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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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2 de noviembre de 2016
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
JORNADA DE CONVENIOS URBANÍSTICOS
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de convenios urbanísticos y en la guía del urbanismo de la Comunidad Valenciana. Convenio   urbanístico   para   la inclusión   de  terreno   en  suelo  urbano   destinado  a zona verde dentro de una unidad de gestión en el plan   general   de   ordenación   urbana en la Comunidad Valenciana. Artículo 173 de  Ley 5/2014, de 25 de julio, de la Generalitat, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje, de la Comunitat Valenciana (LOTUP), en relación con el artículo 25 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, y demás normativa aplicable. 
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El objeto de la modificación analizado en el taller de trabajo era cambiar los parámetros urbanísticos vigentes en la zona de ensanche prevista en las Normas Subsidiarias a los efectos de permitir que en la misma se puedan implantar determinados usos dotacionales privados. La modificación pretende dar cabida en la zona a los usos R3 (Residencial Colectiva y Hostelería), C3 (asistencial) y C11 (sanitario).   Como   consecuencia   de   ello   y   con   el   fin   de   cumplir   los   estándares urbanísticos se incrementó la zona verde, pero no se incluyó ni previó un sistema de gestión de esta zona verde para que la misma pasara a formar parte del patrimonio municipal.  

Se suscribe un  convenio urbanístico para que el destino del suelo acabe en el patrimonio municipal de suelo como zona verde. Tal inclusión en una unidad de gestión contenida en la documentación gráfica de este Convenio es de interés público por posibilitar la cesión de la zona verde al Ayuntamiento y posibilitar una clasificación del suelo acorde con el   destino   de   la   parcela.   Resulta   evidente,   por   tanto,   el   interés   público   para   la suscripción   del   presente   convenio   urbanístico,   mediante   el   que   el   Ayuntamiento acabaría obteniendo el suelo de la zona verde sin tener que destinar ningún recurso económico para ello, lo que supone un beneficio para el interés general. 

El   instrumento   de   planeamiento   adecuado   para   promover   este cambio de gestión de la zona es una  unidad de ejecución   que se incluirá en las determinaciones del nuevo planeamiento general, que permita al propietario de la misma materializar su derecho (aprovechamiento tipo) en el ámbito de gestión. 

El Convenio queda sometido a la condición de que se apruebe definitivamente el nuevo Plan General de Ordenación Urbana incluyendo la zona verde con las condiciones urbanísticas que en el mismo se estipulan. 
 


 
 
 
 
 

 

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