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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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17 de septiembre de 2015
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
CONVENIOS URBANÍSTICOS DE GOLF EN LA COMUNIDAD VALENCIANA
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del golf inmobiliario, guía de convenios urbanísticos y en la guía del urbanismo de la Comunidad Valenciana. El PAI Sant Gregori Golf de Burriana habría sido el segundo proyecto urbanístico con campo de golf más grande de la provincia de Castellón después de Marina d'Or Golf y el quinto de toda la Comunidad Valenciana. El PAI Sant Gregori Golf se presentó en 2000. Era un proyecto de casi 7.000 viviendas para 15.000 residentes (Burriana tiene 35.000 habitantes) y un campo de golf de 27 hoyos. A principios de año La urbanizadora Golf Sant Gregori, SA se declaró en concurso voluntario de acreedores y solicitó al juzgado la liquidación. A la sociedad formada por Bankia (70%) y Urbanizadora Vistamar, del grupo G&C (30%), se le impuso la devolución de los terrenos que habían sido adquiridos por la Sareb. Los terrenos de la sociedad estaban valorados en 29,7 millones pero actualmente no superan los 6. 
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Para intentar salvar la situación, la empresa llegó a un acuerdo con sus acreedores financieros para paralizar el pago de la deuda a cambio de lograr del Ayuntamiento la suspensión del PAI durante dos años. Pero llegó el concurso y el consistorio ha optó por abrir expediente de resolución y buscar otra salida que pasa por la gestión directa o por la búsqueda de un nuevo urbanizador. 

El problema es que la rescisión implica, como consta en un informe municipal del pasado año, la cancelación de la programación. Lo mismo ha hecho Torreblanca con el PAI Doña Blanca Golf, de casi dos millones de metros cuadrados y 4.500 viviendas. Eran los únicos dos proyectos de golf de la provincia que habían anunciado el inicio de las obras.

En julio, el expediente de resolución de la condición de agente urbanizador de Golf Sant Gregori caducó y, por lo tanto, había que comenzar de nuevo la tramitación. Fue un procedimiento que estuvo en letargo durante 10 meses en los cuales la empresa solicitó la suspensión temporal por 2 años y, al no conseguirla, pidió el concurso voluntario de acreedores el 30 de diciembre de 2014. 

Ahora, la promotora UGSG quiere continuar con este proyecto, que supondría un importante impulso económico al municipio por lo que, con fecha 10 de septiembre, presentó un escrito al Ayuntamiento en la que indica su predisposición para ello, proponiendo la salida del concurso de acreedores mediante una propuesta de convenio en la que los propietarios y Ayuntamiento mantendrían todos sus derechos, a cambio de conseguir la suspensión del Programa para dar tiempo a la entrada de un nuevo inversor, gestiones en estos momentos muy adelantadas.

La resolución de 19 de junio de 2015 del Consell Jurídic Consultiu de la Comunitat Valenciana instando al Ayuntamiento a la caducidad del expediente de rescisión del contrato, iniciado en marzo de 2014 y aprobado inicialmente en el Pleno del 26 de enero de 2015, abre esta nueva vía de solución al problema, en la que la empresa ha propuesto al Ayuntamiento la suspensión del Programa, que ya propuso en el mes de marzo de 2014 y que, incomprensiblemente, el equipo de gobierno anterior no tramitó, a pesar del acuerdo unánime de todos los grupos municipales de entonces, PP, PSOE y CIBUR.

La empresa indica también en su escrito las consecuencias negativas si el Ayuntamiento decidiera seguir con la rescisión del contrato a pesar del informe en contra del Consell Consultiu, y que el concurso entrase en fase de liquidación, como son, aparte de los frentes jurídicos interminables que se abrirían, que el Ayuntamiento tendría que hacer frente al pago de más de 1.000.000€ de su aportación a la cuota 0, actualmente no abonada, así como que los propietarios perderían con seguridad sus aportaciones adelantadas de cuotas de urbanización por valor de más de 6.000.000€.

UGSG también indica que, de los informes existentes, no queda claro en caso de rescisión del contrato, si la reparcelación actual es válida o no, ya que sólo reflejan que hay que volver a presentar un nuevo Programa, con lo que puede suponer una marcha atrás del Proyecto en más de 10 años, ya que el Programa se aprobó en fecha 17 de enero de 2005.

 


 

 
 
 
 
 

 

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