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30 de julio de 2018
 
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PRECAUCIONES PARA LA FISCALIDAD INMOBILIARIA DE MÁS DE 10 VIVIENDAS EN IRPF
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • La mayoría de las viviendas se registra a nombre de personas físicas, a diferencia de las inversiones inmobiliarias de los fondos que se registran a nombre de personas jurídicas. A partir de este momento ya surgen una serie de agravios comparativos a los que nos hemos referido en muchas ocasiones (herencias y plusvalía municipal frente a herencias de sociedades con inmuebles, ventas de sociedad con inmuebles mediante la venta de sociedades partícipes domiciliadas en paraísos fiscales, etc.). Pero esto no es suficiente, tampoco lo es el catastrazo que valora las segundas residencias a unos precios que ya les gustaría a los propietarios que se las comprase el catastro. Ahora se amenaza con subir la tributación en IRPF por la tenencia de más de 10 inmuebles siempre que no se arrienden. En estos casos será necesaria una reestructuración fiscal de estos patrimonios inmobiliarios. 
Por su interés recogemos el artículo de Hugo Gutiérrez publicado en el País en el que se advierte de una inminente subida fiscal sobre los inmuebles en base a un informe de trabajo que está elaborando el Ministerio de Fomento y por el que quiere penalizar a los dueños de viviendas desocupadas.

El Ministerio de Fomento quiere promover la oferta de pisos en alquiler y frenar el aumento desmedido de los precios a través de un nuevo paquete de medidas fiscales. Según un borrador al que ha tenido acceso EL PAÍS, Fomento quiere aumentar la penalización a los propietarios y titulares de bienes inmuebles urbanos que no sean vivienda habitual ni estén alquilados. En estos momentos, a los dueños de una casa desocupada se les imputa en la declaración un 1,1% del valor catastral (el 2% si este no se ha actualizado en los últimos 10 años), un porcentaje que el ministerio estudia aumentar al 5%.

Frenar el boom del alquiler es uno de los retos que se ha marcado el Ministerio de Fomento dirigido por José Luis Ábalos. Para ello, ya anunció el impulso de hasta 20.000 viviendas que se destinen al alquiler, pero tiene un objetivo a medio plazo. A corto, el grueso de las medidas para reconducir el mercado del alquiler de vivienda gira en torno a diversos cambios fiscales. Entre ellos, aumentar las penalizaciones y recuperar deducciones a arrendatarios y arrendadores, como se hacía hasta 2015.

Destaca una subida de la penalización a los propietarios de segunda vivienda que no esté arrendada. Es decir, una propiedad (casa, local o garaje) que no sea residencia habitual y no genere rendimiento económico. Hasta ahora, a los dueños se les imputa en su declaración de la renta el 1,1% del valor catastral del inmueble (el 2% si no se ha actualizado en los últimos 10 ejercicios mediante un procedimiento de valoración colectiva de carácter general). Con la propuesta que maneja Fomento, esta penalización crecería hasta el 5%. “Es un primer borrador y puede haber cambios. Todavía tiene que pasar por el grupo de trabajo y por el resto de ministerios implicados”, explican desde el ministerio.

NO SE PENALIZARÁ LA SEGUNDA RESIDENCIA

El Ministerio de Fomento continúa trabajando en nuevas medidas que acaben con la escalada de los precios del alquiler. Y lo quiere hacer promoviendo más oferta de vivienda en arrendamiento. Para conseguir este objetivo, destaca un nuevo paquete de medidas fiscales en el que se está trabajando, entre las que ya no está la penalización a la segunda vivienda de particulares. Desde el ministerio han descartado esta opción y, eso sí, diferencia a propietarios de una segunda casa y los grandes tenedores (con más de 10 inmuebles), aunque no ha aclarado si en este caso sí se propondrá una penalización.

Según un borrador al que ha tenido acceso EL PAÍS, la penalización constaba de una subida de la renta que se le imputa a propietarios y titulares de bienes inmuebles urbanos (del 1,1% al 5% del valor catastral) que no sean residencia habitual ni estén alquilados. “Este documento que manejaban los técnicos no es con el que trabaja el equipo actual”, han matizado fuentes cercanas al ministro José Luis Ábalos, que no ha querido hacer declaraciones.

Este diario se había puesto en contacto durante la última semana con el equipo de trabajo del titular de Fomento y, hasta este domingo, habían preferido no hacer comentarios al respecto de esta medida pero sin descartarla. Pese a este cambio, sí sigue sobre la mesa realizar modificaciones fiscales como ya adelantó el titular de Fomento en el Congreso de los Diputados hace unas semanas, así como promover un parque de viviendas para el alquiler. De hecho, se mantiene la posibilidad de que salga adelante la otra gran medida fiscal que contiene en el texto preliminar: la recuperación de la deducción para inquilinos del 10,05% de las rentas pagadas en el año, algo que existía hasta 2015.

Por el momento, sin embargo, prefieren ser cautos y no detallar los posibles cambios y medidas a la espera de las reuniones interministeriales y del equipo de trabajo sobre el alquiler. Solo después, con el acuerdo alcanzado en esos encuentros y con el visto bueno del resto de ministerios, en especial Hacienda, se cerrará el paquete de medidas. “A partir de septiembre sabremos hasta donde podemos llegar”, explican fuentes de ministerio.

Esta subida, a efectos prácticos, supondría que la renta de los propietarios crezca de forma considerable en su declaración y puede provocar que los afectados tengan que tributar a un porcentaje superior. Con el sistema actual, un dueño de una casa desocupada valorada en el registro en 150.000 euros, le sube su base en 1.650 euros. De ahí, el pago efectivo será al tipo impositivo que le corresponda. Por ejemplo, si la base liquidable general está entre 20.200 y 35.200 euros, será un 30%. Es decir, que tendría que pagar 495 euros.

Con la propuesta que baraja el ministerio, el aumento en la base imponible del IRPF sería de 7.500 euros. “Esto podría servir para desincentivar la posesión de vivienda vacía y su incorporación al mercado de alquiler”, justifica el texto preliminar. De esta forma, ese mismo contribuyente tendría que pagar a través del IRPF (al 30%) 2.250 euros por este concepto. En 2016, cada declarante con imputación de estas rentas pagó una media de 657,91 euros según la Agencia Tributaria. El Estado recaudó 4.682,5 millones de euros y hubo algo más de 7,1 millones de declaraciones. “Lo consideraría razonable si fuese a partir de la tercera vivienda. Hay que detallar mucho más esta medida porque gravaría a mucha gente y sería mucho dinero, aunque es una idea inteligente para que no haya viviendas paradas”, explica José García Montalvo, catedrático en economía de la Universidad Pompeu Fabra.

Definición en el IBI

A esta penalización, en el texto se añade la intención de definir el concepto de vivienda desocupada, algo pendiente a efectos del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI). Con esta precisión, según el borrador, los Ayuntamientos podrían aplicar un recargo del 50% en la cuota del IBI en los inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente. Hasta ahora, más de 200 consistorios se han acogido a esta posibilidad (Barcelona, Sevilla y Zaragoza, entre otros), aunque diversas sentencias judiciales han insistido en que esta definición normativa es competencia del Estado.

“Deben acometerse tareas pendientes como la definición de las viviendas desocupadas con carácter permanente, estimulando su incorporación al mercado del alquiler a través de un amplio catálogo de medidas regulatorias y de carácter fiscal”, afirmó el titular de Fomento en el Congreso hace unas semanas. A través del IBI, España superó en 2016 por primera vez los 13.000 millones de euros recaudados. Según se recoge en el borrador, con el recargo que ya aplican algunos Ayuntamientos se recaudaron 774 millones en 2015. Por lo tanto, si se realiza esta precisión normativa, las localidades podrán aumentar su recaudación vía IBI apelando a la mejora del mercado del alquiler.

EL GOBIERNO ESTUDIA RECUPERAR LA DEDUCCIÓN FISCAL A INQUILINOS

El texto preliminar con el que trabaja Fomento recoge otra gran medida fiscal: la recuperación de la deducción por alquiler. Hasta el ejercicio 2015 existía esta herramienta, aunque con algunas diferencias. El departamento que dirige Ábalos plantea una deducción del 10,05% de las rentas pagadas por inquilinos que ganen hasta 5,5 veces el IPREM (41.357,75 euros anuales). Así, el porcentaje a deducir es el que hubo hace años. Lo que cambia son los ingresos máximos de los beneficiarios, que casi se duplica (antes tenían que ser inferiores a 24.107,20 euros al año), lo que haría llegar esta deducción a más personas. “Es una buena medida para que aflore el alquiler no declarado”, asegura Fernando Encinar, jefe de estudios de Idealista.

El borrador incluye asimismo un incremento de las reducciones en el rendimiento neto de los arrendadores en dos casos. En la actualidad está en el 60% y se quiere subir al 80% en contratos de vivienda que cumplan uno de los siguientes supuestos: en los arrendamientos a menores de 35 años y mayores de 65; así como en los casos de contratos de arrendamiento de larga duración (igual o superior a los seis años). Ábalos ya aseguró en el Congreso que esta sería la línea a seguir, aunque desde Fomento insisten en que todavía es provisional. “A partir de septiembre [cuando se reúnan los ministerios implicados] sabremos hasta donde podemos llegar”, reiteran. En concreto, estas medidas fiscales están a expensas del visto bueno de Hacienda.
 

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