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DEBATES URBANÍSTICOS. HACER EL COLIVING COMPATIBLE CON EL SUELO DE USO TERCIARIO DOTACIONAL.

13 de septiembre de 2022
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  • Se quiere introducir esta novedad en los planeamientos urbanísticos (PGOU) con carácter general, salvo norma en contrario. Se trataría de una compatibilidad de usos. Lo que demandan los promotores es que el uso de coliving siempre fuera compatible con el uso de hospedaje salvo que la norma lo prohibiera. Es decir que mientras no lo prohíba que el uso sea compatible con el uso terciario dotacional.
  • Se entiende por zona de equipamientos los terrenos destinados, con carácter excluyente, a acoger instalaciones o edificación necesaria para el desempeño de servicios y actividades propias del sector público, o caso de no estarle reservadas en exclusiva, a las de índole análoga de desempeño o titularidad privada.
El interés público del coliving se está empezando a plantear en suelos dotacionales de Equipamiento desde su calificación como equipamiento comunitario de bienestar social, que habitualmente comprenden “la  prestación  de  asistencia  no  específicamente sanitaria a las personas, mediante los servicios sociales.  Tales como espacios o edificios destinados a asuntos sociales y residencias comunitarias (residencias de ancianos, residencias de estudiantes y residencias infantiles u otras similares) (ejemplo del PGOU de Málaga). Los defensores de esta posibilidad argumental la existencia de mucho suelo Dotacional Público vacante, lo que permitiría explorar fórmulas de gestión público-privada para acomodar un uso “residencial social”.

 
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En Madrid, las claves del coliving o espacios compartidos se incluye en la normativa gracias al avance en la modificación de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de 1997 (PGOUM), publicado en el BOCAM el pasado 16 de Agosto.

Desde su publicación en el BOCAM se inicia ahora un proceso de información pública de tres meses donde se recogen distintas alegaciones. Respecto al coliving, la Asociación de espacios inmobiliarios compartidos, Coword, ya trabaja ya en las sugerencias que van a presentar al Ayuntamiento de Madrid y que compartieron en Inversión Inmobiliaria con expertos del sector como: Araceli Martín-Navarro, presidenta de Coword, Juan Velayos, presidente Montebalito y Socio fundador JV20, Sigfrido Herráez, Decano del Colegio de Arquitectos, Antonio Ñudi, socio de Andersen y José Ignacio Tramuns, director de Financiación Real Estate en Banco Sabadell.

Las actuales normas urbanísticas (“NNUU”) del PGOU no regulan los modelos residenciales emergentes como el co-housing o el co-living, por lo que, de acuerdo con documento que recoge el Avance, su encaje actual en las NNUU solo puede ser el de “viviendas colectivas con múltiples dormitorios”.

En este sentido, el Avance (i) suprime la actual clase de “residencia comunitaria” por la clase “residencia”, y (ii) establece una división de dicha clase en las dos (2) siguientes categorías incluidas dentro del uso “residencial”:

(i) co-housing: variante de la vivienda colectiva tradicional, con una mayor relación entre vida privada y vida común. Está variante concentra a residentes que les unen vínculos de carácter religioso, social o similar (conventos, residencias de estudiantes, etc.) y está formada por viviendas privadas y una importante dotación de servicios comunes, primando la superficie de servicios comunes sobre las superficies privativas de las viviendas, de ahí que se incluya en la categoría de vivienda colectiva.

(ii) co-living: modalidad habitacional en la que los residentes disponen de unidades de alojamiento privativas, compartiendo los espacios de estancia, trabajo y ocio, sin que, necesariamente, a los usuarios o residentes les unan vínculos de cualquier carácter. Esta modalidad está dirigida, de acuerdo con el Avance, a un público con perfil profesional o estudiantes, que o bien no son residentes permanentes en la ciudad o no disponen de recursos suficientes para acceder a una vivienda tradicional. En ella se disponen de varias unidades de alojamiento independientes integradas por dormitorio y baño, que comparten el resto de los espacios de estancia, cocina y lavandería de la residencia, a los que se pueden añadir otros de ocio y trabajo, ubicados todos ellos en el interior del local residencial. Se oferta en régimen de alquiler gestionado por una entidad promotora.

Para su encaje en las nuevas NNUU, el Avance establece para la categoría de residencia compartida (co-living) las siguientes condiciones urbanísticas:

(i) las unidades de alojamiento privativas estarán integradas por dormitorio y baño con superficie mínima de 15 m² (dormitorio de 12 m² más baño de 3 m²), y en ningún caso será inferior a 10 m² por persona.

(ii) los espacios comunes estarán constituidos, al menos, por: estancia-comedor, cocina y lavandería (lavado y secado de ropa). Su dimensión mínima será de 25 m² para una unidad de alojamiento, dimensión que se incrementará en 5 m² por cada unidad de alojamiento adicional y todos los espacios interiores, a excepción del de lavandería, computarían en edificabilidad.

Por el contrario, respecto a la categoría residencia comunitaria (co-housing), esta no necesitaría para su encaje la modificación de las NNUU.

Entre las 4 alegaciones presentadas se encuentran:

1.-Compatibilidad de usos. "Lo que sería interesante es que el uso de coliving siempre fuera compatible con el uso de hospedaje salvo que la norma lo prohibiera. ES DECIR QUE MIENTRAS NO LO PROHÍBA QUE EL USO SEA COMPATIBLE CON EL USO TERCIARIO DOTACIONAL.

2.-Limites en las superficies. Hay que ver como computa la superficie de zonas comunes y las zonas privadas.

3.- Abrir más posibilidades e suelos dotacionales. Ahora la norma habla de vivienda tutelada y hay que ampliarlo, no es solo vivienda de integración social hay formulas como residencias de ancianos con coliving donde gente joven cuida de los mayores o viviendas donde viven la familia que tutea a un estudiante sin vivir el estudiante en la misma vivienda...)

4.-Legalizar todo lo que esté funcionando ahora mismo en coliving que ahora no tienen licencia de coliving y si cumple la normativa y el código de la edificación que se regule.

Sigfrido Herráez tiene claro que la clave del coliving está en los suelos donde se desarrollen estos proyectos y que las modificaciones tienen que ir en liberalización de suelo. "El coliving tiene un uso que se denomina residencial compartido y se ha empezado a desarrollar porque hay demanda y hay que ver en qué suelos se puede hacer porque hay suelos dotacionales de oficinas o de uso hotelero que si están obsoletos se puede hacer en estos suelos terciarios. Lo que habría que hacer a nivel técnico adecuar las infraestructuras a ese nuevo espacio. Hay que liberalizar el suelo y que los bancos tengan seguridad jurídica, los promotores, arquitectos etc.".

 

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