ESTUDIOS DE DETALLE Y PROYECTOS DE URBANIZACIÓN.
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¿QUÉ APRENDERÁ?
  • ¿Qué es un estudio de detalle y para qué sirve? 
  • ¿Cómo se tramitan y qué documentos necesito? 
  • ¿Cómo se tramitan los estudios de detalle? 
  • ¿Hasta dónde puede desarrollar un Estudio de Detalle? 
  • Procedimiento en la tramitación de un Estudio de detalle. 
  • El proyecto de urbanización (estudio de detalle).
Lamentablemente los editores y libreros huyen de publicar libros de urbanismo porque las leyes cambian cada dos por tres y no les da tiempo a venderlos entre cambio y cambio. No debemos ser muchos los compradores porque son temas especializados. Por esto la idea de un producto actualizado al día del pedido me gustó. La obra es muy completa. A veces demasiado prolija, pero útil porque se apoya en formularios. 

Juan Cisneros.

ÍNDICE
Introducción

PARTE PRIMERA. 

PARTE  SEGUNDA  PARTE TERCERA  PARTE CUARTA.  PARTE QUINTA  PARTE SEXTA PARTE SÉPTIMA  PARTE OCTAVA
Formularios. Modelo de ordenanza municipal de urbanización. Redacción y ejecución de proyectos y obras de urbanización.
PARTE NOVENA
Formularios. Anulación de proyectos de urbanización por sentencia judicial.

 
Introducción
1. ¿Qué es un estudio de detalle?

Un Estudio de Detalle es un instrumento de Planeamiento de desarrollo, de inferior rango a un Plan General, cuya función esencial es definir de forma concreta los volúmenes edificables de acuerdo con las especificaciones del planeamiento y el señalamiento de alineaciones y rasantes.

Mediante la aprobación de un Estudio de Detalle se pueden alterar las condiciones de parcelación, posición, ocupación, volumen y forma de la edificación, y situación de los usos, sin infligir perjuicio sobre las edificaciones o parcelas colindantes. No afectan por tanto a aspectos sustanciales de planificación urbanística, tales como la clasificación ni la calificación.

El ámbito del Estudio de Detalle debe ser al menos un edificio completo, si bien también puede comprender manzanas o unidades urbanas equivalentes completas.

2. ¿En qué casos se utiliza un Estudio de Detalle?

Algunos de los casos a los que puede recurrir son:

• Para generar un espacio entre parcelas destinadas a viviendas unifamiliares y asegurar la conexión permanente y funcional entre ellas.
• Para definir el espacio destinado al aparcamiento conjunto en una zona de viviendas unifamiliares en régimen especial.
• Para realizar una vivienda de régimen colectivo (por ejemplo, casas adosadas), en una zona de viviendas unifamiliares.
• Para la construcción de trasteros en Normas zonales o Áreas de Planeamiento en las que no se permiten áticos por superar la altura permitida en el Plan de Ordenamiento General.
• Para proponer la variación (o incremento) de las dimensiones máximas de fachada admisibles en la normativa urbanística vigente.
• Para la modificar el porcentaje de edificabilidad de parcelas ubicadas en áreas reguladas.
3. Funciones de los Estudios de Detalle

En el cumplimiento de su función, los Estudios de Detalle:

• Pueden delimitar espacios libres y/o viarios en los suelos edificables objeto de su ordenación como resultado de la disposición de los volúmenes, pero dichos espacios libres tendrían carácter de áreas interiores vinculadas a los suelos edificables, sin conformar espacios con uso pormenorizado propio.
• No pueden alterar el destino del suelo, ni incrementar la edificabilidad ni desconocer o infringir las demás limitaciones que les imponga el correspondiente Plan General o Parcial.
• Tampoco pueden parcelar el suelo, pudiendo únicamente modificar las condiciones de parcelación, siendo el Estudio de Detalle la figura oportuna para parcelar la licencia de parcelación o en su caso los instrumentos de gestión urbanística correspondientes.
4. Clases de Estudio de Detalle

Hay varios tipos de Estudio de Detalle según el objetivo a alcanzar, siendo en todo caso preceptivo su aprobación definitiva con carácter previo a la tramitación y obtención de la correspondiente Licencia urbanística o Declaración Responsable.

5. Objetivos del estudio de detalle.

• Completar o reajustar las alineaciones y rasantes.
• Ordenar los volúmenes edificables, es decir, repartir la edificabilidad entre cada parcela, sin contradecir al planeamiento de orden superior.
• Concretar las condiciones estéticas de las edificaciones.
• Debe quedar claro que este estudio de detalle no debe contradecir al plan general ni a los planes parciales o especiales que pueda haber. Debe definir parámetros que no vengan especificados en estos.

Los estudios de detalle podrán ser formulados por la administración o por particulares. Su aprobación dependerá del ayuntamiento, aunque deberán ser sometidos a información pública durante al menos un mes.

Los Estudios de Detalle pueden formularse con alguno de los siguientes objetivos:

• Para generación de un espacio interpuesto en parcelas destinadas a vivienda unifamiliar, que asegure la permanente y funcional conexión de las parcelas resultantes con las vías o espacios libres públicos al que necesariamente dicho espacio dará frente, siendo necesario tramitar un Estudio de Detalle y Proyecto de Parcelación asociado que se tramitará simultáneamente.
• En todo caso, el cambio de condiciones de parcelación no puede suponer incremento de la densidad o del número de viviendas, en normas zonales u ordenanzas particulares de vivienda unifamiliar o vivienda colectiva de baja densidad, deducida en función de la superficie mínima de parcela o del número máximo de viviendas, expresamente establecidas en las mismas, y se debe garantizar el cumplimiento de las condiciones de accesibilidad y seguridad de los edificios.
• Para definir un aparcamiento conjunto en el caso de actuaciones conjuntas destinadas exclusivamente a viviendas unifamiliares en régimen especial. En este caso, también se puede variar las condiciones de separación a alineación oficial, pero no alterar las condiciones de separación a linderos.
• Para obtener la autorización de implantación de vivienda en régimen colectivo en determinados ámbitos de normas zonales de vivienda unifamiliar.
• Para obtención de la autorización de la construcción de trasteros con solución de cubierta plana en aquellas Normas zonales o Áreas de Planeamiento en que no se permitan áticos, considerándose en este caso como construcciones permitidas por encima de la altura.
• Para autorizar incrementos de edificabilidad en parcelas calificadas como dotacionales con definición del emplazamiento y dimensiones de los volúmenes a ampliar.
• Para acreditar la ausencia de daños a terceros en casos de incumplimiento de las separaciones mínimas a los linderos mediante la aportación de acuerdo previo con los colindantes afectados.
• Para casos de reposicionamiento de la planta baja cuando por la configuración topográfica, forma, dimensiones de una parcela, o por la situación del edificio en la misma, se justifique otra posición distinta de las reguladas por la normativa urbanística vigente.
• Para regulación de la superficie de ocupación en parcelas de geometría irregular cuando por la aplicación de las condiciones de ocupación contempladas en la normativa urbanística vigente (retranqueos, porcentajes o fondos máximos) dé lugar a soluciones no funcionales o inarmónicas con el entorno.
• Para propuesta de posición de la nueva edificación en casos de sustitución de un edificio existente de tipología en bloque abierto en la que no sea obligada su reconstrucción, o para el planteamiento de nueva ordenación en el caso de sustitución de edificios de otra tipología (en manzana cerrada o entre medianeras).
• Para proponer la variación (incremento) de las dimensiones máximas de fachada admisibles en la normativa urbanística vigente.
• Para la modificación del reparto del porcentaje de la edificabilidad resultante para parcelas en áreas reguladas por una misma norma zonal en los casos en que no pueda realizarse mediante un distribuirse directamente a través de un Proyecto de Parcelación o Compensación.
• Para justificar el incremento del fondo máximo contemplado en el área de movimiento o la superficie ocupable en los casos de imposible cumplimiento de aplicación de las condiciones de nueva planta en edificios catalogados existentes sobre los que se pretende efectuar obras de ampliación y reestructuración general debido a la obligatoriedad del mantenimiento de los elementos protegidos o que den lugar a soluciones no funcionales.
6. ¿Qué contiene un Estudio de Detalle?

El Estudio de Detalle de un proyecto incluye:

Memoria descriptiva y justificativa con la siguiente información:

• Información catastral y de Registro, levantamiento topográfico y documentación acreditativa de la propiedad del suelo y/o edificación.
• Determinaciones y parámetros urbanísticos vigentes y relación de la normativa aplicable.
• Justificación de la conveniencia y procedencia de las soluciones adoptadas
• Análisis sectorial del impacto de la nueva ordenación.
• Planos de información (situación y estado actual) y de ordenación (Proyecto o propuesta).
• Resumen Ejecutivo.
Este documento se expone públicamente y consiste, básicamente, en un resumen de la Memoria y una comparación del Plan Vigente y de los resultados del Estudio de Detalle.

7. Documentación y contenido mínimo de un Estudio de Detalle

La documentación técnica que debe prepararse para la tramitación del Estudio de Detalle varía en función del fin perseguido, pero en todo caso debe contener las determinaciones adecuadas a sus finalidades específicas con la precisión suficiente para cumplir éste, incluyendo la justificación de su propia conveniencia y de su conformidad con los instrumentos de ordenación del territorio y del planeamiento urbanístico vigentes sobre su ámbito de ordenación.

El documento para tramitar el Estudio de Detalle debe estar suscrito por técnico competente –arquitecto o ingeniero– en función del objeto del mismo, y además de los documentos administrativos como la acreditación del promotor; autorización del promotor al técnico para la tramitación; relación de colindantes, propietarios y afectados por el Estudio de Detalle; nota simple; información catastral; acreditación de la identidad y habilitación profesional del técnico firmante; o la autorización para publicación en sede electrónica; ha de estar constituido por los siguientes documentos:

• Memoria descriptiva y justificativa, que incluya:
• Ámbito del Estudio de Detalle (información catastral y/o registral, levantamiento topográfico, y documentación acreditativa de la propiedad del suelo y/o edificación).
• Determinaciones y parámetros urbanísticos vigentes, y relación de normativa de aplicación.
• Justificación de la conveniencia y procedencia de las soluciones adoptadas y de la adecuación a las previsiones del Plan que los regula y autoriza.
• Análisis sectorial específico del impacto que la nueva ordenación prevista en el planeamiento que se pretende aprobar puede provocar en la igualdad de género, el impacto de la normativa en la infancia, la adolescencia y la familia; y la justificación de que la nueva ordenación garantiza la accesibilidad y supresión de barreras arquitectónicas.
• Planos de información (de situación y del estado actual) y de ordenación (propuesta).
• Resumen ejecutivo: documento imprescindible en la documentación que se someta a información pública, consistente en una síntesis de la Memoria descriptiva y justificativa, incluyendo cuadro comparativo resumen de los parámetros urbanísticos según el Plan vigente y los resultantes del Estudio de Detalle.
• Proceso de aprobación en un estudio de detalle
8. Aprobación del estudio de detalle.

El proceso de aprobación consta de dos fases, al igual que los Planes Especiales: en primer lugar la admisión a trámite hasta la Aprobación Inicial con información pública, y en segundo lugar la Aprobación Definitiva.

Aprobación inicial. Tras la presentación de la documentación y una vez que ésta se considera suficiente y completa para la tramitación, se admite a trámite el expediente y pasa a analizarse el contenido de la misma por los Servicios técnicos municipales.

Si la propuesta es conforme a la ordenación urbanística vigente se emiten los correspondientes informes técnico y jurídico de admisión a trámite con propuesta de Aprobación Inicial para su elevación al organismo municipal competente (Junta de Gobierno del Ayuntamiento).

La Aprobación inicial conlleva la exposición al público del Estudio de Detalle a través de la publicación del Anuncio tanto en el Boletín Oficial como en un periódico de tirada nacional de gran difusión y a través de la notificación individualizada a todos los propietarios que pudieran verse afectados (colindantes), extendiéndose durante un período de tiempo (20 días hábiles) en que pueden presentarse las alegaciones contra las determinaciones del Estudio de Detalle.

Este período de exposición al público conlleva la suspensión del otorgamiento de licencias urbanísticas que, incluidas en el ámbito comprendido en el Estudio de Detalle, pudieran resultar afectadas por sus determinaciones.

Aprobación Definitiva. Tras la finalización del período de exposición púbica de la Aprobación Inicial se evalúan las alegaciones al Estudio de Detalle -en caso de que se hayan producido en forma y plazo-, y se emiten los correspondientes informes técnicos estimatorios o desestimatorios de las alegaciones, procediéndose bien a la emisión del informe jurídico con la propuesta de Aprobación Definitiva para su elevación al organismo municipal competente (Pleno del Ayuntamiento) en caso de inexistencia de alegaciones o desestimación de alegaciones, o bien el expediente se somete a un nuevo período de información pública en el caso de que las alegaciones estimadas supongan una modificación sustancial sobre la documentación aprobada inicialmente y sea considerado procedente un nuevo período de exposición pública.

Una vez aprobado por Acuerdo en el Pleno del Ayuntamiento, pasa a su publicación en el Boletín Oficial el Anuncio del Acuerdo junto con el Resumen ejecutivo de la normativa urbanística regulatoria del Estudio de Detalle.

Los Estudios de Detalle tienen vigencia indefinida, salvo que planeamiento jerárquicamente superior (Plan General de Ordenación) y la normativa técnica de aplicación con la que fueron aprobados hubiera cambiado, por lo que en cualquier momento podría iniciarse la tramitación de la correspondiente Licencia urbanística o Declaración Responsable que los desarrolle.

De estos temas se trata, desde una perspectiva práctica y profesional, en la guía práctica de Estudios de detalle y Proyectos de urbanización.
 

PARTE PRIMERA. 
  • Estudio de detalle.
xxx
Capítulo 1.
El estudio de detalle
1. Concepto
2. Finalidad
3. Documentación
4. La aprobación de Estudio de Detalle
Capítulo 2.
Todo lo que hay que saber sobre los estudios de detalle.
1. ¿Qué es un estudio de detalle y para qué sirve?
2. ¿Cómo se tramitan y qué documentos necesito?
3. ¿Cómo se tramitan los estudios de detalle?
4. ¿Por qué el estudio de detalle sirve para “ajustar”?
5. Procedimiento para aprobación de los estudios de detalle.
6. Legislación aplicable.
7. Check List
TALLER DE TRABAJO. 
Los catálogos: instrumentos urbanísticos de carácter no normativo.

TALLER DE TRABAJO
Los proyectos de urbanización.


CHECK-LIST 

¿Cuál es el objeto de los estudios de detalle?
Desarrolle el procedimiento de aprobación de un estudio de detalle.
¿Puede un estudio de detalle causar perjuicio a terceros o alterar las condiciones de ordenación de los predios colindantes?
¿Qué documentos debe contener un estudio de detalle?
Capítulo 3.
El Estudio de Detalle en la normativa estatal 
1.Antecedentes. 
a. Introducción
b. Evolución histórica 
c. Cuestiones doctrinales y prácticas.
2. Legislación estatal 
a. Ley del Suelo. Ley del Suelo del 76. 
b. Reglamento de Planeamiento. 
3. Dependencia del planeamiento. 
4. Objetivos más frecuentes de los Estudios de Detalle.
a. Alineaciones y rasantes. 
b. Ordenación de Volúmenes.
5. Check- list del Estudio de Detalle. 
TALLER DE TRABAJO
Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

TALLER DE TRABAJO 
El planeamiento en el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
1. Publicidad de la gestión urbanística en internet. Mención especial a los convenios urbanísticos. 
2. Publicidad necesaria para su eficacia de todos los actos de ordenación urbanística. 
3. Necesidad de publicar un resumen ejecutivo de la actuación. El “resumen ejecutivo” es la antigua “memoria”. 
4. Obligación de indemnizar a los particulares en los casos en los que no se resuelvan iniciativas de aprobación de instrumentos de ordenación o ejecución urbanística. 
5. Evaluación ambiental. 
 

  • En esta parte de la guía práctica se analiza el derecho autonómico por su competencia urbanística.
  • Es muy útil para precisar la aplicación urbanística en cada Comunidad Autónoma.
  • Además nos permite comparar las diferencias urbanísticas en las autonomías.
Capítulo 4
Regulación autonómica del estudio de Detalle 


  • Andalucía.
Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía 
  • Aragón. 
  • Asturias. 
  • Baleares.
TALLER DE TRABAJO
Estudios de detalle en la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears

TALLER DE TRABAJO
Los estudios de detalle en el Reglamento general de la Ley 12/2017, de 29 de diciembre, de urbanismo de las Illes Balears, para la isla de Mallorca

  • Los estudios de detalle
  • Objeto y determinaciones de los estudios de detalle
  • Límites de los estudios de detalle

  • Documentación de los estudios de detalle
  • Canarias. 
TALLER DE TRABAJO
El planeamiento urbanístico en el Decreto 181/2018, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de Canarias.
1. Los planes generales de ordenación (PGO)
a. Iniciativa
b. Tramitación y evaluación de los planes generales de ordenación.
c. Plan General de Ordenación de un municipio de menos de 100.000 habitantes
2. Planes parciales de ordenación
a. Los planes parciales de ordenación (PP)
b. Los planes especiales de ordenación (PE)
3. Estudios de detalle (ED)
a. Objeto de los estudios de detalle (ED)
b. Procedimiento
4. Evaluación ambiental estratégica simplificada de los planes parciales y los planes especiales se someterán a evaluación ambiental.
a. Iniciativa
b. Iniciación del procedimiento y documentación
c. Admisión de la solicitud y consulta ambiental
d. Informe ambiental estratégico
e. Aprobación inicial del plan
f. Información pública, consultas e informes preceptivos
g. Información pública a instancia del promotor
h. Elaboración de la versión definitiva del plan
i. Aprobación definitiva y publicación
j. Plazo de aprobación de los instrumentos de desarrollo de iniciativa privada
  • Cantabria. 
Ley 5/2022, de 15 de julio, de ordenación del territorio y urbanismo de Cantabria 
a. Estudios de detalle comunes 
b. Estudios de detalle especiales 
  • Mecanismos de ordenación y gestión que eviten paralizaciones en el desarrollo de los suelos urbanos 
c. Aprobación de los Estudios de Detalle. 
  • Castilla La Mancha. 
Decreto Legislativo 1/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística.
1. Los Estudios de Detalle
2. Documentación de los estudios de detalle.
TALLER DE TRABAJO
Caso real. Estudio de detalle en Castilla la Mancha.
1. Memoria
  • Antecedentes
  • Justificación de la necesidad y conveniencia del E.D.
  • Características generales (ámbito, situación actual, determinaciones del planeamiento).
  • Justificación de la procedencia de la solución adoptada (determinaciones y estudio comparativo)
2. Documentación gráfica.
  • Planos de información (situación emplazamiento, descripción catastras, información determinaciones).

  • Planos de las nuevas determinaciones (propuesta de alineación anterior, superposición de la propuesta y condiciones generales y ordenación resultante).
  • Castilla y León. 
  • Cataluña. 
  • Extremadura 
  • Galicia. 
TALLER DE TRABAJO.
Las claves del Estudio de detalle en Galicia. Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia. Lei do solo. Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, que aprueba el Reglamento de la Ley 2/2016, de 10 de febrero, del suelo de Galicia.
  • Madrid. 
TALLER DE TRABAJO
La Comisión de Urbanismo en la Ley 3/2007, de 26 de julio, de Medidas Urgentes de Modernización del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid. Decreto 92/2008, de 10 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regulan las modificaciones puntuales no sustanciales de Planeamiento Urbanístico. 

TALLER DE TRABAJO 
Documentación técnica del estudio de detalle en la Comunidad de Madrid. 

  • Murcia. 
  • Navarra. 
TALLER DE TRABAJO
Los estudios de detalle en el Decreto Foral 85/1995, de 3 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Foral 10/1994, de 4 de julio, de normas reguladoras de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
Estudios de Detalle
Proyectos de Urbanización
  • País Vasco. 
TALLER DE TRABAJO. 
Estudios de detalle en el Reglamento del planeamiento urbanístico del País Vasco. Decreto 46/2020, de 24 de marzo, de regulación de los procedimientos de aprobación de los planes de ordenación del territorio y de los instrumentos de ordenación urbanística. 
  • Rioja. 
TALLER DE TRABAJO
Planeamiento y estudios de detalle en la Rioja. Ley 5/2006, de 2 de mayo, de ordenación del territorio y urbanismo.
  • C. Valenciana. 

Capítulo 5
Contenido del Estudio de detalle. 
    1. Introducción 
    2. Características. 
    3. Determinaciones incluidas. 
    4. Determinaciones excluidas. 
    TALLER DE TRABAJO 
    ¿Hasta dónde puede desarrollar un Estudio de Detalle?
    Examen comparativo con normativa autonómica. 

    TALLER DE TRABAJO 
    Licencia contraria a estudio de detalle ¿qué hacer?

    TALLER DE TRABAJO 
    Juntas de compensación y estudios de detalle y planes parciales.

Capítulo 6. 
Documentos del Estudio de detalle.
1. Introducción. 
2. Memoria, estudio comparativo y planos.
3. Examen comparativo con Comunidades autónomas. 

Capítulo 7. 
Procedimiento en la tramitación de un Estudio de detalle. 
1. Introducción. 
a. Redacción municipal o de iniciativa particular. 
b. Aprobación y publicidad. 
2. El estudio de detalle sólo tiene lugar cuando hay que completar una norma superior. 
3. Competencias administrativas para la aprobación de los Estudios de detalle. 
4. Aprobación inicial 
5. Información pública 
6. Aprobación definitiva 

CHECK-LIST 

Casos prácticos. Exposición del caso y solución del mismo.
PARTE  SEGUNDA 
  • El proyecto de urbanización (estudio de detalle).
<
Capítulo 8
El proyecto de urbanización
1. ¿Qué es un proyecto de Urbanización?
2. Procedimiento de aprobación
3. Derecho estatal
4. Esquema procedimental del expediente.

TALLER DE TRABAJO
Caso real. Proyecto de urbanización. Memoria resumen. 
Proyecto específico. Memoria resumen.
1. Memoria descriptiva. Antecedentes
2. Ámbito de actuación
3. Estructura del proyecto
4. Estado actual de los terrenos
5. Topografía. Replanteo
6. Características geológicas y geotécnicas de los terrenos
7. Situación urbanística del suelo e implicaciones de tipo territorial
8. Obras y servicios proyectados. Conexiones con infraestructuras existentes
9. Documentación sobre la que se basa el proyecto
10. Reajustes con relación al plan parcial
11. Presupuesto de las obras
12. Plazos de ejecución y garantía de las obras
13. Artículo 176 del reglamento de gestión urbanística
14. Artículo … de la N.N.U.U. del P.G.O.U.M.
15. Obra completa
16. Clasificación del contratista
17. Compatibilización de las obras
18. Documentos integrantes del proyecto de urbanización
19. Equipo redactor
20. Conclusiones

TALLER DE TRABAJO
Condiciones del plan parcial al proyecto de urbanización. 
1. Secciones de calle. 
2. Los espacios de las calles. 
3. Coexistencia peatones y tráfico. 
4. Pavimentación, accesibilidad y supresión de barreras 
5. Espacios naturales. 
6. Infraestructuras 

Capítulo 9.
La memoria de sostenibilidad económica de los instrumentos de ordenación (art. 22 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana). 
  • Formulario
  • Memoria de sostenibilidad económica de la urbanización.
Capítulo 10.
Edificación simultánea a la urbanización.
1. ¿Cuándo se permite la edificación y urbanización simultáneas?
2. Régimen autonómico de la edificación y urbanización simultáneas.
3. Licencia de edificación y urbanización simultáneas.
4. Garantías y avales para la edificación y urbanización simultánea.
a. Clase de aval.
b. Cuantía del aval.
c. Devolución y ejecución del aval o garantía.
TALLER DE TRABAJO 
Las ventajas de edificar y urbanizar al mismo tiempo.
1. Planteamiento. 
2. Normativa Estatal. 
3. Normativa autonómica.
  • Andalucía. 
  • Aragón 
  • Asturias 
  • Canarias 
  • Cantabria 
  • Castilla y León 
  • Castilla La Mancha 
  • Cataluña 
  • Extremadura 
  • Galicia 
  • Madrid 
  • Murcia 
  • Navarra 
  • Rioja 
  • C. Valenciana 
  • Capítulo 11.
    Las obra de urbanización y los problemas de su recepción.
    1. Delimitación de las obras de urbanización
    • Obras de urbanización
    • Obras públicas ordinarias
    2. Documentos convenientes para tramitar la recepción de las obras de urbanización
    3. Régimen jurídico de la recepción de obras de urbanización.
    4. Procedimiento a seguir en la recepción de las obras de urbanización.
    5. Cancelación de la afección real, por obligación de urbanizar, en las fincas de resultado
    6. Régimen legal de la recepción obra de urbanización.
      TALLER DE TRABAJO
      Urbanismo e interfaz urbano forestal. Urbanizaciones y riesgo de incendios forestales. 
    • Andalucía
    • Cataluña
    • Galicia
    • Madrid
    • Comunidad Valenciana
    PARTE TERCERA 
    • Formularios. Modelo de Estudio de Detalle. 
    1. Modelos de Estudio de Detalle.
    Modelo a. 
    Estudio de detalle redactado por arquitecto.
    1. Objeto.
    2. Promotor.
    3. Redactor.
    4. Antecedentes.
    5. Solución que se propone y justificación de la procedencia de su redacción.
    6. Cuadro comparativo de superficies y edificabilidad.
    Modelo b. 
    Caso real. Estudio de detalle  redactado por arquitecto.
    1. Datos generales
    1.1. Objeto del encargo
    2. Marco normativo
    2.1. Condiciones generales
    2.2. Plan general de ordenación municipal
    2.2.1. Determinaciones del plan general sobre régimen del suelo urbano y su  desarrollo.
    2.2.2. Ordenación detallada del sector de suelo urbanizable.
    2.3. Reglamento de planeamiento.
    3. Información urbanística. Estado actual
    3.1. Ámbito
    3.2. Características naturales del territorio
    4. Ordenación. Descripción de la ordenación propuesta.
    4.1. Descripción de la ordenación propuesta
    4.2. Aprovechamiento urbanístico
    5. Ordenanzas y aprovechamiento
    6. Tramitación del estudio de detalle
    7. Planos
  • Emplazamiento,
  • Planta. Alineaciones y Rasantes.
  • Planeamiento detallado actual y propuesto.
  • Secciones espacios libres y edificación.
  • Esquemas edificación.
  • Modelo c. 
    Caso real. Estudio de detalle  redactado por arquitecto para la reordenación de los volúmenes  edificables de la manzana de vivienda unifamiliar en hilera.
    • Memoria
    • Objeto
    • Encargo
    • Situación
    • Superficie
    • Descripción
    • Servicios urbanísticos
    • Clasificación urbanística actual
    • Solución planteada
    • Conclusión
    • Anexos
    • Estudios de detalle
    • Ley del suelo
    • Normas subsidiarias de planeamiento del ayuntamiento
    • Ordenanza de suelo urbano de vivienda unifamiliar en hilera
    • Condiciones generales
    • Uso principal
    • Usos permitidos: categorías
    • Condiciones de volumen
    • Condiciones de uso
    Modelo d
    Caso real de estudio de detalle redactado por arquitecto para la creación  de garaje en subsuelo público.
    1. Antecedentes y objeto
    2. Memoria descriptiva y justificativa
    2.1. Ocupación máxima
    2.2. Accesos rodados
    2.3. Planos de referencia
    2.4. Número de plantas y altura máxima
    2.5. Accesos peatonales
    2.6. Chimeneas de ventilación


    Modelo e
    Caso real de estudio de detalle redactado por arquitecto para el modificado de estudio de detalle  de parcela en suelo urbano.

    1. Memoria Vinculante
    1. Antecedentes
    2. Introducción
    3. Situación y ámbito de actuación
    4. Determinaciones legales
    5. Justificación, objetivos y propuestas de ordenación  del estudio de detalle.
    6. Esquema de servicios urbanos
    7. Justificación de la Accesibilidad
    8. Parcelas resultantes
    9. Condiciones de edificación de las parcelas
    • Condiciones generales
    • Parcela mínima
    • Frente de fachada mínimo
    • Fondo mínimo
    • Retranqueos
    • Alineaciones según planos, pudiendo adaptar se mediante Estudio de Detalle
    • Ocupación máxima
    • Edificabilidad
    • Nº plantas
    • Aparcamientos
    10. Estudio económico
    • Estudio económico orientativo por capítulos
    • Actuaciones previas
    • Movimiento de tierras
    • Cimentación
    • Pavimentación
    • Saneamiento
    • Abastecimiento de agua
    • Suministro eléctrico y alumbrado público
    • Telefonía
    • Bocas de riego e hidrantes
    • Seguridad y salud
    Modelo f.
    Caso real. Modelo de estudio de detalle redactado por arquitecto para el desarrollo de parcelas clasificadas como suelo urbano no consolidado con uso INDUSTRIAL. REPARCELACIÓN.
    Memoria
    1. Generalidades
    2. Criterios de reparcelación.
    2.1. Objetivos del proyecto de reparcelación.
    2.2. Ordenanzas.
    3. División parcelaria.
    4. superficies recogidas.
    5. Resumen de asignaciones. REPARCELACIÓN. Propuesta de parcelación. Parcelario. Descripción del parcelario.
    6. Fichas urbanísticas. Planos.
    2. Caso real: Resolución aprobando Estudio de Detalle de parcela.
    1. Antecedentes.
    2. Descripción de los terrenos.
    3. Información urbanística
    4. Solución propuesta: justificación.
    5. Datos estadísticos.
    PARTE CUARTA.
    • Esquemas del procedimiento urbanístico de los Estudios de Detalle. 
    <
    1. Estudio de detalle. Iniciativa privada y sus modificaciones.
    2. Estudio de Detalle y Parcelación con sus modificaciones 

     
    • En esta parte de la guía práctica se desarrollan los formularios a texto completo.
    • De este modo complementamos la formación práctica de todos los temas analizados previamente en la guía.
    • El formulario urbanístico es una pieza clave en la práctica urbanística y  estos modelos actualizados y a texto completo son de gran valor para el profesional del urbanismo.
    PARTE QUINTA 
    • Formularios de tramitación urbanística del Estudio de Detalle. 
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    A. ESTUDIO DE DETALLE A INICIATIVA PARTICULAR. 
    1. Escrito de iniciativa particular. 
    2. Documentación integrante. 
    a. Memoria. 
    b. Planos de información. 
    c. Planos de proyecto y de detalle. 
    3. Informes de secretaria. 
    4. Informes técnicos. 
    5. Resoluciones. Aprobación inicial. 
    6. Publicaciones. 
    7. Alegaciones. 
    8. Dictámenes. 
    9. Acuerdos. 
    10. Publicaciones. 
    B. ESTUDIOS DE DETALLE DE INICIATIVA MUNICIPAL. (versión simplificada).
    1.  Estudio de Detalle o Proyecto de Urbanización 
    2. Informe de los Servicios Técnicos 
    3. Aprobación inicial 
    4. Anuncio de la aprobación inicial
    5. Informe de las alegaciones presentadas. 
    6. Aprobación definitiva 
    7. Publicación de la aprobación definitiva 
    C. ESTUDIOS DE DETALLE DE INICIATIVA MUNICIPAL.
    1. Decreto de la alcaldía impulsando el procedimiento. 
    2. Iniciativa de oficio: providencia de alcaldía. Fase previa a informe de secretaría. 
    3. Acuerdo de aprobación inicial. 
    4. Resolución municipal. 
    a. Iniciación a instancia de particular: Decreto de la Alcaldía. 
    b. Resolución de la alcaldía admitiendo a trámite el expediente e interesando informe técnico y jurídico.
    c. Decreto de la alcaldía impulsando el procedimiento.
    5. Informe técnico. 
    a. Informe de los Servicios Técnicos Municipales
    b. Informe de la Secretaría (varias versiones del informe de Secretaría). 
    c. Informe sobre Estudio de Detalle 
    d. Informe de los servicios técnicos municipales 
    6. Informe jurídico.
    7. Iniciativa de oficio: providencia de alcaldía posterior al informe de secretaría. 
    8. Aprobación provisional: notificaciones y anuncios. 
    a. Notificación de la aprobación inicial 
    b. Edicto aprobación inicial 
    c. Anuncio de la aprobación inicial 
    d. Anuncios (varios modelos) 
    e. Notificación a propietarios con domicilio desconocido 
    9. Presentación de alegaciones.
    a. Escrito de alegaciones de interesado 
    b. Informe de las alegaciones presentadas 
    10. Certificado de reclamaciones 
    11. Informe de alegaciones 
    12. Acuerdo de aprobación definitiva sin haberse presentado alegaciones (varios modelos).
    13. Aprobación definitiva desestimando las reclamaciones presentadas 
    14. Aprobación definitiva. 
    a. Informe para aprobación definitiva 
    b. Dictamen de Comisión. 
    c. Aprobación definitiva condicionada. 
    d. Acuerdo pleno de aprobación definitiva
    e. Acuerdo pleno de aprobación definitiva sin alegaciones. 
    f. Publicación de la aprobación definitiva
    15. Intervención autonómica. 
    D. MODIFICACIÓN DEL ESTUDIO DE DETALLE 
    1. Modificación del Estudio de detalle a instancia de los interesados.
    2. Acuerdo municipal. 
    3. Informe técnico del Estudio de detalle indicando modificaciones. 
    4. Informe jurídco del Estudio de detalle indicando modificaciones. 
    PARTE SEXTA 
    • Formularios de expediente de proyecto de urbanización (o estudio de detalle).
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    A. TRAMITACIÓN DE UN PROYECTO DE URBANIZACIÓN DE INICIATIVA MUNICIPAL. 
    1. Decreto municipal promoviendo estudio de detalle. 
    Modelo a 
    Modelo b 
    Modelo c 
    2. Informe jurídico del Estudio de detalle. 
    3. Informes jurídicos y técnicos en caso de suspensión de licencias. 
    4. Acuerdo de suspensión de licencias. Anuncios.
    5. Aprobación inicial del Estudio de Detalle.
    6.  Anuncio de la aprobación inicial. Citaciones. 
    Modelo a.
    Modelo b. 
    7. Informe de alegaciones.
    Modelo a. 
    Modelo b.
    8. Informe técnico municipal sobre las alegaciones presentadas en el trámite de información pública de la aprobación inicial 
    9. Acuerdo de aprobación definitiva. 
    a. Sin alegaciones. 
    b. Con alegaciones. 
    10. Publicación de la aprobación definitiva. 
    11. Notificaciones a la Comunidad Autónoma. 
    B. FORMULARIOS DE APROBACIÓN DEFINITIVA DE PROYECTOS DE URBANIZACIÓN POR SILENCIO ADMINISTRATIVO. 
    1. Petición del interesado. 
    2. Certificación del secretario. 
    3. Anuncio de la aprobación definitiva. 
    C. TRAMITACIÓN Y EXPEDIENTE COMPLETO DE UN PROYECTO DE URBANIZACIÓN EN ÁMBITO URBANIZADOR. 
    1. Escrito de proyecto de urbanización 
    2. Admisión a trámite del expediente 
    Modelo a 
    Modelo b 
    3. Informe de los servicios técnicos municipales (favorables y desfavorables). 
    Modelo a
    Modelo b 
    Modelo c 
    4. Subsanación de deficiencias. Notificaciones a promotores. 
    5. Informe de secretaría. Informe Jurídico. 
    Modelo a 
    Modelo b 
    6. Resolución de alcaldía. 
    Modelo a 
    Modelo b 
    7. Oficios, notificaciones y anuncios. 
    8. Escrito de alegaciones 
    9. Certificado de exposición al público
    10. Aprobación definitiva del Proyecto de Urbanización. 
    11. Acta de recepción provisional 
    12. Acta de recepción definitiva 
    D. TRAMITACIÓN Y EXPEDIENTE COMPLETO DE UN PROYECTO DE URBANIZACIÓN EN ÁMBITO EDIFICATORIO. 
    1. Inicio del procedimiento a iniciativa particular. 
    2. Informe de Secretaría. Informe Jurídico. 
    3. Informes técnicos. 
    4. Supuesto de iniciativa de oficio. 
    5. Aprobación final y notificaciones. 
    6. Alegaciones. 
    E. REQUERIMIENTO MUNICIPAL PARA COBRO DE CUOTAS DE GASTOS DE URBANIZACIÓN EN CASO DE REPARCELACIÓN. 
    1. Acuerdo municipal requiriendo el pago anticipado de gastos de urbanización. 
    2. Notificaciones. Edictos. 
    3. Fraccionamientos o aplazamientos de pago. 
    4. Acuerdo de aprobación de la liquidación definitiva de las cuotas de urbanización. Notificaciones y edictos. 
    PARTE SÉPTIMA 
    • Esquemas de procedimientos. 
    1. Proyectos de obras de urbanización privadas 
    2. Proyectos de obras ordinarias privadas 
    3. Expediente de prórrogas para obras de urbanización privadas 
    4. Expediente de Obras de urbanización privadas. Recepción. 
    PARTE OCTAVA
      Formularios. Modelo de ordenanza municipal de urbanización. Redacción y ejecución de proyectos y obras de urbanización.
    Ordenanzas municipales de urbanización.
    • Proyectos de urbanización. Generalidades.
    • Condiciones generales para la redacción y ejecución de proyectos y obras de urbanización.
    • Condiciones para la señalización y balizamiento de las ocupaciones de las vías públicas por la realización de obras y trabajos.
    • Condiciones generales para las obras e instalaciones en las vías y espacios públicos municipales.
    • Condiciones especificas de la red viaria. Firmes y pavimentos. Señalización.
    • Condiciones específicas de las redes de abastecimiento de agua potable, riego e hidrantes.
    • Condiciones específicas de las redes de evacuación de aguas pluviales y residuales.
    • Condiciones específicas de las instalaciones de suministro, transformación y distribución de energía eléctrica.
    • Condiciones específicas de las instalaciones de alumbrado exterior.
    • Condiciones específicas de las infraestructuras subterráneas de telefonía y telecomunicaciones.
    • Condiciones específicas de las instalaciones de distribución de gas.
    • Condiciones específicas de las obras de señalización.
    • Condiciones específicas de las obras de jardinería y tratamiento de espacios libres no pavimentados.
    • Condiciones específicas de los elementos de equipamiento y mobiliario urbano.
    PARTE NOVENA
    Formularios. Anulación de proyectos de urbanización por sentencia judicial.
    1. Informe de los servicios jurídicos sobre la sentencia que anula proyecto de urbanización
    2. Resolución del órgano competente por la que anular proyecto de urbanización
    3. Edicto de publicación de anulación del proyecto de urbanización
    4. Notificación de la resolución de anulación a los interesados

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