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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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28 de febrero de 2018
 
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REFORMA DE LOS REGLAMENTOS URBANÍSTICOS DE CASTILLA LA MANCHA
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  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre las reformas que afectan al suelo rústico y a los pequeños municipios.
La figura del núcleo de población en suelo rústico. Respecto a esta regulación de la figura del núcleo de población en suelo rústico, el Gobierno castellano-manchego explica que el fallo judicial que sirve como referencia, si bien soluciona desde un punto de vista jurídico la cuestión planteada, sirve para denotar los distintos criterios interpretativos que ha habido respecto a esta cuestión. La pretensión es mejorar tal regulación para evitar que puedan producirse nuevas interpretaciones divergentes. Muchos pueblos no tienen un instrumento de planeamiento general urbanístico. En Castilla-La Mancha, todavía 291 de sus 919 municipios (lo que supone un porcentaje del 31,6%) carecen de un planeamiento general que ordene sus territorios desde un punto de vista urbanístico. Estos datos se traducen en una población afectada de 79.129 habitantes que, en el conjunto de la región, si bien no representan más de un 4,5 % sobre el total, “son merecedores de los desvelos de este gobierno”. Proyecto de Decreto por el que se modifican distintos reglamentos en materia de urbanismo en el suelo rústico y para facilitar el desarrollo de pequeños municipios de Castilla-La Mancha. 

Información Pública. Resolución de 21/02/2018, de la Secretaría General, por la que se dispone la apertura de un periodo de información pública sobre el proyecto de decreto de modificación de distintos reglamentos en materia de urbanismo en el suelo rústico y para facilitar el desarrollo de pequeños municipios de nuestra región.  Someter a información pública por un plazo de 20 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, el citado proyecto de Decreto de modificación de distintos reglamentos en materia de urbanismo en el suelo rústico y para facilitar el desarrollo de pequeños municipios de nuestra región, para que cualquier persona interesada pueda examinar el expediente y formular las observaciones, sugerencias o alegaciones que estime pertinentes. 

El 1 de marzo se abre el plazo de 20 días para presentar alegaciones al proyecto de decreto de modificación de distintos reglamentos en materia de urbanismo en el suelo rústico y para facilitar el desarrollo de pequeños municipios de la región.

A tales efectos, el proyecto estará a disposición de las personas interesadas en el tablón de anuncios de la Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es) y en las oficinas de Secretaría General de la Consejería de Fomento, situada en la Paseo Cristo de la Vega, s/n de Toledo, todos los días laborables durante las horas de oficina, de 9.00 hasta las 14.00 horas.

Asimismo, de conformidad con la Ley de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha de 2016, se publicará a efectos de transparencia, en la dirección 'http:www.castillalamancha.es/gobierno/normativa-en-elaboracion'.

Las alegaciones deberán dirigirse a la Secretaría General y podrán presentarse en cualquiera de los registros y oficinas previstas en la Ley del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas de 2015, así como en la dirección de correo electrónico 'secretariageneral.fomento@jccm.es'.

PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE MODIFICAN DISTINTOS REGLAMENTOS EN MATERIA DE URBANISMO EN EL SUELO RÚSTICO Y PARA FACILITAR EL DESARROLLO DE PEQUEÑOS MUNICIPIOS DE CASTILLA-LA MANCHA.

El  Proyecto de Decreto por el que se modifican distintos reglamentos en materia de urbanismo en el suelo rústico y para facilitar el desarrollo de pequeños municipios de Castilla-La Mancha, plantea la innovación de las siguientes normas reglamentarias:

- Decreto 242/2004, de 27 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Suelo Rústico, (en adelante, RSR).
- Decreto 248/2004, de 14 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planeamiento de la Ley 2/1998, de 4 de junio, de Ordenación del Territorio y de la Actividad Urbanística (en adelante, RP)
- Decreto 235/2010, de 30 de noviembre, de regulación de competencias y de fomento de la transparencia en la actividad urbanística de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Las medidas que se proponen, tienen presente la realidad tan particular y compleja de las necesidades que en materia de urbanismo presentan los pequeños municipios de nuestra Región que carecen de todo instrumento de planeamiento general y que, por ello, ven dificultado en ciertos casos, el desarrollo de buena parte de las iniciativas de toda naturaleza que puedan plantearse en sus respectivos términos municipales. En este sentido, hay que contar con que, en Castilla-La Mancha, todavía 291 de sus 919 municipios (lo que supone un porcentaje del 31,66 % sobre éstos), carecen de un planeamiento general que ordene sus territorios desde un punto de vista urbanístico. Estos datos se traducen en una población afectada de 79.129 habitantes que, en el conjunto de la Región, si bien no representan más de un 4,5 % sobre el total, son merecedores de una respuesta adecuada a sus necesidades y demandas. Por ello, y a fin de posibilitar pequeñas actuaciones en los núcleos urbanos de estos municipios, y sin perjuicio de su necesaria dotación de instrumentos de planeamiento general conforme a los dictados del TrLOTAU se hace preciso el proporcionar, desde la norma reglamentaria, una normativa acorde a la ya vigente y que sirva para atender las diferentes necesidades actuales y diarias que presentan este tipo de municipios.

En cuanto a la regulación de competencias y de fomento de la transparencia en la actividad urbanística de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, la propuesta de innovación responde a cuestiones obvias de mejora del texto normativo, recogiendo innovaciones ya producidas por otras normas y los cambios competenciales que en los distintos órganos autonómicos han sido introducidos por diversas innovaciones normativas ya en vigor. Asimismo se mejora la coordinación y ejecución de las competencias de diversos órganos autonómicos, principalmente en lo que respecta a las Comisiones Provinciales y a la Regional de Ordenación del Territorio y Urbanismo, procurando intensificar y optimizar la labor que ya realizan. En este sentido se someten a competencia de la Comisión Regional la emisión del informe de concertación de las innovaciones de planeamiento que afecten a municipios de más de 20.000 habitantes como la concesión de calificación urbanística en municipios de más de 20.000 habitantes (en la actualidad se prevé para municipios de más de 50.000 habitantes.) Asimismo, se amplía el número de miembros que representan a los Colegios Profesionales en los dos órganos colegiados. Finalmente se actualizan las referencias a la normativa estatal en materia de órganos colegiados.

Para garantizar la transparencia en el proceso de tramitación del proyecto normativo, la Consejería de Fomento debe dar publicidad a dicho texto, para  que así la ciudadanía pueda conocer el desarrollo de su elaboración y tramitación.

De conformidad con el artículo 7 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el artículo 12.1 c) y d) de la Ley 4/2016, de 15 de diciembre, de Transparencia y Buen Gobierno de Castilla-La Mancha, en esta página se puede consultar el estado de tramitación del proyecto normativo así como los documentos que lo configuran.

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