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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

  • 1ª Revista Iberoamericana de construcción, urbanismo e inmobiliario. 

10 de febrero de 2022
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

EN MARZO SE PUBLICARÁ EL REGLAMENTO DE LA LEY DEL SUELO DE ANDALUCÍA (LISTA).TEXTO COMPLETO
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía.
  • Resolución de 4 de febrero de 2022, de la Secretaría General de Infraestructuras, Movilidad y Ordenación del Territorio, por la que se somete al trámite de información pública el proyecto de decreto por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía. / BOJA 9 feb 2022.
  • Plazo de alegaciones
  • 10/02/2022 - 03/03/2022 > 15 días hábiles
El proyecto de Decreto tiene por objeto completar el contenido normativo de la Comunidad Autónoma en materia de ordenación del territorio urbanismo, dentro del marco legal establecido por la LISTA. Para ello, entre otras materias desarrollará las siguientes: Plazo de alegaciones Asentamientos singulares: Criterios para la delimitación y determinaciones para la ordenación y gestión de los hábitat rural diseminado, de los núcleos urbanos tradicionales y de los ámbitos de casas-cueva. Actuaciones sobre suelo rústico: Condiciones y procedimiento para la implantación de actuaciones ordinarias y extraordinarias y determinación de las condiciones que inducen a la formación de nuevos asentamientos. Actuaciones de transformación urbanística: Desarrollo del régimen para la promoción de las actuaciones y de los procedimientos para su delimitación. Colaboración público Privada: Régimen jurídico de las entidades colaboradoras y desarrollo de la figura del agente urbanizador. Participación ciudadana e información pública: Desarrollo de los instrumentos previstos en la Ley para garantizar la información pública y el derecho de la ciudadanía a la participación en la actividad territorial y urbanística. Instrumentos de ordenación urbanística: Contenido y determinaciones de los instrumentos, alcance de las innovaciones, procedimiento de aprobación y desarrollo de los estándares que permiten cumplir con los criterios de desarrollo sostenible. Instrumentos de ordenación del territorio: Contenido y determinaciones de los instrumentos, procedimiento de aprobación y desarrollo de los instrumentos de gestión territorial. Equidistribución: Desarrollo de los instrumentos que garantizan la justa distribución de cargas y beneficios en las actuaciones urbanísticas y de transformación urbanística. Ejecución Urbanística: Desarrollo de los instrumentos para la ejecución sistemática y asistemática de los instrumentos de ordenación urbanística.  Actividad de edificación: Desarrollo de los mecanismos para el control de la actividad de ejecución, del cumplimiento del deber de conservación y de la declaración de la situación legal de ruina. Disciplina territorial y urbanística: Adecuación del Decreto 60/2010, de 16 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía a la nueva regulación contenida en la LISTA. Edificaciones irregulares: Completar la regulación sobre la situación de asimilado al fuera de ordenación y sobre el procedimiento para su declaración y establecer las determinaciones de los Planes Especiales para la adecuación ambiental y territorial de las agrupaciones de edificaciones irregulares.

 
URBANISMO DE ANDALUCÍA.


PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE LA LEY, 7/2021, DE 1 DE DICIEMBRE DE IMPULSO PARA LA SOSTENIBILIDAD DEL TERRITORIO DE ANDALUCÍA.

PREÁMBULO

TÍTULO PRELIMINAR. Disposiciones Generales  

CAPÍTULO I. Objeto y marco general de competencias.  
Artículo 1. Objeto del Reglamento.
Artículo 2. Competencias en materia de ordenación del territorio.
Artículo 3. Competencias en materia de urbanismo.

CAPÍTULO II. La información territorial y urbanística  
Artículo 4. La información urbanística.
Artículo 5. El derecho de iniciativa e información.
Artículo 6. Sistema de información territorial y urbanística.

CAPÍTULO III. La participación ciudadana  
Artículo 7. La participación ciudadana.
Artículo 8. Memoria de participación.

CAPÍTULO IV. La colaboración pública-privada  

SECCIÓN 1ª. LA COLABORACIÓN PRIVADA

Artículo 9. Colaboración privada en la actividad territorial y urbanística.
Artículo 10. Los Colegios Profesionales.
Artículo 11. Las Entidades Urbanísticas Certificadoras.
Artículo 12. Actuación de las Entidades Urbanísticas Certificadoras y los Colegios Profesionales.
Artículo 13. Ámbitos de colaboración y actuación.
Artículo 14. Obligaciones de las entidades certificadoras colaboradoras.
Artículo 15. Régimen de incompatibilidades de las entidades certificadoras colaboradoras.
Artículo 16. El informe o certificado de las entidades certificadoras colaboradoras.

SECCIÓN 2ª. RÉGIMEN DE LOS CONVENIOS

Artículo 17. Convenios con personas públicas o privadas.
Artículo 18. Principios de actuación en los convenios.

TÍTULO I. Régimen del suelo 

CAPÍTULO I. Clasificación del suelo 
Artículo 19. Clases del suelo.
Artículo 20. Suelo urbano.
Artículo 21. Suelo rústico.

CAPÍTULO II. Ordenación legal de directa aplicación.  
Artículo 22. Normas de aplicación directa

CAPÍTULO III. Usos y actividades en suelo rústico 

SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 23. Actuaciones en suelo rústico.
Artículo 24. Definición de asentamiento urbanístico.
Artículo 25. Medidas para evitar la formación de nuevos asentamientos.
Artículo 26. Vinculación, adecuación y proporcionalidad de las actuaciones en suelo rústico.

SECCIÓN 2ª. ACTUACIONES ORDINARIAS EN SUELO RÚSTICO.

Artículo 27. Usos ordinarios.
Artículo 28. Actuaciones ordinarias vinculadas a la utilización racional de los recursos naturales.
Artículo 29. Edificaciones de uso residencial necesarias para el desarrollo de los usos ordinarios.
Artículo 30.Otras actuaciones ordinarias.

SECCIÓN 3ª. ACTUACIONES EXTRAORDINARIAS EN SUELO RÚSTICO.

Artículo 31. Actuaciones extraordinarias.
Artículo 32. Viviendas unifamiliares aisladas no vinculadas.
Artículo 33. Procedimiento de autorización previa de las actuaciones extraordinarias.
Artículo 34. Duración de la cualificación de los terrenos para implantar una actuación extraordinaria.
Artículo 35. Reducción de la prestación compensatoria.

SECCIÓN 4ª. ACTUACIONES SOBRE EL HÁBITAT RURAL DISEMINADO.

Artículo 36. Actuaciones sobre el hábitat rural diseminado.
Artículo 37. Determinaciones para la ordenación del hábitat rural diseminado.
Artículo 38. Condiciones para la implantación de nuevas edificaciones.
Artículo 39. Usos admisibles en el hábitat rural diseminado.
Artículo 40. Actuaciones incompatibles en el hábitat rural diseminado.
Artículo 41. Actuaciones urbanísticas en el hábitat rural diseminado.
Artículo 42. La ejecución asistemática del hábitat rural diseminado.

TÍTULO II. Régimen de las actuaciones urbanísticas de transformación urbanística. 

CAPÍTULO I. Principios generales. 

SECCIÓN 1ª. DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 43. Actuaciones de transformación urbanística y actuaciones urbanísticas.
Artículo 44. Delimitación de actuaciones de transformación urbanística
Artículo 45. Propuesta de delimitación de actuaciones de transformación urbanística.
Artículo 46. Procedimiento de aprobación de la propuesta de delimitación

SECCIÓN 2ª. DISTRIBUCIÓN DE APROVECHAMIENTOS URBANÍSTICOS EN LAS ACTUACIONES URBANÍSTICAS Y DE TRASFORMACIÓN URBANÍSTICA.

Artículo 47. Definiciones sobre aprovechamientos urbanísticos y las áreas de reparto.
Artículo 48. Distribución de los aprovechamientos urbanísticos en las actuaciones urbanísticas.
Artículo 49. Distribución de los aprovechamientos urbanísticos en las actuaciones de mejora urbana.
Artículo 50. Distribución de los aprovechamientos urbanísticos en las actuaciones de reforma interior.
Artículo 51. Distribución de los aprovechamientos urbanísticos en las actuaciones de nueva urbanización.

CAPÍTULO II. Actuaciones de transformación urbanística en suelo urbano 51

Artículo 52. Actuaciones de mejora urbana.
Artículo 53. Deberes de las actuaciones de mejora.
Artículo 54. Actuaciones de reforma interior.
Artículo 55. Deberes de las actuaciones de reforma interior.

CAPÍTULO III. Actuaciones de transformación urbanística en suelo rústico 

Artículo 56. Actuaciones de nueva urbanización.
Artículo 57. Deberes de la promoción de las actuaciones de nueva urbanización.

TÍTULO III. La ordenación territorial 

CAPÍTULO I. Principios y directrices generales. 

SECCIÓN 1ª. PRINCIPIOS DE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL

Artículo 58. Instrumentos de ordenación territorial.

SECCIÓN 2ª. DETERMINACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL LITORAL

Artículo 59. Principios básicos para la ordenación del litoral.

SECCIÓN 3ª. DETERMINACIONES PARA LA PROTECCIÓN DEL PAISAJE.

Artículo 60. Concepto de paisaje y criterios de integración paisajística.
Artículo 61. Catálogos de Paisaje

CAPÍTULO II. Los instrumentos de ordenación territorial 

SECCIÓN 1ª. EL PLAN DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ANDALUCÍA

Artículo 62. Contenido.

SECCIÓN 2ª. LOS PLANES DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO DE ÁMBITO SUBREGIONAL

Artículo 63. Contenido y documentación

SECCIÓN 3ª. INSTRUMENTOS DE DESARROLLO Y GESTIÓN TERRITORIAL

Artículo 64. Instrumentos de desarrollo y ejecución.
Artículo 65. Objetivos de la gestión territorial.
Artículo 66. Programas coordinados para la gestión territorial.

CAPÍTULO III. Planes y actuaciones con incidencia en la ordenación del territorio. 

SECCIÓN 1ª. LOS PLANES CON INCIDENCIA EN LA ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

Artículo 67. Planes con incidencia en la ordenación del territorio.
Artículo 68. Elaboración y tramitación.

SECCIÓN 2ª. DE LAS ACTUACIONES DE INTERÉS AUTONÓMICO.

Artículo 69. Declaración de Interés Autonómico
Artículo 70. Proyecto de actuación autonómico.

TÍTULO IV. La ordenación urbanística 

CAPÍTULO I. La ordenación urbanística. 

SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 71. La ordenación urbanística.
Artículo 72. La ordenación urbanística general.
Artículo 73. La ordenación urbanística detallada
Artículo 74. Instrumentos de ordenación urbanística y complementarios.
Artículo 75. Criterios para la ordenación urbanística
Artículo 76. Reservas y estándares dotacionales.

SECCIÓN 2.ª INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA GENERAL

Artículo 77. El Plan General de Ordenación Municipal.
Artículo 78. El Plan de Ordenación Intermunicipal.
Artículo 79. El Plan Básico de Ordenación Municipal.

SECCIÓN 3.ª LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA DETALLADA

Artículo 80. Los Planes de Ordenación Urbana.
Artículo 81. Los Planes Parciales de Ordenación.
Artículo 82. Los Planes de Reforma Interior.
Artículo 83. Los Estudios de Ordenación.
Artículo 84. Los Planes Especiales.

SECCIÓN 4.ª LOS INSTRUMENTOS COMPLEMENTARIOS

Artículo 85. Los Estudios de Detalle.
Artículo 86. Los Catálogos.
Artículo 87. Las Ordenanzas Municipales de Edificación y de Urbanización.
Artículo 88. Las Normas Directoras.

CAPÍTULO II. Tramitación del procedimiento de aprobación de los instrumentos de ordenación urbanística. 

SECCIÓN 1ª . COMPETENCIAS Y ÓRGANOS DE COLABORACIÓN

Artículo 89. Competencias en el procedimiento de aprobación de los instrumentos de ordenación urbanística.
Artículo 90. Informe de la consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Artículo 91. Instrumentos de colaboración interadministrativas.
Articulo 92. Mesas de trabajo para el impulso de la tramitación.
Artículo 93. Comisiones Provinciales de Coordinación Urbanística.

SECCIÓN 2ª . TRÁMITES COMUNES EN LA TRAMITACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

Artículo 94. Trámite de Información Pública.
Artículo 95. Régimen de los Informes.

SECCIÓN 3ª . ACTOS PREPARATORIOS EN LA TRAMITACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

Artículo 96. Consultas públicas.
Artículo 97. Solicitud de información sectorial.
Artículo 98. Avance y elaboración técnica de instrumentos de ordenación urbanística.

SECCIÓN 4ª.- TRAMITACIÓN DEL PROCEDIMIENTO DE APROBACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA SUJETOS A EVALUACIÓN AMBIENTAL ESTRATÉGICA

Artículo 99. Instrumentos de Ordenación Urbanística sometidos a Evaluación Ambiental Estratégica.
Artículo 100. Inicio de la evaluación ambiental estratégica ordinaria.
Artículo 101. Estudio Ambiental Estratégico y versión preliminar del instrumento de ordenación urbanística.
Artículo 102. Aprobación inicial del Instrumento de Ordenación Urbanística.
Artículo 103. Petición de Informes Sectoriales y Consultas.
Artículo 104. Nuevos trámites de información pública e informes sectoriales.
Artículo 105. Ratificación de la Consejería competente en materia de ordenación del territorio y urbanismo.
Artículo 106. Aprobación definitiva en procedimientos iniciados de oficio.
Artículo 107. Tramitación de los Instrumentos de Ordenación Urbanística no sujetos al procedimiento de evaluación ambiental estratégica.

SECCIÓN 5ª. PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE PLANES ESPECIALES Y DE INSTRUMENTOS COMPLEMENTARIOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

Artículo 108. Tramitación de los Planes Especiales de la ordenación urbanística.
Artículo 109. Tramitación de los instrumentos complementarios de la ordenación urbanística.
Artículo 110. Tramitación de los Estudios de Detalle.
Artículo 111. Tramitación de los Catálogos Urbanísticos.
Artículo 112. Tramitación de las Ordenanzas Municipales de Edificación y Urbanización.
Artículo 113. Tramitación de las Normas directoras para la Ordenación Urbanística.

SECCIÓN 6ª. ESPECIALIDADES DE TRAMITACIÓN EN PROCEDIMIENTOS DE APROBACIÓN DE INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA
Artículo 114. Tramitación de urgencia en los procedimientos de aprobación de ordenación urbanística.
Artículo 115. Tramitación a iniciativa privada.
Artículo 116. Tramitación simultánea de instrumentos de ordenación urbanística.
Artículo 117. Tramitación del instrumento de instrumento de ordenación tras la pérdida de vigencia de la declaración ambiental estratégica.

SECCIÓN 7ª. PUBLICACIÓN Y ENTRADA EN VIGOR

Artículo 118. Publicación.
Artículo 119. Efectos de la entrada en vigor.

SECCIÓN 8ª. INNOVACIÓN DE LOS INSTRUMENTOS DE ORDENACIÓN URBANÍSTICA

Artículo 120. Innovación de los instrumentos de ordenación urbanística.
Artículo 121. Reglas particulares de ordenación de las innovaciones.
Artículo 122. Revisión de los instrumentos de ordenación urbanística.
Artículo 123. Modificación de los instrumentos de ordenación urbanística.
Artículo 124. Textos refundidos.

TÍTULO V. La ejecución urbanística (176)

CAPÍTULO I. Disposiciones generales. 116

SECCIÓN 1.ª DEFINICIONES Y CRITERIOS GENERALES
Artículo 125. La ejecución urbanística. Alcance y principios.
Artículo 126. Modalidades de la ejecución urbanística.
Artículo 127. Presupuestos de la actividad de ejecución.

SECCIÓN 2ª SUJETOS DE LA ACTIVIDAD DE EJECUCIÓN

Subsección 1.ª Actuación Pública en la ejecución
Artículo 128. Gestión Pública.
Artículo 129. Gerencias Urbanísticas.
Artículo 130. Convenios interadministrativos de colaboración
Artículo 131. Consorcios Urbanísticos.
Artículo 132. Sociedad de capital mixto.
Artículo 133. Delegación intersubjetiva de competencias.

Subsección 2.ª Colaboración público-privada
Artículo 134. Personas propietarias.
Artículo 135. Entidades colaboradoras.
Artículo 136. Agente urbanizador y edificador.
Artículo 137. Empresa urbanizadora y empresa constructora
Artículo 138. Convenios urbanísticos de ejecución.

CAPÍTULO II. Instrumentos y técnicas de ejecución  

SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 139. Equidistribución de cargas y beneficios en las actuaciones urbanísticas y de transformación urbanística.
Artículo 140. Instrumentos y técnicas de ejecución.

SECCIÓN 2.ª PARCELACIÓN

Artículo 141. Autorización de las parcelaciones.
Artículo 142. Indivisibilidad de fincas, unidades aptas para la edificación.
Artículo 143. Régimen de las parcelaciones urbanísticas.

SECCIÓN 3ª REPARCELACIÓN

Subsección 1.ª Disposiciones generales

Artículo 144. Objeto de la Reparcelación.
Artículo 145. Reparcelación voluntaria y reparcelación forzosa.
Artículo 146. Reparcelación económica.
Artículo 147. Normalización de fincas.
Artículo 148. Supuestos en que es innecesaria la reparcelación.

Subsección 2.ª Criterios para la reparcelación

Artículo 149. Criterios de la reparcelación.
Artículo 150. Régimen de los bienes de dominio público.
Artículo 151. Titulares e interesados. Acreditación de titularidad y superficie.

Subsección 3.ª Contenido de los proyectos de reparcelación

Artículo 152. Contenido del proyecto de reparcelación.
Artículo 153. Memoria del proyecto de reparcelación.
Artículo 154. Descripción de las parcelas de origen.
Artículo 155. Indemnizaciones.
Artículo 156. Propuesta de adjudicación de las fincas resultantes.
Artículo 157. Cuenta de liquidación provisional.
Artículo 158. Planos del proyecto de reparcelación.

Subsección 4.ª Inicio del expediente de reparcelación y procedimiento de aprobación del proyecto de reparcelación

Artículo 159. Iniciación del expediente de reparcelación.
Artículo 160. Tramitación del proyecto de reparcelación.
Artículo 161. Aprobación del proyecto de reparcelación.
Artículo 162. Formalización e inscripción.
Artículo 163. Tramitación y aprobación del proyecto de reparcelación voluntaria.
Artículo 164. Operaciones jurídicas complementarias y modificaciones al proyecto de reparcelación.

Subsección 5.ª Efectos de la Aprobación

Artículo 165. Efectos jurídicos reales de la aprobación del proyecto de la reparcelación.
Artículo 166. Efectos económicos de la aprobación de la reparcelación.

Subsección 6.ª Liquidación parcial por fases de urbanización

Artículo 167. Concentración de la carga urbanística en otras parcelas resultantes tras la recepción parcial de las obras de urbanización.
Artículo 168. Cancelación de la carga urbanística y constitución de garantías alternativas tras la recepción parcial de las obras de urbanización.

Subsección 6.ª Liquidación definitiva

Artículo 169. Cuenta de liquidación definitiva.
Artículo 170. Exenciones fiscales de las transmisiones en el seno de la reparcelación urbanística.

SECCIÓN 4ª PROYECTO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGAS DE URBANIZACIÓN

Artículo 171. Proyecto de distribución de cargas.

SECCIÓN 5ª EJECUCIÓN MEDIANTE RÉGIMEN DE PROPIEDAD HORIZONTAL.

Artículo 172. Ejecución mediante régimen de propiedad horizontal.

SECCIÓN 6.ª OTRAS TÉCNICAS DE EJECUCIÓN

Artículo 173. Reservas de Aprovechamiento.
Artículo 174. Procedimiento de aprobación de las reservas de aprovechamiento.
Artículo 175. Transferencias de aprovechamiento
Artículo 176. Procedimiento de aprobación de las transferencias de aprovechamiento.
Artículo 177. Transmisión de excesos de aprovechamiento.
Artículo 178. Las compensaciones monetarias sustitutivas.
Artículo 179. Registro municipal de aprovechamientos.

CAPÍTULO III. La ejecución mediante gestión indirecta 149

SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 180. Agente urbanizador.

SECCIÓN 2.ª PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DEL AGENTE URBANIZADOR
Artículo 181. Inicio del procedimiento de concesión a iniciativa de la Administración actuante.
Artículo 182. Contenido de los pliegos para la selección de agente urbanizador.
Artículo 183. Inicio del procedimiento de concesión a iniciativa de agente urbanizador.
Artículo 184. Información pública, audiencia y presentación de alternativas.
Artículo 185. Adjudicación y formalización de la concesión.
Artículo 186. Prerrogativas y facultades del agente urbanizador.
Artículo 187. Participación y otros derechos de las personas propietarias.

SECCIÓN 3.ª LA EJECUCIÓN DE LAS OBRAS MEDIANTE GESTIÓN INDIRECTA

Artículo 188. Contratación de las obras de urbanización.
Artículo 189. Acta de replanteo.
Artículo 190. Relaciones entre el urbanizador y las personas propietarias. Formas de retribución.

SECCIÓN 4.ª TERMINACIÓN DE LA EJECUCIÓN

Artículo 191. Causas de resolución de la adjudicación de la concesión.
Artículo 192. Compensación al agente urbanizador.

CAPÍTULO IV. La ejecución de la urbanización 

SECCIÓN 1.ª ACTUACIONES DE URBANIZACIÓN

Subsección 1.ª Disposiciones generales

Artículo 193. Clases de obras de urbanización.
Artículo 194. Gastos de urbanización.
Artículo 195. Derechos de realojo y retorno

Subsección 2.ª El proyecto de urbanización

Artículo 196. Proyecto de urbanización. Contenido y documentación.
Artículo 197. Procedimiento de aprobación del proyecto de urbanización.

Subsección 3.ª Obras ordinarias de urbanización

Artículo 198. Proyecto de obras ordinarias de urbanización.

Subsección 4.ª Obras de urbanización complementarias

Artículo 199. Obras de urbanización complementarias a la edificación.

SECCIÓN 2.ª EJECUCIÓN DE LA URBANIZACIÓN

Artículo 200. Ejecución de la urbanización.
Artículo 201. Garantía de urbanización.
Artículo 202. Pago en terrenos de las gastos de urbanización.

SECCIÓN 3.ª RECEPCIÓN DE LA URBANIZACIÓN

Artículo 203. Procedimiento de recepción de las obras de urbanización.
Artículo 204. Acta de recepción.
Artículo 205. Efectos de la recepción de las obras de urbanización.

SECCIÓN 4.ª CONSERVACIÓN DE LAS OBRAS DE URBANIZACIÓN

Artículo 206. Deber de conservación de las obras de urbanización.
Artículo 207. Entidades urbanísticas de conservación de la urbanización.
Artículo 208. Constitución de las entidades urbanísticas de conservación de la urbanización.
Artículo 209. Participación de las personas propietarias.

CAPÍTULO V. Tramitación coordinada de los instrumentos de ordenación urbanística y de las actuaciones de ejecución

Artículo 210. Tramitación coordinada de los instrumentos de ordenación urbanística y de ejecución.
Artículo 211.Urbanización y edificación simultánea.

CAPÍTULO VI. La ejecución de las actuaciones sistemáticas 1

SECCIÓN 1.ª CRITERIOS GENERALES

Artículo 212. Unidades de Ejecución.
Artículo 213. Requisitos y criterios para la delimitación de las unidades de ejecución.
Artículo 214. Procedimiento de delimitación de las unidades de ejecución.
Artículo 215. Efectos de la inclusión de terrenos en unidad de ejecución.
Artículo 216. Elección del sistema de actuación.
Artículo 217. Sustitución del sistema de actuación.

SECCIÓN 2.ª EL SISTEMA DE COMPENSACIÓN

Subsección 1.ª Disposiciones generales

Artículo 218. Características del sistema de actuación de compensación.
Artículo 219. Modalidades del sistema de compensación.

Subsección 2.ª Modalidad suscrita por la totalidad de personas propietarias
Artículo 220. Iniciativa y establecimiento del sistema.

Subsección 3.ª Modalidad básica o simplificada
Artículo 221. Formalización de la iniciativa.
Artículo 222. Bases de actuación.
Artículo 223. Procedimiento para establecimiento del sistema.
Artículo 224. Efectos del establecimiento del sistema de actuación por compensación mediante el procedimiento simplificado.

Subsección 4.ª Modalidad de junta de compensación.

Artículo 225. Formalización de la iniciativa.

Artículo 226. Estatutos y bases de actuación.
Artículo 227. Procedimiento para establecimiento del sistema.
Artículo 228. La Junta de Compensación.
Artículo 229. Criterios y requisitos específicos para la reparcelación.
Artículo 230. Aprobación del proyecto de reparcelación por la Junta de Compensación.

Subsección 5.ª Sustitución del sistema de compensación.

Artículo 231. Sustitución del sistema o modalidad de compensación por incumplimiento de los plazos.
Artículo 232. Procedimiento para la declaración de incumplimiento de plazos.
Artículo 233. Efectos de la declaración de incumplimiento de plazos.

SECCIÓN 3.ª EL SISTEMA DE EXPROPIACIÓN

Artículo 234. Características del sistema de actuación por expropiación.
Artículo 235. Relación de propietarios y descripción de bienes y derechos.
Artículo 236. Formas de gestión del sistema de expropiación.
Artículo 237. Carácter indelegable de las funciones de autoridad.

SECCIÓN 4.ª EL SISTEMA DE EXPROPIACIÓN

Artículo 238. Características del sistema de actuación por cooperación.
Artículo 239. Entidad urbanística de cooperación.
Artículo 240. Pago de los gastos de urbanización por las personas propietarias.
Artículo 241. Pago en metálico mediante cuotas de urbanización.
Artículo 242. Pago en especie mediante cesión de terrenos edificables.
Artículo 243. Disposición de los bienes y derechos en el sistema de actuación por cooperación.
Artículo 244. Pago en especie a la empresa constructora de las obras de urbanización.
Artículo 245. Liquidación de la actuación.

CAPÍTULO VII. La ejecución de las actuaciones asistemáticas. 

SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 246. Supuestos de ejecución asistemática en actuaciones en suelo urbano.
Artículo 247. Delimitación del ámbito de actuación sujeto a ejecución asistemática.
Artículo 248. Cuota de urbanización en actuaciones asistemáticas.
Artículo 249. Contribuciones especiales.

SECCIÓN 2.ª ENTIDAD DE URBANIZACIÓN

Artículo 250. Entidad de Urbanización.
Artículo 251. Estatutos de la Entidad de Urbanización.
Artículo 252. Objeto del proyecto de distribución de cargas de urbanización.
Artículo 253. Contenido del proyecto de distribución de cargas de urbanización.
Artículo 254. Procedimiento de aprobación del proyecto de distribución de cargas de urbanización.
Artículo 255. Efectos de la aprobación del proyecto de distribución de cargas de urbanización.
Artículo 256. Distribución de cargas y cumplimiento del deber de cesión de sistemas locales y generales en el seno de la división horizontal o el complejo inmobiliario.
Artículo 257. Liquidación de la actuación.

CAPÍTULO VIII. La obtención y ejecución de sistemas generales y locales. 

Artículo 258. Formas de obtención del suelo destinado a sistemas generales y locales.
Artículo 259. Sustitución de las cesiones de sistemas generales y locales.
Artículo 260. Reglas del procedimiento de ocupación directa.
Artículo 261. Formas de ejecución material de sistemas generales y locales.
Artículo 262. Mecanismos de participación en la ejecución material de sistemas generales y locales comunes a distintos ámbitos.
Artículo 263. Procedimiento de colaboración y cooperación para la ejecución de sistemas generales y locales.

CAPÍTULO IX. Las áreas de gestión integrada. 

SECCIÓN 1ª NORMAS GENERALES DE LAS ÁREAS DE GESTIÓN INTEGRADA

Artículo 264. Concepto y naturaleza instrumental.
Artículo 265. Supuestos de establecimiento de áreas de gestión integrada.
Artículo 266. Efectos de la delimitación de áreas de gestión integrada.
Artículo 267. Medidas de fomento de actuaciones privadas de rehabilitación o implantación de determinados usos.
Artículo 268. La ejecución en las áreas de gestión integrada.
Artículo 269. Instrumentos aptos para la delimitación de áreas de gestión integrada.

SECCIÓN 2.ª ORGANIZACIÓN ADMINISTRATIVA CONSORCIAL DEL ÁREA DE GESTIÓN INTEGRADA

Artículo 270. Organización consorcial de las áreas de gestión integrada.
Artículo 271. Naturaleza y régimen jurídico del consorcio del área de gestión integrada.
Artículo 272. Régimen presupuestario, de contabilidad, control económico-financiero y patrimonial.
Artículo 273. Constitución y extinción de la organización consorcial.
Artículo 274. Estatutos del consorcio.
Artículo 275. Régimen de personal.
Artículo 276. Miembros del consorcio y participación de particulares.
Artículo 277. Modalidades de organización del consorcio.

SECCIÓN 3.ª RÉGIMEN FUNCIONAL DE LA ORGANIZACIÓN CONSORCIAL DEL ÁREA DE GESTIÓN INTEGRADA.

Artículo 278. Competencias de la organización administrativa consorcial
Artículo 279. Funciones autorizatorias de la organización administrativa del área de gestión integrada.
Artículo 280. Competencias del organismo autónomo gerencial.

SECCIÓN 4.ª RÉGIMEN FINANCIERO DEL ÁREA DE GESTIÓN INTEGRADA

Artículo 281. Recursos financieros.
Artículo 282. Competencias de carácter financiero.

SECCIÓN 5.ª OPERACIONES DE REGENERACIÓN URBANA INTEGRAL A TRAVÉS DE ÁREAS DE GESTIÓN INTEGRADA

Artículo 283. Contenido y Efectos del Plan Especial Regeneración Urbana Integral.
Artículo 284. Organización administrativa consorcial de las áreas de regeneración urbana integral.
Artículo 285. Régimen supletorio para la gestión del área de rehabilitación integral.

CAPÍTULO X. La expropiación forzosa por razón de urbanismo 

Artículo 286. Procedimientos expropiatorios por razón de urbanismo.
Artículo 287. Procedimiento de la tasación conjunta.
Artículo 288. Procedimiento de tasación individual.
Artículo 289. Ocupación y constancia en el Registro de la Propiedad y en el Catastro. Adquisición libre de cargas.

CAPÍTULO XI. Instrumentos de intervención en el mercado de suelo 

SECCIÓN 1ª LOS PATRIMONIOS PÚBLICOS DE SUELO.
Artículo 290. Registro de los patrimonios públicos de suelo.
Artículo 291. Forma y efectos de la constancia en el Registro de la Propiedad de las limitaciones en bienes integrantes del
Patrimonio Público de Suelo.
Artículo 292. Gestión de los Patrimonios Públicos de Suelo.
Artículo 293. Controles en el destino y disposición de recursos procedentes de los Patrimonios Públicos de Suelo.
Artículo 294. Delimitación de reservas de terrenos para constitución o ampliación de Patrimonios Públicos de Suelo.
Artículo 295. Incorporación al proceso urbanizador de los terrenos objeto de reserva para los Patrimonios Públicos de Suelo.

SECCIÓN 2ª DERECHOS DE SUPERFICIE Y DE TANTEO Y RETRACTO.

Subsección 1.ª Derecho de superficie.

Artículo 296. Derecho real de superficie como instrumento de intervención en el mercado inmobiliario.
Artículo 297. Régimen jurídico del derecho de superficie.

Subsección 2.ª Derecho de tanteo y retracto.

Artículo 298. Procedimiento para la delimitación de áreas.
Artículo 299. Notificación de transmisión de bienes sujetos a derecho de tanteo y retracto.
Artículo 300. Integración en el sistema de información territorial y urbanística de bienes sujetos a los derechos de tanteo y retracto.

TÍTULO VI. La actividad de edificación 

CAPÍTULO I. La ejecución de las obras de edificación. 

SECCIÓN 1ª ACTUACIONES EDIFICATORIAS.

Artículo 301. Actuaciones edificatorias.
Artículo 302. Actuaciones edificatorias en suelo urbano.
Artículo 303. Ejercicio de la facultad de edificar en suelo sometido a actuaciones de transformación.
Artículo 304. Actuaciones edificatorias en suelo rústico.
Artículo 305. Usos y obras de carácter provisional.

SECCIÓN 2ª INCUMPLIMIENTO DE LOS DEBERES DE EDIFICACIÓN.

Artículo 306. Declaración de incumplimiento del deber de edificación.
Artículo 307. Efectos de la declaración del incumplimiento del deber de edificación.

CAPÍTULO II. Medios de intervención administrativa sobre la actividad de edificación. 

SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 308. Concepto y normas generales de las licencias.
Artículo 309. Concepto y normas generales de las declaraciones responsables y comunicaciones previas.

SECCIÓN 2.ª LICENCIAS URBANÍSTICAS, DECLARACIONES RESPONSABLES Y COMUNICACIONES PREVIAS.

Artículo 310. Actos sujetos a licencia urbanística municipal.
Artículo 311. Objeto y alcance de la licencia urbanística.
Artículo 312. Tipología de licencias urbanísticas.
Artículo 313. Actos no sujetos a licencia urbanística municipal.
Artículo 314. Actos sujetos a declaración responsable o comunicación previa.
Artículo 315. Actos sujetos a comunicación previa.
Artículo 316. Declaraciones responsables y licencias por fases y parciales.
Artículo 317. Actos promovidos por Administraciones Públicas.

SECCIÓN 3.ª PROCEDIMIENTO DE OTORGAMIENTO DE LICENCIAS URBANÍSTICAS.

Artículo 318. Competencia para el otorgamiento de las licencias urbanísticas.
Artículo 319. Normas generales sobre el procedimiento.
Artículo 320. Inicio del procedimiento.
Artículo 321. Visado.
Artículo 322. Subsanación y reiteración de solicitudes.
Artículo 323. Informes técnico y jurídico.
Artículo 324. Resolución.
Artículo 325. Plazo de resolución.

SECCIÓN 4.ª RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS MEDIOS DE INTERVENCIÓN ADMINISTRATIVA.

Artículo 326. Causas de nulidad de los títulos administrativos.
Artículo 327. Medios de intervención disconformes con la nueva ordenación urbanística.
Artículo 328. Eficacia temporal y caducidad de las licencias.
Artículo 329. Eficacia temporal y caducidad de las declaraciones responsables.
Artículo 330. Transmisión de los medios de intervención administrativa.
Artículo 331. Ejecución de obras de edificación.
Artículo 332. De las modificaciones durante la ejecución de las obras.

SECCIÓN 5 .ª LAS MEDIDAS DE GARANTÍA Y PUBLICIDAD DE LA OBSERVANCIA DE LA ORDENACIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA.

Artículo 333. Acceso a los servicios por las empresas suministradoras.
Artículo 334. Información y publicidad en obras.
Artículo 335. Requisitos para la formalización e inscripción de los actos de edificación.

CAPÍTULO III. La conservación y rehabilitación de las edificaciones 

SECCIÓN 1ª DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 336. Deber de conservación y rehabilitación.
Artículo 337. Sujetos legitimados.

SECCIÓN 2ª ÁMBITOS DE ACTUACIONES DE REHABILITACIÓN Y CONSERVACIÓN EDIFICATORIA.

Artículo 338. La ejecución de las actuaciones de rehabilitación y conservación.
Artículo 339. Proyecto de distribución de cargas de conservación.
Artículo 340. Liquidación de la actuación.

SECCIÓN 3ª ÓRDENES DE EJECUCIÓN DE OBRAS DE CONSERVACIÓN Y MEJORA.

Artículo 341. Órdenes de ejecución de obras de conservación, mejora y rehabilitación.
Artículo 342. Procedimiento para dictar órdenes de ejecución.
Artículo 343. Incumplimiento de las órdenes de ejecución.

SECCIÓN 4ª LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE CONSTRUCCIONES Y EDIFICACIONES.

Artículo 344. Inspección técnica de construcciones y edificaciones.
Artículo 345. Sujetos obligados.
Artículo 346 Técnicos competentes y normativa aplicable.
Artículo 347. El Informe de inspección técnica de construcciones y edificaciones.
Artículo 348. Registro de inspección técnica de construcciones y edificaciones.

SECCIÓN 5ª SITUACIÓN LEGAL DE RUINA URBANÍSTICA.

Artículo 349. Situación legal de ruina urbanística.
Artículo 350. Procedimiento de declaración de situación legal de ruina urbanística.
Artículo 351. Efectos de la declaración de situación legal de ruina urbanística.
Artículo 352. Ruina física inminente.

CAPÍTULO IV. La ejecución por sustitución por incumplimiento de los deberes de edificación, rehabilitación y conservación. 

SECCIÓN 1ª DISPOSICIONES GENERALES.

Artículo 353. La ejecución por sustitución.
SECCIÓN 2ª EJECUCIÓN SUBSIDIARIA.

Artículo 354. Procedimiento para la ejecución subsidiaria por la Administración.
Artículo 355. Ejecución subsidiaria mediante gestión indirecta.
Artículo 356. Adjudicación de la ejecución subsidiaria y formalización

SECCIÓN 3ª LA EJECUCIÓN POR SUSTITUCIÓN MEDIANTE VENTA FORZOSA.

Artículo 357. Ejecución por sustitución mediante venta forzosa.
Artículo 358. Procedimiento para la ejecución por sustitución mediante venta forzosa.

SECCIÓN 4ª CRITERIOS PARA LA ADJUDICACIÓN E INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE EJECUCIÓN POR SUSTITUCIÓN.

Artículo 359. Criterios de adjudicación de la ejecución por sustitución.
Artículo 360. Incumplimiento del adjudicatario de la ejecución por sustitución.

TÍTULO VII. La Disciplina territorial y urbanística (

CAPÍTULO I. Potestades administrativas. 

SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 361. Potestades públicas.
Artículo 362. Cumplimiento de la legalidad territorial y urbanística.

SECCIÓN 2.ª PRINCIPIOS Y REGLAS DE LA DISCIPLINA TERRITORIAL Y URBANÍSTICA

Artículo 363. Principios de la disciplina territorial y urbanística.
Artículo 364. Carácter real de las medidas de protección de la legalidad territorial y urbanística.

CAPÍTULO II. La potestad inspectora. 

SECCIÓN 1.ª LA INSPECCIÓN TERRITORIAL Y URBANÍSTICA

Artículo 365. Naturaleza de la inspección.
Artículo 366. Planes Municipales de Inspección Urbanística.
Artículo 367.Plan General de Inspección Territorial y Urbanística.
Artículo 368. Funciones de la inspección.
Artículo 369. Inspección Autonómica.

SECCIÓN 2.ª LA ACTUACIÓN INSPECTORA

Artículo 370. Facultades y deberes del personal inspector.
Artículo 371. Visitas de inspección.
Artículo 372. Actas de inspección.
Artículo 373. Contenido de las Actas de inspección.
Artículo 374. Formalización.

CAPÍTULO III. Restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística 

SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 375. Información y actuaciones previas.
Artículo 376. Deber de iniciación del procedimiento de restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística.
Artículo 377. Reglas generales de procedimiento.
Artículo 378. Determinación de la finalización de las obras o establecimiento de la existencia de actos de mero uso del suelo.
Artículo 379. Ejecución forzosa.

SECCIÓN 2.ª RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD ANTE ACTUACIONES SIN TÍTULO PRECEPTIVO O CONTRAVINIENDO SUS CONDICIONES

Artículo 380. Restablecimiento de la legalidad ante actuaciones sin título preceptivo o contraviniéndolo.
Artículo 381. Legalización.
Artículo 382.Medidas de adecuación a la realidad física alterada.
Artículo 383. Procedimiento para restablecer la legalidad territorial y urbanística.
Artículo 384. Medidas provisionales.
Artículo 385. Procedimiento de restablecimiento de la legalidad territorial y urbanística ante actuaciones sin título habilitante.
Artículo 386. Plazo para restablecer la legalidad territorial y urbanística.
Artículo 387. Ejecución forzosa de las medidas provisionales de adecuación de la realidad a la ordenación territorial y urbanística.
Artículo 388. Ejecución de las medidas de adecuación de la realidad a la ordenación territorial y urbanística.
Artículo 389. Imposibilidad de ejecución.
Artículo 390. Cumplimiento por equivalencia.
Artículo 391. Causas de imposibilidad material o legal.

SECCIÓN 3.ª RESTABLECIMIENTO DE LA LEGALIDAD FRENTE A ACTUACIONES CON TÍTULO ADMINISTRATIVO ILEGAL Y ANTE ACTUACIONES SUJETAS A DECLARACIÓN RESPONSABLE O COMUNICACIÓN PREVIA

Artículo 392. Restablecimiento de la legalidad frente a actuaciones con título habilitante ilegal.
Artículo 393. Restablecimiento de la legalidad ante actuaciones sometidas a declaración responsable o comunicación previa.
Artículo 394. Procedimiento de restablecimiento de la legalidad ante actuaciones sometidas a declaración responsable o comunicación previa.

SECCIÓN 4.ª COMPETENCIA
Artículo 395. Competencias de los Municipios y de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 396. Competencias de la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de protección de la ordenación territorial y urbanística.
Artículo 397. Actuaciones sin título administrativo o presupuesto habilitante que legitiman la intervención sustitutiva de la Comunidad Autónoma.

SECCIÓN 5.ª DISPOSICIONES COMUNES

Artículo 398. Coordinación y colaboración con el Registro de la Propiedad.

CAPÍTULO IV. Régimen Sancionador. 

SECCIÓN 1.ª DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 399. Principio de legalidad, requisitos de infracciones y sanciones y consecuencias legales.
Artículo 400. Anulación del acto o actos administrativos habilitantes como presupuesto de la exigencia de responsabilidad.
Artículo 401. Consecuencias legales de las infracciones territoriales y urbanísticas.
Artículo 402. Procedimientos de restablecimiento y sancionador.

SECCIÓN 2.ª LAS INFRACCIONES TERRITORIALES Y URBANÍSTICAS

Artículo 403. Clases de infracciones urbanísticas.
Artículo 404. Clases de infracciones contra la ordenación del territorio.

SECCIÓN 3.ª SANCIONES Y REGLAS PARA LA APLICACIÓN DE LAS SANCIONES Y LA EXIGENCIA DE LA RESPONSABILIDAD

Artículo 405. Multas.
Artículo 406. Reglas complementarias para la determinación de las sanciones y de las multas coercitivas.
Artículo 407. Sanciones accesorias.
Artículo 408. Determinación de las medidas sancionadoras accesorias.
Artículo 409. Graduación de las sanciones.
Artículo 410. Criterios y reglas de graduación de las sanciones.
Artículo 411. Circunstancias agravantes.
Artículo 412. Circunstancias atenuantes.
Artículo 413. Circunstancias mixtas.
Artículo 414. Compatibilidad de las sanciones.
Artículo 415. Decomiso de las ganancias provenientes de la infracción.
Artículo 416. Criterios estimativos para el cálculo del decomiso de las ganancias.
Artículo 417. Concurso de normas punitivas y de infracciones.

SECCIÓN 4.ª LAS PERSONAS RESPONSABLES

Artículo 418. Responsables de las infracciones.
Artículo 419. Carácter independiente de las multas.
Artículo 420. Muerte o extinción de los responsables.

SECCIÓN 5.ª LA PRESCRIPCIÓN DE INFRACCIONES Y DE SANCIONES

Artículo 421. Prescripción de las infracciones.
Artículo 422. Inicio de procedimiento de restablecimiento de la legalidad territorial o urbanística y prescripción de la infracción.
Artículo 423. Prescripción de las sanciones.

SECCIÓN 6.ª EL PROCEDIMIENTO Y LA COMPETENCIA

Artículo 424. Procedimiento sancionador.
Artículo 425. Imposición de la sanción y reposición de la realidad física alterada.
Artículo 426. Infracciones constitutivas de delito.
Artículo 427. Procedimiento complementario de resarcimiento.
Artículo 428. Competencias sancionadoras.
Artículo 429. Destino de las multas.
Artículo 430. Reducción de sanciones por reconocimiento de responsabilidad o cumplimiento de la resolución.

TÍTULO VIII. Medidas de adecuación ambiental y territorial de edificaciones irregulares. 

CAPÍTULO I. Régimen de las edificaciones irregulares en situación de asimilado a fuera de ordenación 

Artículo 431. Situación de asimilado a fuera de ordenación.
Artículo 432. Requisitos para el reconocimiento.
Artículo 433. Documentación técnica que acredita los requisitos.
Artículo 434. Condiciones mínimas de seguridad y salubridad.
Artículo 435. Inicio e instrucción del procedimiento.
Artículo 436. Resolución del procedimiento.
Artículo 437. Efectos de la declaración de asimilado a fuera de ordenación.

CAPÍTULO II. Adecuación ambiental y territorial de agrupaciones de edificaciones irregulares. 

Artículo 438. Plan Especial de adecuación ambiental y territorial.
Artículo 439. Contenido del Plan Especial.
Artículo 440. Determinaciones del Plan Especial.
Artículo 441. Efectos de la aprobación del Plan Especial.
Artículo 442. La ejecución del Plan Especial.

CAPÍTULO III. Incorporación de edificaciones irregulares a la ordenación urbanística 
Artículo 443. Régimen general de incorporación a la ordenación urbanística de edificaciones irregulares
Artículo 444. Incorporación de agrupaciones de edificaciones irregulares.
Artículo 445. La ejecución en los ámbitos de agrupaciones de edificaciones irregulares incorporados a la ordenación.

TÍTULO IX. Régimen del Hábitat Troglodítico 

CAPÍTULO I. Disposiciones Generales 

Artículo 446. Régimen general del hábitat troglodítico.
Artículo 447. Definiciones.
Artículo 448. Municipio troglodítico de Andalucía.
Artículo 449. Normas de aplicación directa a las cuevas.

CAPÍTULO II. Régimen del suelo 

Artículo 450. Clasificación del suelo.
Artículo 451. Régimen urbanístico de la propiedad del suelo de las cuevas.

CAPÍTULO III. La ordenación y ejecución urbanística del hábitat troglodítico en suelo urbano 

Artículo 452. Directrices para la ordenación urbanística.
Artículo 453. Instrumentos para la ordenación urbanística.
Artículo 454. Determinaciones de la ordenación detallada en suelo urbano.
Artículo 455. La ejecución urbanística en suelo urbano.
Artículo 456. El deber de conservación de las cuevas.

CAPÍTULO IV. Régimen de las cuevas irregulares 

Artículo 457. Régimen complementario de las cuevas irregulares.

Disposición adicional primera. Coeficiente aplicable para el cálculo de los habitantes por vivienda.
Disposición adicional segunda. Registro de las entidades urbanísticas certificadoras de Andalucía.
Disposición adicional tercera. Referencias del personal inspector en la Inspección Autonómica
Disposición transitoria primera. Creación y entrada en funcionamiento de los registros municipales de entidades urbanísticas colaboradoras.
Disposición transitoria segunda. Plazo para realización del informe de inspección técnica de construcciones y edificaciones.
Disposición transitoria tercera. Procedimientos en tramitación en materia de disciplina territorial o urbanística y sobre la actividad de edificación.
Disposición transitoria cuarta. Actuaciones de transformación urbanística en ámbitos de suelo urbano no consolidado y suelo urbanizable de instrumentos de planeamiento general vigentes a la entrada en vigor de la Ley.
Disposición transitoria quinta. Modificaciones de las determinaciones de los instrumentos de planeamiento general vigente a la entrada en vigor de la Ley en suelo urbano.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Disposición final. Entrada en vigor
 

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