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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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22 de diciembre de 2015
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
GESTIÓN DE EXPEDIENTES DE DISCIPLINA URBANÍSTICA EN EXTREMADURA
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de la inspección urbanística, viviendas ilegales, y en la guía del urbanismo de Extremadura. La Diputación de Badajoz aprueba nuevos convenios para la gestión de expedientes de disciplina urbanística. Se trata de convenios de colaboración a suscribir con Ayuntamientos sobre encomienda de gestión sobre Disciplina Urbanística, Gestión Integral de Expedientes de Disciplina Urbanística, Gestión Integral de Expedientes por Infracción de la Ley Agraria 6/2015 (Caminos Públicos) de Extremadura y Asesoramiento Urbanístico Continuado. El Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común permite que los Ayuntamientos encomienden determinadas actividades o servicios a otras administraciones por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño. Este mismo Régimen establece la necesidad de formalizar esa encomienda de gestión a través del correspondiente convenio entre las distintas administraciones. Los Ayuntamientos que suscriban estos convenios ceden a la Diputación de Badajoz el ejercicio de las funciones de tramitación de procedimientos en materia de disciplina urbanística (gestión integral de expedientes de por infracción de disciplina urbanística y de la Ley de Caminos Públicos de Extremadura) así como el asesoramiento urbanístico continuado.
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Distintos departamentos de la Diputación tramitarán el expediente de restitución de la legalidad urbanística y el expediente sancionador; defensa jurídica en caso de existir un recurso en vía contencioso-administrativa; y cobro de las sanciones a través del Organismo Autónomo de Recaudación.

Por su parte, cada Ayuntamiento firmante aportará a la Diputación por cada expediente tramitado el 33,33% de la sanción que se imponga al infractor una vez cobrada ésta.
 

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