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EL GOBIERNO DE LA COMUNIDAD VALENCIANA APRUEBA UN DECRETO LEY PARA COMBATIR EL ACOSO INMOBILIARIO Y REGISTRA A GRANDES TENEDORES DE VIVIENDAS EN ARRENDAMIENTO URBANO.

20 de febrero de 2023
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  • Arrendamientos urbanos. Decreto ley de la comunidad valenciana contra el acoso inmobiliario y de registro de grandes tenedores. 
La Generalitat ha aprobado en el pleno del Consell de este viernes el decreto que tipifica el "acoso inmobiliario" y que permitirá sancionarlo con casi un millón de euros y que pone medidas de protección a los inquilinos frente a los fondos buitre. El objeto del decreto es dotar a las administraciones públicas valencianas de instrumentos legales para que, de manera urgente y eficaz, garanticen y protejan el derecho de todas las personas a acceder a una vivienda digna y adecuada en condiciones de igualdad y no discriminación, especialmente a aquellas personas y unidades de convivencia en situación de emergencia residencial, en el marco de la crisis económica y social existente.

 
ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS. 
Según el gobierno valenciano, se tipifican varias de las "conductas de acoso" como la negativa a aceptar el pago del alquiler por parte muchas veces de fondos de inversión que quieren quitarse de encima a las familias, la negativa a hacer las reformas necesarias para que la vivienda esté en condiciones y las conductas que tienden a perturbar el pacífico disfrute de las viviendas por parte de las personas que las habitan.

Las sanciones que se tipifican son "bastante elocuentes" y en los casos más graves "que merecen el máximo reproche" se elevan hasta los 950.000 euros.

Otra de las cuestiones que aborda el decreto es la "mayor transparencia" para los grandes tenedores de vivienda, que considera que en muchas ocasiones están envueltos en "opacidad". Para ello, se crea un registro de grandes propietarios que será "de mucha utilidad" para poder ejercer un "mayor control sobre su actividad en la Comunitat Valenciana".

Igualmente, se regula y se da "carta de ley" a una unidad antidesahucios y se crea el procedimiento de inspección para verificar el cumplimiento de esta normativa, en lo que tiene que ver con la regulación de grandes propietarios. Así, se les da a los funcionarios las "herramientas" para actuar y poder llevar a cabo las inspecciones, así como sancionar las conductas "inaceptables".

El decreto ley se estructura en cuarenta y cinco artículos repartidos en ocho títulos, contando el título preliminar, siete disposiciones adicionales, una disposición transitoria, una disposición derogatoria, cuatro disposiciones finales y un anexo.

El título preliminar, que engloba los artículos 1 y 2, delimita el objeto y el ámbito de aplicación del decreto ley y establece la definición de las nociones que se manejan en el cuerpo de este, así como otras disposiciones generales necesarias para la seguridad jurídica de la norma.

Como novedad, tipifica y regula la definición del acoso inmobiliario, que el decreto ley define como toda acción u omisión en perjuicio de la persona ocupante de una vivienda con el fin de perturbarla en el uso y disfrute pacífico de la misma, incluso generando un entorno material, social, personal o familiar hostil o humillante.

Especialmente si dicha conducta se realiza con intención de forzar a la persona ocupante a desalojar la vivienda o a adoptar cualquier otra decisión no deseada sobre el derecho que pudiere ampararle de uso y disfrute de dicha vivienda. A este respecto establece un régimen sancionador.

El presente decreto ley entrará en vigor tras su publicación en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

CLAVES

El decreto tipifica y regula la definición del acoso inmobiliario como “toda acción u omisión en perjuicio de la persona ocupante de una vivienda con el fin de perturbarla en el uso y disfrute pacífico de la misma, incluso generando un entorno material, social, personal o familiar hostil o humillante”, recoge el texto. “Especialmente si dicha conducta se realiza con intención de forzar a la persona ocupante a desalojar la vivienda o a adoptar cualquier otra decisión no deseada sobre el derecho que pudiere ampararle de uso y disfrute de dicha vivienda”, concluye el decreto.

Illueca ha explicado que se tipifican varias de las “conductas de acoso” más habituales como la negativa a aceptar el pago del alquiler “por parte muchas veces de fondos de inversión que quieren quitarse de encima a las familias”; la negativa a hacer las reformas necesarias para que la vivienda esté en condiciones y “las conductas que tienden a perturbar el pacífico disfrute de las viviendas sirviéndose de terceras personas físicas o jurídicas”.

El vicepresidente ha destacado que con la norma la Generalitat completa el despliegue competencial hasta el límite de sus posibilidades y se sitúa a la vanguardia en España en políticas de vivienda con un conjunto de herramientas que ha desplegado a lo largo de la legislatura.

El decreto ley permite además la cesión forzosa y temporal del uso de inmuebles que permanezcan vacíos desde hace más de un año y que son propiedad de grandes tenedores, es decir, aquellos con más de 10 viviendas, en casos de calamidades públicas, desplazados por guerras o situaciones de sinhogarismo. También cuando en un municipio se hayan producido el año anterior “incrementos significativos, de al menos un 20% en familias desahuciadas, desalojadas o lanzadas de su vivienda habitual”.

La norma garantizará una justa compensación a los grandes tenedores por las viviendas cuyo usufructo se ceda obligatoriamente, que se calculará de acuerdo con la normativa estatal de expropiación forzosa; y la cesión se llevará a cabo por un plazo máximo de 5 años si el gran tenedor es una persona física, o de 7 años si es jurídica.

Según el vicepresidente valenciano, la norma clarifica los supuestos en los que se puede llevar a cabo esa especie de “expropiación” temporal del uso de los inmuebles con el objetivo de generar mayor “seguridad jurídica”. Sobre los cambios que ha habido durante la tramitación de la norma, el vicepresidente ha explicado que se ha hecho un proceso de diálogo en el seno del Consell que ha tenido como resultado la clarificación de casos de intervención, y ha mostrado su satisfacción con el resultado final.

La Administración valenciana prevé además la creación de un registro de grandes tenedores de viviendas; la creación de un régimen específico de colaboración público-privada en materia de vivienda; medidas de acompañamiento, apoyo y asesoramiento integral a familias en vulnerabilidad y da carta de legalidad a la unidad antidesahucios con un nuevo protocolo de actuación. Los funcionarios que realizarán las inspecciones ya existen actualmente pero ahora se enmarcarán en el nuevo sistema de inspección, y está prevista la creación de un cuerpo profesional para detectar irregularidades.
 


 
 
 
 
 

 

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