El Acuerdo
entre España y Reino Unido en materia de fiscalidad e intereses
financieros en lo que respecta a Gibraltar fue aprobado por el Consejo
de Ministros el pasado día 15 de marzo. El próximo paso previo
a su entrada en vigor es la ratificación por parte del Parlamento,
tanto español como británico.
El Acuerdo
tiene por objeto principal proteger los intereses financieros y la buena
gobernanza de ambos territorios y, a este respecto, el artículo
1 establece un régimen reforzado de cooperación administrativa
entre las autoridades fiscales españolas y las gibraltareñas,
así como el compromiso por parte de Gibraltar de mantener una legislación
cooperativa equivalente a la de la UE en caso de Brexit.
En el artículo
2 se regulan los criterios de residencia de personas físicas y de
personas jurídicas y otros instrumentos o formas jurídicas
(fideicomisos, trusts, etc).
En lo que respecta
a la residencia de las personas físicas, el Acuerdo se remite a
la norma interna de cada territorio para determinarla y, en caso de conflicto
entre las partes, se establecen las reglas para su resolución, reglas
que claramente favorecen el desempate en favor de España. Así,
la persona física será residente fiscal de España
si se cumple ciertas circunstancias dentro del año natural.
Será
residente fiscal en España si:
•
La persona física en cuestión pernocta más de 183
días en España en el año natural. Las ausencias esporádicas
(fuera de ambos territorios) se sumarán al territorio donde se ubiquen
la mayor parte de las pernoctaciones.
• El cónyuge
o persona de relación similar, ascendientes o descendientes dependientes,
residen en España.
• La única
vivienda permanente a su disposición está en España.
• Dos tercios
de los activos netos que se posean directa o indirectamente estén
en España.
• Si necesita
asesoramiento fiscal para establecer su residencia fiscal en algunos
de los países mencionados contacte con nosotros.
Adicionalmente,
se impide a los nacionales españoles, a partir de la firma del Acuerdo
(datado el 4 de marzo de 2019) trasladar su residencia fiscal a Gibraltar,
y a los extranjeros residentes en España que trasladen su residencia
fiscal a Gibraltar se les aplicará la llamada “cuarentena fiscal”,
hasta ahora solo es aplicable a los nacionales españoles que siendo
residentes en España mudaran su residencia a un paraíso fiscal.
Finalmente, y a efectos aclaratorios, el Acuerdo establece que aquellos
contribuyentes con residencia fiscal en Gibraltar bajo regímenes
especiales (HNWI, CAT 2 o HEPSS) no constituirán por sí mismos
prueba de residencia fiscal en Gibraltar a los efectos del Acuerdo.
En relación
con la residencia fiscal de las personas jurídicas constituidas
en Gibraltar bajo ley gibraltareña (o entidades análogas),
se establece su residencia fiscal en España cuando las mismas tengan
una “relación significativa” con España, basada en el cumplimiento
de ciertos criterios.
Criterios para
establecer su residencia fiscal en España:
•
localización de la mayoría de sus activos directa o indirectamente
en España,
• obtención
de la mayor parte de sus ingresos en España durante el año
natural,
• mayoría
de sus directivos o personas físicas encargadas de la gestión
residentes fiscales en España,
• mayor parte
del capital, patrimonio, derechos de voto o beneficiarios bajo control
directo o indirecto por personas físicas residentes en España
o por personas jurídicas u otras entidades vinculadas con resientes
fiscales en España.
Los criterios
de atracción de residencia a España a que se refieren las
letras c) y d) anteriores solo serán de aplicación a sociedades
gibraltareñas constituidas antes de 18 de noviembre de 2018 si a
31 de diciembre de 2018 no son capaces de demostrar determinados indicios
de relación significativa con Gibraltar entre los que se destacan
la existencia de medios personales y materiales para el desarrollo de una
actividad económica de fuente gibraltareña o el pago de impuestos
en Gibraltar.
Este precepto
introduce también la eliminación de la doble imposición
de conformidad con la normativa interna.
El artículo
3 del Acuerdo establece un régimen especial de cooperación
administrativa entre España y Gibraltar. En concreto, las partes
acordaron que, en caso de Brexit, Gibraltar se compromete a mantener medidas
de efecto equivalente a la legislación de la UE en materia de asistencia
mutua.
Los órganos
de enlace entre ambas administraciones se prestarán asistencia administrativa
mutua en materia fiscal mediante el intercambio de información,
automático, espontáneo o previa solicitud, asistencia en
recaudación y traslado de documentos, las autoridades fiscales gibraltareñas
proporcionarán a las españolas información relacionada
con: trabajadores transfronterizos, vehículos, embarcaciones, beneficiarios
efectivos de sociedades, entidades, trusts ligados a España así
como toda la información, pública o no, sobre los fideicomisos
(facilitando el acceso al Registro Mercantil de Gibraltar).
El resto del
articulado se refiere a la creación de órganos de enlace
entre ambas administraciones, un comité conjunto de coordinación,
clausulas sobre confidencialidad y protección de datos así
como su terminación y entrada en vigor. A pesar de que el Acuerdo
entrará en vigor cuando se ratifique por los respectivos parlamentos,
el intercambio de información a que se refiere el artículo
3 se puede aplicar de forma retroactiva desde el 1 de enero de 2014, e
incluso desde el 1 de enero de 2011 para determinada información.
APROBACIÓN
EN GIBRALTAR EN FEBRERO DE 2021
El Parlamento
de Gibraltar aprobó el 25 de febrero de 2021 la incorporación
del Tratado Fiscal con España a la legislación del Peñón.
Lo hizo con los votos a favor de los diputados de GSLP, Liberales y Together
Gibraltar. Los diputados del partido GSD votaron en contra. El principal
objetivo de este tratado, que ya fue aprobado por el Congreso y el Senado
de España, es poner coto a las prácticas financieras ilegales
y a la competencia fiscal desleal del Peñón.
Este acuerdo
es el primer tratado internacional que firman España y Reino Unido
sobre Gibraltar desde el tratado de Utrech de 1715 por el que España
cedió el uso del Peñón a los ingleses y forma parte
del paquete de acuerdos a los que han llegado España y Reino Unido
para asegurar una salida ordenada de Gibraltar de la UE a consecuencia
del Brexit.
En el discurso
que ofició en el Parlamento, el ministro principal, Fabián
Picardo, recalcó que su aplicación "no perjudica la posición
sobre la soberanía, jurisdicción o control" del Peñón
y destacó que la existencia del tratado hace "totalmente insostenible
la acusación española de que Gibraltar es un paraíso
fiscal". El reconocimiento de un régimen fiscal distinto también
es importante para Picardo, ya que considera que ante la eliminación
de la frontera física, el tratado "marcará nuestra soberanía
en cuestiones fiscales con mayor claridad que nunca".
El ministro
principal aclaró que el propósito del tratado es "mejorar
y aumentar la cooperación administrativa en cuestiones fiscales,
asistir en la resolución de disputas sobre residencia fiscal y evitar
incidencias de doble imposición entre Gibraltar y España"
a través de la adhesión a los nuevos estándares fiscales
internacionales.
La intención
de Gibraltar con la firma de este documento es "reforzar nuestros lazos
empresariales internacionales, atraer el comercio internacional y buscar
ampliar y expandir la red de acuerdos y tratados con posibles socios en
un mundo post-Brexit". El ministro principal ha destacado también
que su Gobierno "desea que Gibraltar quede eliminado de cualquier lista
negra internacional, dado que ello tendría beneficios positivos
y de gran alcance".
Picardo afirmó
que la principal preocupación de España ha sido la pérdida
de ingresos fiscales. "Gibraltar tiene impuestos más bajos y no
recauda impuestos sobre ingresos por capital, patrimonio o ahorros. Por
lo tanto, es posible emplear estructuras transfronterizas complejas para
explotar estas ventajas y oportunidades de doble no imposición.
Este es el daño que España busca evitar".
En contraposición,
el ministro principal aseguró que la principal preocupación
de Gibraltar era "acabar con los mitos y abordar las irritaciones empleadas
de forma permanente y continua por España para atacar nuestra reputación
internacional como colectividad financiera respetable y nuestro historial
a la hora de cumplir con obligaciones internacionales".
Sin embargo,
el máximo responsable del Ejecutivo gibraltareño reconoció
que ante el Brexit, "España demostró la voluntad de negociar
de forma constructiva cuestiones fiscales transfronterizas". "Este tratado
constituye un avance importante y positivo hacia el establecimiento de
relaciones más cercanas y es un primer paso inevitable y bien recibido
entre estados vecinos con un elevado volumen de tránsito, flujos
e intereses comunes transfronterizos. Este espíritu de cooperación
y comprensión resulta necesario", destaca el ministro principal.
Picardo explicó
que España cuenta con un sistema fiscal que requiere establecer
la residencia a efectos de imposición. "El sistema fiscal de Gibraltar
se basa principalmente en la fuente y simplemente grava los ingresos allí
donde se generan. Estas notables diferencias han sustentado el marco sobre
el cual se basa el tratado, que no cambia esta situación. La facilidad
a la hora de cruzar la frontera y las normas fiscales correspondientes
permiten a un individuo ser residente fiscal tanto en Gibraltar como en
España. Este es el motivo por el cual la postura por defecto en
el tratado busca establecer la residencia fiscal únicamente en España.
No ha sido diseñado de forma intencionada para favorecer o dar una
ventaja a España, únicamente refleja la realidad", reconoce
el ministro principal, que aclara que tendrá "poca o ninguna consecuencia
para Gibraltar, dado que nuestro sistema fiscal territorial asegura que
los ingresos se recauden independientemente de la residencia".
Las normas
del tratado, recuera Picardo, "limitan la libertad de los ciudadanos españoles
para cambiar su residencia fiscal a Gibraltar a partir del 4 de marzo de
2019. Los ciudadanos no españoles y gibraltareños registrados
también retienen la residencia fiscal en España durante cuatro
años inmediatamente posteriores a su cambio de residencia desde
España a Gibraltar. Sin embargo, esto solamente se aplicará
si los ciudadanos españoles pasan al menos un ejercicio fiscal completo
en España antes del cambio de residencia y cuatro años en
el caso de gibraltareños registrados".
Picardo entendía
que Gibraltar obtiene diversos beneficios y ventajas: "La existencia del
tratado hace totalmente insostenible la acusación española
de que Gibraltar es un paraíso fiscal. El nivel de cooperación
y transparencia acordado iría completamente en contra de ello".
"El tratado
iniciará el proceso de retirada de Gibraltar de la lista de paraísos
fiscales en el Congreso español, lo que tendrá un impacto
positivo sobre nuestra reputación internacional y una probable reacción
favorable por parte de países que actualmente también incluyen
a Gibraltar en listas negras", indica Picardo, que también destaca
que el Peñón ha sido admitido en el Marco Inclusivo y el
Proyecto BEPS de la OCDE, "una estrategia global desarrollada para combatir
la planificación fiscal por multinacionales que trasladan sus beneficios
desde jurisdicciones con impuestos más elevados a otras con impuestos
más bajos".
Otro éxito
importante para Picardo es "el reconocimiento de España de un sistema
fiscal separado y distinto en Gibraltar. Al hacerlo, España acepta
nuestra autonomía y soberanía en cuestiones fiscales y la
aceptación por parte de España del estatus legal de los gibraltareños".
Gibraltar ya
no está en la lista de paraísos de la Unión Europea,
lista que por cierto ha sido recientemente revisada por el Consejo. Bien
es sabido que Gibraltar traspuso a su normativa interna la Directiva 2011/16/UE,
relativa a la Cooperación Administrativa en el ámbito de
la Fiscalidad, también ha firmado el Convenio Multilateral sobre
Asistencia Administrativa Mutua en Materia Fiscal, además de implementar
el nuevo Estándar Global de Intercambio Automático de Información
aprobado por la OCDE.
Sin embargo,
para España y a pesar de todos estos avances, Gibraltar sigue siendo
paraíso fiscal.
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