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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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15 de enero de 2018
 
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CUANDO EL AYUNTAMIENTO NO ESTÁ OBLIGADO A EXPROPIAR UNA PARCELA PARA USO EDUCATIVO
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  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre los supuestos en los que los propietarios de terreno recalificado pueden solicitar la expropiación urbanística municipal.
En este caso nos referimos a un supuesto en el que el Ayuntamiento de Segovia no tendrá que expropiar una parcela de Casa de Guardas, junto a Vía Roma, en el barrio de San Lorenzo, destinada al futuro instituto. El Ayuntamiento de Segovia no tendrá que expropiar un terreno de 10.000 metros cuadrados en el barrio de San Lorenzo, tal y como reclamó la promotora inmobiliaria Navisa, después de que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León haya resuelto el recurso presentado por esta empresa a una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Segovia a favor del ayuntamiento. Navisa era propietaria de un terreno, conocido como de la Casa de Guardas, de unos 20.000 metros cuadrados de los que el Ayuntamiento de Segovia expropió en su momento 10.000 para su cesión a la Junta de Castilla y León que tiene previsto construir un instituto en la parcela.

La comisión territorial de valoración estableció en el año 2009 un justiprecio de1.707.300 euros por la parcela expropiada pero la propiedad recurrió esa decisión y solicitó 21.680.000 euros hasta que, en 2011, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León fijó un nuevo justiprecio de 5.641.828 euros.

En ese momento, ambas partes recurrieron ante el Tribunal Supremo, cuya sentencia se dio a conocer a mediados de 2016 y los magistrados del Alto Tribunal mantuvieron la cantidad dispuesta por órgano autonómico. De esa manera, y después de que el ayuntamiento ya abonase los 1.707.300 euros, en los años siguientes ha tenido que abonar algo más de 3,9 millones de euros, más los intereses generados.

Navisa, por otro lado, presentó un recurso contencioso-administrativo al no obtener respuesta positiva del Ayuntamiento a sus pretensiones de que sea expropiada el resto de la parcela; es decir los otros 10.000 metros cuadrados, mientras el Gobierno municipal se ha negado porque ese terreno no es necesario para el proyecto de la Consejería de Educación en el barrio de San Lorenzo.

El concejal de Urbanismo, Alfonso Reguera, ya afirmó el año pasado que la de ‘Casa de Guardas’ es una parcela cuyo suelo está calificado como ‘dotacional público’ y por lo tanto tiene que destinarse a construcciones que den servicio a los segovianos, como es el caso del futuro centro educativo.

Respecto a la compensación del Ayuntamiento a Navisa, como propietaria, apuntó que el cincuenta por ciento se hizo por ocupación directa y el otro cincuenta por ciento que no se ha ocupado se puede compensar con derechos urbanísticos.
 

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