NOTICIAS INMOBILIARIAS PROFESIONALES.
NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

28 de junio de 2017
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

LA DECLARACIÓN RESPONSABLE ANTE EL COLAPSO DE LICENCIAS URBANISTICAS EN ANDALUCÍA
¿Qué aprendo? Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas
  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre las ventajas de la declaración responsable en materia de licencias urbanísticas y comparativa con la ley del suelo de Madrid.
Los promotores andaluces quieren aprovechar la aprobación de una nueva ley del suelo de Andalucía para introducir la declaración responsable en sustitución de licencias que ya se aplica en muchas Comunidades Autónomas. En los últimos días ha habido casos relevantes de retrasos en municipios andaluces que están colapsando la inversión inmobiliaria. La declaración responsable es el documento suscrito por el titular de la actividad o representante en el que manifiesta, bajo su responsabilidad, que una actuación urbanística cumple con los requisitos urbanísticos exigidos por la normativa vigente para su implantación, modificación o desarrollo y que dispone de la documentación que así lo acredita y que se compromete a su cumplimiento durante el tiempo en que mantenga dicha actuación. La declaración responsable, que sustituye a la licencia urbanística para determinadas obras, es el documento por el que el promotor de una obra manifiesta, bajo su exclusiva responsabilidad, que cumple con los requisitos exigidos en la normativa vigente para el reconocimiento de un derecho o para su ejercicio, que dispone de la documentación que así lo acredita, y que se compromete a mantener su cumplimiento durante el tiempo que dure dicho reconocimiento o ejercicio. El procedimiento de las declaraciones responsables se inicia mediante la presentación de un impreso, en modelo normalizado y se debe acompañar de la documentación señalada, según el tipo de actuación de que se trate. Se deben haber obtenido previamente y presentar ante el Ayuntamiento, junto a la declaración responsable, las autorizaciones sectoriales que sean preceptivas y previas conforme a la normativa vigente (Declaración de Interés Comunitario, autorización en materia de Costas, Carreteras, Puertos, Estudio de Impacto Ambiental, Estudio del Paisaje, Informe de la Conselleria de Cultura, etc.).


En caso de que se requiera la tramitación de un instrumento de intervención ambiental, el inicio de las obras se sujetará a la previa obtención del mismo. No obstante, podrán iniciarse las obras sin disponer del instrumento de intervención ambiental cuando quien tenga la disponibilidad civil del inmueble asuma, en instrumento público notarial o ante el Secretario del Ayuntamiento o funcionario en quien delegue, la plena responsabilidad de las consecuencias que pudieran derivar de la eventual denegación posterior de la otra licencia. En suelo no urbanizable se requerirá siempre el previo otorgamiento de la otra licencia exigible. 

Una vez presentada la declaración responsable, junto con toda la documentación necesaria, el promotor estará habilitado para el inicio inmediato de las obras, sin perjuicio de las potestades municipales de comprobación e inspección.

La declaración responsable no faculta en ningún caso para ejercer actuaciones contrarias a la legislación urbanística y el planeamiento vigente y no podrá sustituir a la licencia cuando ésta sea preceptiva de acuerdo con esta Ordenanza.

ANDALUCÍA

La Federación Andaluza de Empresarios de la Promoción Inmobiliaria (Fadeco Promotores) ha pedido a la Junta de Andalucía que modifique la ley urbanística de la región, la LOUA, para que los municipios puedan sustituir la licencia de primera ocupación por una declaración responsable.

Ello comprometería al promotor inmobiliario "con la correcta ejecución del proyecto aprobado en su día y para el que obtuvo licencia de obras y que conllevará un posterior control municipal". Con esta medida, expusieron, se equipararía la legislación andaluza a la de otras comunidades como Cataluña, Valencia, Murcia o Canarias. El presidente de la federación, Francisco Martínez-Cañavate, acompañado por la secretaria general de la Asociación Provincial de Constructores y Promotores de Málaga, Violeta Aragón, mantuvo una reunión con el director general de Urbanismo de la Junta, Alejandro Márquez, para "analizar la evolución de las medidas que desde 2016 viene impulsando la Junta a fin de agilizar la tramitación de los procedimientos urbanísticos".

Martínez-Cañavate pidió "poder disponer de un borrador de la nueva Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía", destacando que "es esencial acelerar los trabajos de redacción de una nueva norma que simplifiquen los tortuosos y complejos procesos urbanísticos convirtiéndola en un instrumento eficaz que opere como un factor determinante para atraer nuevas inversiones a Andalucía".

Una de las medidas agilizadoras que le han pedido es que la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) permita que los municipios sustituyan la licencia de primera ocupación por una declaración responsable, que «comprometa al promotor inmobiliario con la correcta ejecución del proyecto aprobado en su día y para el que obtuvo licencia de obras y que conllevará un posterior control municipal».

Por ello, en unos momentos en los que la promoción inmobiliaria «comienza a dar pasos firmes en la senda de la recuperación», Martínez-Cañavate reclamó «poder disponer, cuanto antes, de un borrador de la nueva Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía», destacando que «es esencial acelerar los trabajos de redacción de una nueva norma que simplifiquen los tortuosos y complejos procesos urbanísticos convirtiéndola en un instrumento eficaz que opere como un factor determinante para atraer nuevas inversiones a Andalucía».
 


 
 
 
 
 

 

Copyright © inmoley.com Todos los derechos reservados. El uso anagramas,  símobolos o información sin autorización expresa de inmoley.com  y al margen de las condiciones generales de contratación de inmoley.com, será perseguido judicialmente.

Privacidad. Cookies. Aviso: Leer aquí antes de continuar

ir a inicio de página
 
Volver a la página anterior