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17 de enero de 2019
 
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APROBADA LA REFORMA DE LA LEY DEL SUELO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
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  • Aprobada la reforma de la Ley de Ordenación del Territorio y Paisaje de la Comunitat Valenciana 

  • Se crea la figura del agente rehabilitador y elimina la de las Actuaciones Territoriales Estratégicas (ATE) para sustituirlas por los Proyectos de Inversión Económica Sostenible (PIES) 
La modificación de la Ley 5/2014 tiene por objetivo establecer un régimen que favorezca las actuaciones de renovación, regeneración y rehabilitación urbana, para facilitar las intervenciones en el suelo urbanizado destinadas a mejorar la calidad de estos ámbitos que pudieran estar obsoletos, infradotados y deteriorados o en los que se den situaciones de vulnerabilidad. Para ello se modifican los estándares urbanísticos y el porcentaje de aprovechamiento urbanístico público y se diferencia un régimen específico para las actuaciones de regeneración urbana (artículos 7, 13, 24, 33, 36, 37, 63, 72 y 72 bis y siguientes), 75, 76 bis, 77 y 99, disposición transitoria y disposición derogatoria). Un segundo objetivo de la ley es reforzar la función y control público sobre los procesos de ocupación del territorio. Este objetivo se concreta en la eliminación de las actuaciones territoriales estratégicas y la regulación de los proyectos de inversión estratégica sostenible, en los que la participación de las instituciones públicas va a ser más intensa que en la figura anterior, y donde el carácter excepcional de esta figura se traduce en requisitos de gestión y de utilización adecuada de los instrumentos urbanísticos (artículos 14, 17 y 59 a 62).

Asimismo, en otra clase de actuaciones urbanísticas, se favorece la gestión directa de los programas de actuación, no solo dando preferencia a este modo de gestión frente a otros, sino removiendo barreras existentes para poder actuar de esta forma (artículos 86 bis, 143, 151, 152 y disposición adicional novena). 

Relacionado con ello, la modificación de la ley va a garantizar el control público de los crecimientos urbanísticos, fomentando los desarrollos en las áreas ya urbanizadas y evitando que los agentes urbanizadores privados puedan promover instrumentos de desarrollo que reclasifiquen nuevas piezas del territorio como suelo urbanizable (artículos 111, 179 y 184 a 187 quinques).

En tercer lugar, la ley tiene por objeto dar solución a situaciones existentes en el territorio, como consecuencia de actuaciones realizadas a lo largo del tiempo y que tienen efectos perjudiciales desde un punto de vista territorial, paisajístico y ambiental; en esta situación se encuentran tanto construcciones existentes en el medio urbano, para las que se modifican artículos sobre órdenes de ejecución, como las urbanizaciones sin finalizar en distinto grado de ejecución, para las que se prevé la reparcelación inversa o la ampliación del plazo de urbanización y la subdivisión de las unidades de ejecución y las edificaciones existentes en el suelo no urbanizable, respecto de las que se modifica el régimen de minimización de impacto, haciéndolo más adecuado a la realidad existente y creando las denominadas licencias de minimización de impacto territorial.

APROBACIÓN

El pleno de las Cortes aprobó la modificación de la ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana (LOTUP) de 2014, que incluye soluciones para las llamadas «urbanizaciones fantasma» y para regularizar las edificaciones diseminadas sin licencia.

La nueva LOTUP, que crea la figura del agente rehabilitador y elimina la de las Actuaciones Territoriales Estratégicas (ATE) para sustituirlas por los Proyectos de Inversión Económica Sostenible (PIES), salió adelante con los votos a favor del PSPV, Compromís y Podem, la abstención del PP y la oposición de Ciudadanos.

El pleno aprobó una enmienda por la que se creará la Agencia Valenciana de Protección del Territorio, para ejercer las competencias autonómicas sobre disciplina urbanística, y que entre otras cosas se encargará de los expedientes de reposición de la legalidad urbanística.

Para dar una solución a los centenares de los Planes de Actuación Integrada (PA)I «fantasma» de la Comunitat -aquellos que se aprobaron y están paralizados porque los agentes urbanizadores han quebrado o abandonado la actuación-, la ley ofrece dos opciones a los Ayuntamientos.

Así, los PAI iniciados y que pueden ser viables se podrán dividir en sectores para ejecutarlos poco a poco y ampliar el plazo de ejecución a diez años, mientras que en los PAI inviables y reversibles se podrá hacer una «reparcelación inversa» para que los terrenos vuelvan a la situación anterior, sin cargas para los propietarios.

Respecto a las edificaciones aisladas sin licencia construidas antes de 2015 en suelo no urbanizable, unas 400.000 en la Comunidad, se posibilita su regularización siempre que cumplan unas obligaciones de minimización de impacto ambiental y paisajístico y de dotación de sistemas de evacuación de aguas. 

DECLARACIONES

La consellera de Vivienda, María José Salvador, destacó que la nueva LOTUP fija las bases de un nuevo modelo urbanístico sostenible, frente al modelo «depredador y especulador» del PP, del que han heredado casi mil millones de euros en demandas por autorizar PAI sin tener en cuenta el impacto ambiental.

Salvador ha resaltado que esta ley recupera la gestión directa del urbanismo por parte de los Ayuntamientos y limita mucho la gestión indirecta; crea la figura de los PIES para agilizar las inversiones prioritarias y estratégicas, y da respuesta a una herencia «nefasta», como los PAI «fantasmas».

La diputada del PP Elisa Díaz justificó su abstención en que, pese a los intentos de Podem y Compromís, esta ley «no llega a modificar el modelo urbanístico del PP, que fue el que puso fin a la especulación» con su legislación, y que las Agrupaciones Territoriales Estratégicas (ATE) «siguen existiendo, con otro nombre».María José García (Ciudadanos) afirmó que esta ley «sin consenso» va a dar legalidad a las viviendas diseminadas, una situación tipificada como delito en el Código Penal, y que la ordenación del territorio «no debería ser moneda de cambio por la que el PSPV favorece a Compromís por su apoyo» al Consell.

'PAIS FANTASMAS' 

La modificación de la ley sobre Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la Comunitat Valenciana (Lotup) evita el modelo urbanístico de "los pelotazos y la especulación", así como los "PAIs fantasma" y conseguir "un modelo adaptado a la realidad del siglo XXI, al servicio de las personas y con perspectiva de género". 

De este modo, y para dar solución a los 'PAIs fantasmas', la reforma recoge que en los casos de aquellos que se han empezado pero están paralizados y pueden tener cierta viabilidad, los ayuntamientos tengan la posibilidad de dividir los sectores en unidades de ejecución más pequeñas para poder ejecutar la actuación poco a poco y ampliar el plazo a 10 años. 

En aquellos PAIs que son "antieconómicos" y pueden ser reversibles, se podrá aplicar una reparcelación inversa para que los terrenos vuelvan a la situación jurídica anterior y, por tanto, quitar cargas a los propietarios. Asimismo, la reforma elimina la figura de las Actuaciones Territoriales Estratégicas (ATE) y se establece la regulación de los nuevos Proyectos de Inversión Estratégica Sostenible (PIES), que eliminan la posibilidad que existía anteriormente de pasar nuevos terrenos de no urbanizables a urbanizables por parte de la gestión indirecta de empresarios particulares.
 

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