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DEBATES DE INGENIERÍA DE LA ENERGÍA. EUROPA CAMBIA SU REGLAMENTO PARA ACELERAR LA INVERSIÓN EN ENERGÍAS RENOVABLES

6 de enero de 2023
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos? Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas
¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Flexibilización del procedimiento de evaluación ambiental
  • Reglamento (UE) 2022/2577 del Consejo, de 22 de diciembre de 2022, por el que se establece un marco para acelerar el despliegue de las energías renovables (el “Reglamento”).
En el contexto de guerra en el que se encuentra la Unión Europea, el Reglamento recientemente aprobado pretende paliar el deterioro de la situación del mercado eléctrico, garantizar el suministro eléctrico y reducir la dependencia de los combustibles fósiles de Rusia, todo ello en el marco de la Iniciativa Verde Europea. Pacto y el Plan REPower de la UE. A tal fin, este reglamento establece una serie de normas temporales urgentes para acelerar el proceso de concesión de permisos para proyectos de energías renovables cuyo procedimiento de autorización se inicie durante la vigencia del reglamento, es decir, desde el 30 de diciembre de 2022 hasta dieciocho meses después de su entrada en vigor. sin perjuicio de posteriores revisiones y, en su caso, prórrogas. Asimismo, los Estados miembros podrán aplicar el Reglamento a los procesos de concesión de autorizaciones en curso en los que no se haya adoptado resolución definitiva antes de esa fecha, siempre que se acorte el proceso de concesión de autorizaciones y se conserven los derechos preexistentes de terceros. 

 
FINANCIACIÓN DE ENERGÍAS RENOVABLES Y CONTRATOS ENERGÉTICOS. 

Las medidas más relevantes introducidas son las siguientes:

La planificación, construcción y operación de plantas e instalaciones para la producción de energía a partir de fuentes renovables y su infraestructura de conexión a la red, así como los propios activos de red y almacenamiento relacionados, se presumirán de interés público superior. No obstante, los Estados miembros podrán restringir zonas de su territorio en las que no sea posible la ejecución de proyectos de energías renovables o con determinadas características.

El período para otorgar permisos para la instalación de equipos de energía solar y activos de almacenamiento de energía coubicados, incluidas instalaciones solares integradas en edificios y equipos de energía solar en la azotea, en estructuras artificiales existentes o futuras, excluyendo áreas de cuerpos de agua y calor artificiales. bombas, será en general de tres meses, sujeto a excepciones.

FLEXIBILIZACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN AMBIENTAL

En los casos de repotenciación de instalaciones energéticas, no será necesario realizar una evaluación ambiental del proyecto en su conjunto, sino únicamente de los impactos derivados de la repotenciación respecto del proyecto original, y de los proyectos de repotenciación de energía fotovoltaica que no superen el espacio original y que cumplan con las correspondientes medidas ambientales correctivas, compensatorias y preventivas establecidas para la instalación original estarán exentos de cualquier procedimiento ambiental.

Además, los Estados miembros podrán eximir del procedimiento de evaluación de impacto ambiental a los proyectos de energías renovables, así como a los proyectos de almacenamiento y su infraestructura de eliminación, siempre que el proyecto esté ubicado en una zona designada para el despliegue de energías renovables o la zona haya sido objeto de un Evaluación Ambiental Estratégica.
 
 

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