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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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3 de marzo de 2020
 
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NO ES LO MISMO UN “FISCALISTA” QUE UN “FISCALISTA INMOBILIARIO”.
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • La fiscalidad inmobiliaria es tan extensa y tan específica que se ha convertido por sí sola en una especialidad. Por eso las promotoras inmobiliarias, las constructoras y los inversores inmobiliarios no buscan “fiscalistas”, buscan “fiscalistas inmobiliarios” con experiencia acreditada en operaciones inmobiliarias.
El sector necesita expertos que conozcan de primera mano las actividades inmobiliarias a los efectos de la imposición tributaria directa, indirecta y local. La fiscalidad de las operaciones inmobiliarias es muy extensa y afecta tanto en los impuestos estatales (IRPF, Impuesto Sobre Sociedades e IVA), como en los tributos cedidos a las Comunidades Autónomas (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), y en el ámbito local (el IBI y el ICIO). Una cuestión clave es el análisis de las fórmulas de aplicación de los impuestos que gravan las transmisiones inmobiliarias. Hay promotores inmobiliarios que explotan un relevante patrimonio inmobiliario y no han adaptado sus estructuras empresariales a la nueva realidad legislativa o que no han analizado las oportunidades de recuperación de los tributos pagados, como la plusvalía municipal de terrenos urbanos, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), las comprobaciones de valores por la Administración Autonómica y las consecuencias en los restantes tributos o la recuperación del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en determinadas operaciones: refinanciación y garantías inmobiliarias. Son muy importantes las especialidades inmobiliarias de IVA (deducción del impuesto, renuncia a la exención del impuesto en las transmisiones de inmuebles, prorrata en el impuesto, bienes de inversión, problemática de la adquisición de inmuebles mediante subasta, efecto tributario de la aportación de terrenos a una sociedad, las cesiones de aprovechamiento urbanístico, las cesiones obligatorias, el supuesto de no sujeción de la transmisión de la totalidad del patrimonio empresarial en el IVA, el IVA en la ejecución de obras de urbanización, las especialidades del IVA en la adjudicación de parcelas edificables en las juntas de titularidad fiduciaria, la repercusión del IVA a los propietarios de la unidad de actuación sobre las derramas que les exijan periódicamente en el sistema de cooperación, etc.).

 
FISCALIDAD INMOBILIARIA.

No es lo mismo un “fiscalista” que un “fiscalista inmobiliario”.

La fiscalidad inmobiliaria es tan extensa y tan específica que se ha convertido por sí sola en una especialidad. Por eso las promotoras inmobiliarias, las constructoras y los inversores inmobiliarios no buscan “fiscalistas”, buscan “fiscalistas inmobiliarios” con experiencia acreditada en operaciones inmobiliarias.

El sector necesita expertos que conozcan de primera mano las actividades inmobiliarias a los efectos de la imposición tributaria directa, indirecta y local.

La fiscalidad de las operaciones inmobiliarias es muy extensa y afecta tanto en los impuestos estatales (IRPF, Impuesto Sobre Sociedades e IVA), como en los tributos cedidos a las Comunidades Autónomas (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados), y en el ámbito local (el IBI y el ICIO).

Una cuestión clave es el análisis de las fórmulas de aplicación de los impuestos que gravan las transmisiones inmobiliarias. Hay promotores inmobiliarios que explotan un relevante patrimonio inmobiliario y no han adaptado sus estructuras empresariales a la nueva realidad legislativa o que no han analizado las oportunidades de recuperación de los tributos pagados, como la plusvalía municipal de terrenos urbanos, el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO), las comprobaciones de valores por la Administración Autonómica y las consecuencias en los restantes tributos o la recuperación del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en determinadas operaciones: refinanciación y garantías inmobiliarias.

Son muy importantes las especialidades inmobiliarias de IVA (deducción del impuesto, renuncia a la exención del impuesto en las transmisiones de inmuebles, prorrata en el impuesto, bienes de inversión, problemática de la adquisición de inmuebles mediante subasta, efecto tributario de la aportación de terrenos a una sociedad, las cesiones de aprovechamiento urbanístico, las cesiones obligatorias, el supuesto de no sujeción de la transmisión de la totalidad del patrimonio empresarial en el IVA, el IVA en la ejecución de obras de urbanización, las especialidades del IVA en la adjudicación de parcelas edificables en las juntas de titularidad fiduciaria, la repercusión del IVA a los propietarios de la unidad de actuación sobre las derramas que les exijan periódicamente en el sistema de cooperación, etc.).

Merece especial atención la tributación de las Juntas de compensación y los agentes urbanizadores (repercusiones tributarias de la constitución de una Junta de compensación a la que no se transmite la propiedad de los terrenos,  derramas para financiar las obras de urbanización, tributación del pago en especie de las obras de urbanización mediante la entrega de parcelas edificables, tributación de las cuotas de urbanización al agente urbanizador o el concesionario, efectos fiscales de la urbanización de los terrenos sobre los adjudicatarios de las parcelas: sujeción y exenciones).

Así como la tributación de las expropiaciones urbanísticas, por ejemplo el IVA e IRPF en relación con el justiprecio e intereses o el tratamiento fiscal de las indemnizaciones patrimoniales por vías de hecho.

Y podríamos seguir con el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (Tributación de los documentos notariales que afectan a las operaciones inmobiliarias, exenciones en el impuesto) y a  nivel de imposición local (IBI, ICIO, Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, Tasas, …). 

Se estos temas se trata de un modo práctico y profesional en la guía práctica de la fiscalidad inmobiliaria.

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