El problema
de fondo es que hay doble tributación: se paga al ayuntamiento y
al estado en IRPF por el mismo concepto. Por ese motivo lo razonable es
eliminar la plusvalía municipal y transferir desde el Estado a los
ayuntamientos la cuantía que se pacte por plusvalías de suelo.
Si Hacienda
opta por el Real Decreto tendrá que tener en cuenta la situación
de los contribuyentes a quienes vence el plazo de pago o el plazo para
recurrir la autoliquidación.
Legalmente
el contribuyente no puede dejar que expiren los plazos legales, por lo
que él Decreto Ley tiene que aprobarse de inmediato, tras la publicación
de la sentencia del Constitucional la próxima semana.
Hacienda anunció
el martes que “ultima un borrador legal que garantizará la constitucionalidad
del tributo, ofrecerá seguridad jurídica a los contribuyentes
y certidumbre a los ayuntamientos".
Esta reforma
legal fijará cómo determinar la revalorización real
de los terrenos para así calcular qué ganancia se obtiene
por vender un inmueble, heredarlo o recibirlo en donación, que son
los hechos imponibles que grava el tributo.
Es complicado
porque el Constitucional ha anulado el sistema de cálculo de la
base imponible del impuesto ya que la actual redacción de la norma
“establece un método objetivo de determinación de la base
imponible del impuesto que determina que siempre haya existido aumento
en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición,
con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía
real de ese incremento”.
Hacienda podría
tratar de vincular el impuesto a la revalorización real del suelo.
Si se toma en consideración la diferencia de precios reales de compra
y venta de un inmueble surge el problema de la doble tributación
por el mismo concepto, habría que pagar al ayuntamiento por lo mismo
que se tributa en IRPF por el aumento patrimonial.
Además,
el hecho de que se logre vender un inmueble por un precio superior al de
adquisición se puede justificar por reformas del vendedor.
Por todo ello,
se buscan otras formas de vincular el impuesto a la revalorización
real, pero al final lo que se grava es una plusvalía y esa ya tributa
en IRPF.
Lo mejor, compensar
a los ayuntamientos y eliminar este impuesto municipal tan injusto.
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