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23 de junio de 2017
 
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MADRID LIMITARÁ EL PRECIO DEL SUELO PARA VIVIENDA PROTEGIDA
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  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre la justificación de la limitación del precio del suelo para la vivienda protegida.
La Consejería de Vivienda ha redactado un proyecto de reglamento por el que el metro cuadrado del suelo no podrá venderse a más del 15% del precio del módulo. Este nuevo reglamento entrará en vigor en 2018 incluyendo importantes novedades como limitar el precio del suelo para la vivienda protegida, evitando que llegue al límite del módulo (15%) y otra serie de medidas para evitar la especulación y el sobreprecio de este tipo de viviendas. Desde la Consejería de Vivienda del Gobierno regional consideran imprescindible realizar una variación de normativa ya que el contexto socioeconómico ha variado enormemente desde el último reglamento, fechado en el año 2009. «Lo fundamental de la nueva normativa es promover y generar un parque suficiente de vivienda asequible para los ciudadanos madrileños, y fomentar el arrendamiento protegido», explica José María García Gómez, director general de Vivienda y Rehabilitación de la Comunidad. El límite del precio supondrá que los propietarios de los terrenos donde se van a construir viviendas protegidas, ya sean administraciones o privados, no podrán poner su propio precio, sino que tendrán que venderlo al 15% de lo que valga el módulo. 

Por ejemplo, por ley, una vivienda protegida en San Sebastián de los Reyes no puede venderse por más de 1.940 euros/m2. Con esta modificación, el promotor no podrá comprar el terreno por más de 300 euros/m2. Eso evitará que los promotores paguen cifras desproporcionadas por los terrenos y se emplee la picaresca de cobrar un sobreprecio al comprador de la casa o se limita la calidad de la edificación, abaratando su construcción. 

Entre las medidas que contempla la nueva normativa está también llevar a cabo una simplificación administrativa que agilice la tramitación y evite duplicidades.

Será suficiente con declaraciones responsables de los promotores inmobiliarios que adviertan de los procedimientos de responsabilidad administrativa, para iniciar los trámites, evitando, como hasta ahora, aportar numerosos documentos oficiales y escrituras. 

La segunda medida más destacada es la introducción de la figura del alquiler rotacional, una figura para colectivos de especial necesidad, como puedan ser jóvenes en procesos de emancipación, mayores en posible futura situación de dependencia, víctimas de violencia de género o personas en situación de especial necesidad. Estos colectivos podrán acceder a un alquiler de siete años, con una prórroga de tres, y «pagarían una renta reducida para facilitar su acceso». El requisito será que accederán aquellas personas que cobren menos de tres veces el IPREM (antiguo Salario Mínimo Interprofesional).

Además, se va a introducir un control de acceso a los ciudadanos que les permitirá conocer al promotor vendedor o arrendador de sus viviendas. 

La Comunidad de Madrid podrá comprobar que la persona que acceda a la vivienda si la compra de segunda mano cumpla los requisitos, algo que no se hacía hasta ahora. Estas medidas se suman a la desaparición de la figura de la vivienda de protección pública de alquiler con opción a compra, que será sustituida por la única posibilidad de arrendamiento o compra. Así se evita que haya casos que se encuentren con que cuando tienes que ejercer la opción a compra el precio esté cerca de la vivienda libre porque ha cambiado el contexto socioeconómico.  
 


 
 
 
 
 

 

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