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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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11 de enero de 2016
 
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EL URBANISMO DE LA SIERRA DE MADRID Y LA INSPECCIÓN URBANÍSTICA AUTONÓMICA.
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de la inspección urbanística, guía de delitos urbanísticos y en la guía del urbanismo de Madrid. En la sierra norte de Madrid sería necesaria una inspección urbanística más activa que vigilase de oficio el otorgamiento de licencias, en especial las relativas a edificaciones móviles que no se ajustan al Código técnico de la edificación, y que se están extendiendo por varias urbanizaciones. En algunos casos, las licencias no se ajustan a las ordenanzas de edificación, lo que es especialmente perjudicial en municipios sin planeamiento y que aplican normas subsidiarias. En este caso recogemos un caso puntual pero que debe advertir de las obligaciones de inspección urbanística de las Comunidades autónomas, que deben anticipar estas situaciones y denunciarlas.
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Un juzgado de Colmenar Viejo ha citado a declarar como imputado al alcalde y a cinco ediles y seis exconcejales después de que la Fiscalía de Medioambiente haya denunciado irregularidades en la concesión de licencias urbanísticas durante los últimos diez años

Según el Ministerio Público, el gobierno municipal concedió más de una docena de licencias de primera ocupación haciendo caso omiso de los informes de los técnicos municipales.

Entre los llamados a declarar figuran, además del actual regidor, el exalcalde José María de Federico Corral – bajo cuyo mandato se habrían cometido la mayoría de las irregularidades denunciadas – junto con los actuales concejales de obras, medio ambiente, cultura, desarrollo local y transportes. Junto con ellos también han sido llamados a declarar varios exconcejales y hasta 8 peritos.

El actual alcalde, Miguel Ángel Santamaría, además de regidor de Colmenar Viejo también ocupa un puesto de vocal en el Centro de Asuntos Taurinos de la Comunidad de Madrid.

En su querella, la Fiscalía describe hasta trece casos ocurridos entre 2005 y 2011 en los que la anterior corporación municipal habría adjudicado licencias de primera ocupación de forma irregular, haciendo caso omiso a los informes negativos de los arquitectos y técnicos municipales y de la administración general: muros de cerramiento que superan la altura máxima permitida, edificios que no cumplían con las condiciones de salubridad mínimas exigidas para el aire o un edificio que se metía en la acera de la calle Pedro López.

En todos los casos, las actas de la Junta de Gobierno reflejan que la corporación municipal otorgó estas licencias “vistos informes técnicos y jurídico desfavorables”, y en varias ocasiones “sin razonar siquiera sucintamente los motivos” por los que las otorgaban o por los que tramitaban el asunto por la vía de urgencia. Las licencias de primera ocupación son aquellas que otorga la administración cuando comprueba que las obras realizadas han respetado las condiciones de su aprobación, y que cumplen con la legislación vigente.

En un escrito del pasado mes de junio, cuando el caso todavía no estaba judicializado, el entonces Fiscal Superior de Madrid, Manuel Moix, explicaba que “aisladamente consideradas” cada una de las posibles irregularidades urbanísticas cometidas podrían incluso ser tildadas de “insignificantes”, pero entiende que “analizadas globalmente podrían ser constitutivas de delito, evidenciando no sólo la voluntad clara de no dar cumplimiento a la normativa urbanística, sino además la causación de un perjuicio económico para el Ayuntamiento” por los expedientes de Disciplina Urbanística que no fueron tramitados.

El procedimiento abierto en el juzgado de instrucción nº 3 de Colmenar Viejo incluye dos querellas de la Fiscalía de Medio Ambiente de Madrid que acumulan quince tomos de documentación y varias diligencias abiertas en torno a diversas de estas irregularidades: el magistrado instructor entiende que podría haberse cometido un delito continuado de prevaricación urbanística, que en su redacción actual contempla penas de prisión de año y medio a cuatro años, así como penas de inhabilitación de hasta quince años.
 


 
 
 
 
 

 

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