otra administración (el Gobierno) en todo este proceso.

El Tribunal Supremo recuerda que, cuando otorgó la licencia de construcción, el Ayuntamiento conocía esa indebida clasificación de los terrenos y, pese a ello, concedió el permiso sin formular "ningún reparo" ni emprender ninguna actividad que impidiera las obras.

"El propio Ayuntamiento procedió a conceder la licencia conociendo esas mismas circunstancias, que después determinaron su ilegalidad, sin que a pesar de ello adoptara prevención alguna en su mano para corregir la situación", recalca el fallo de la Sala de lo Contencioso.

Pero el Alto Tribunal sí admite algunas de las objeciones del recurso del Ayuntamiento, compartidas por el Gobierno, que a su vez también recurrió el fallo del TSJC, y reconoce que esa sentencia presenta "incongruencias".

El Supremo reconoce, tal y como alegaban los recurrentes, que el TSJC se pronunció sobre cuestiones ajenas al recurso, al fijar una responsabilidad patrimonial al 50 por ciento para el Gobierno y el Ayuntamiento, como había hecho en otro recurso que se resolvió el mismo día: el de las indemnizaciones reclamadas por los afectados, cuya sentencia está todavía pendiente de recurso.

La Sala explica que en el recurso que planteó el Ayuntamiento sólo solicitaba ser reintegrado en todos los gastos que se le produjeran a consecuencia de la demolición, "y no se cuestiona ni debate" la responsabilidad patrimonial de las dos administraciones respecto a los terceros afectados (los propietarios de las casas).

El Consistorio alegaba que, aunque el Ayuntamiento y el Gobierno fueran corresponsables frente a terceros, porque uno otorgó la licencia y otro aprobó las normas urbanísticas, la comunidad autónoma debería asumir en solitario los perjuicios causados.

El Supremo entiende que el TSJC debió desestimar esa petición del Ayuntamiento, como hizo, pero no fijar las cuotas de responsabilidad, algo que nadie había pedido en ese litigio.

Para el Alto Tribunal, el Ayuntamiento y el Gobierno tendrán que responder de los daños causados a terceros "en la cuota que en su caso se determine en los procesos en los que se reclame por los mismos".  
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

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