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21 de abril de 2015
 
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EL SUBSUELO Y LOS PARKINGS EN CASTILLA LA MANCHA
¿Qué aprendo?
Los ayuntamientos se han dado cuenta del importante recurso que tienen con el subsuelo urbano. Esta importante cuestión la analizamos en la guía práctica inmoley.com del subsuelo y parkings públicos, y guía del urbanismo de Castilla la Mancha. Esta noticia trata del aparcamiento subterráneo de Astrana Marín en Cuenca. El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha desestimado el recurso de apelación que había interpuesto la empresa concesionaria del aparcamiento subterráneo de la calle Astrana Marín, en Cuenca, "Sogecon S.L.", contra la sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Cuenca, que en abril de 2012 falló a favor del Ayuntamiento de la ciudad.
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Según el concejal de Urbanismo, Darío Dolz, "es un paso fundamental para que, por fin, podamos desbloquear las obras de este aparcamiento que se empezó a construir en la anterior legislatura y solucionar así el problema que están padeciendo vecinos y comerciantes de la zona desde que la empresa paralizó en mayo de 2012, no por problemas económicos con el Ayuntamiento, sino por descuerdos en torno a la titularidad del suelo".

Dolz "va a enviar un último requerimiento urgente a la empresa para que de forma inmediata retome las obras"; De lo contrario, anunció que el Consistorio "emprenderá todas las acciones necesarias para reclamar a la empresa daños y perjuicios, rescindirá el contrato y encargará un proyecto para restituir el patio del IES Alfonso VIII y la calle Astrana Marín".

Este contencioso se inició en noviembre de 2012, cuando "Sogecom S.L." interpuso ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº1 de Cuenca un recurso contencioso-administrativo contra el Ayuntamiento, solicitando que se considerase nulo el contrato de concesión para la construcción y explotación de un aparcamiento en el subsuelo de la calle Astrana Martín, firmado por el Equipo de Gobierno del PP en julio de 2010, por incompetencia municipal sobre la superficie del terreno objeto de la concesión. La empresa solicitó una indemnización de más de cinco millones de  euros.

El 22 de abril de 2013, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Cuenca concluyó que "tal declaración de nulidad pretendida no es procedente, por cuanto el Ayuntamiento de Cuenca, en el pliego de condiciones, refiere que los suelos propuestos para el desarrollo de la concesión de obra pública son puestos a disposición del Ayuntamiento por medio de un convenio de cesión formalizado con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha". Además, añadía que "los participantes en el procedimiento debían conocer que el Ayuntamiento no era titular de parte de dichos terrenos y que lo que existía era esa simple puesta a disposición". Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha ratificado ese fallo.
 


 

 
 
 
 
 

 

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