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27 de mayo de 2020
 
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SISTEMA DE GESTIÓN DE RIESGOS COMO EL COMPLIANCE TRIBUTARIO.
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos? Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas
¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Las Agencias Tributarias están fomentando un sistema tributario que les permita clasificar a los contribuyentes en función de su nivel de riesgo tributario. Ello les permitirá priorizar sus recursos en aquellos contribuyentes con mayor riesgo. 
Tener implantado un sistema de gestión de riesgos como el Compliance Tributario, que nos permitirá detectar, gestionar y mitigar los riesgos tributarios, puede convertir a una Compañía en contribuyente de bajo riesgo y proporciona un status de confianza en su relación con la Administración tributaria, además de mayor seguridad jurídica. A partir de la reforma del Código Penal, en el que se recoge la responsabilidad penal de las personas jurídicas para tipos como el delito fiscal, tener implantado un sistema de gestión como el Compliance Tributario puede ser un eximente de esa responsabilidad penal. La publicación de la norma UNE 19602, normaliza las características de este sistema de gestión de riesgos tributarios y establece los requisitos que deben cumplir las empresas en su implantación para poder certificar su validez y buen funcionamiento.

BENEFICIOS DEL COMPLIANCE TRIBUTARIO
  • Previene, detecta y mitiga los riesgos tributarios.
  • Incrementa la seguridad jurídica. 
  • Mejora la imagen corporativa.
  • Incrementa la confianza de los inversores
  • Mejora la posición de la empresa en la contratación pública o en la solicitud de subvenciones.
  • Puede ser un eximente o un atenuante la responsabilidad penal de la empresa en el delito fiscal.
  • Es un elemento de prueba para discutir las sanciones tributarias.
  • Necesario para adquirir el status de Sujeto Pasivo Certificado en IVA.
NOMBRAMIENTO DEL ÓRGANO DE COMPLIANCE TRIBUTARIO.

El órgano de gobierno debe asignar al Órgano de Compliance Tributario la responsabilidad y autoridad para que, de forma directa o indirecta, realice las actuaciones propias del órgano.

El órgano de Compliance Tributario debe personificar la posición de máximo garante de la supervisión, vigilancia y control de los requisitos en esta materia de la organización, tanto hacia dentro como hacia fuera de la misma, por lo que debe disponer de suficientes recursos y contar con personal que tenga las competencias, estatus, autoridad e independencia adecuadas.

EVALUACIÓN DE LOS RIESGOS TRIBUTARIOS. MAPA DE RIESGOS TRIBUTARIOS.

La organización debe desarrollar un proceso de evaluación que comprende la IDENTIFICACIÓN, el ANÁLISIS y VALORACIÓN de los riesgos tributarios.

Se elabora el mapa de Riesgos Tributarios.

La evaluación del riesgo tributario debe revisarse y la organización debe mantener información documentada de la identificación, análisis y evaluación de riesgos tributarios, así como de la metodología y criterios utilizados.

AUDITORÍA

La organización debe llevar a cabo auditorías, a intervalos planificados, para proporcionar información acerca de si su sistema de gestión de Compliance Tributario es conforme con los requisitos de su política, el propio sistema de gestión y los previstos en la norma UNE 19602 y si se implementa y mantiene eficazmente.

MEJORA

La información recogida, analizada y evaluada consecuentemente, e incluida en los informes de Compliance Tributario debería usarse como base para identificar las oportunidades de mejora del desempeño de Compliance Tributario en la organización.
 

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