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DEBATES DE URBANISMO. EL ALGARROBICO Y LA EJECUCIÓN DE LAS SENTENCIAS URBANÍSTICAS

14 de diciembre de 2022
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos? Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas
¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • El Supremo entiende ahora que no se puede ordenar la demolición mientras no esté anulada la licencia municipal. 
  • Y deja en manos del ayuntamiento la anulación de la licencia de obras.
  • Y el ayuntamiento no anula la licencia para no tener que indemnizar a la promotora.
En una resolución de la Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo se ha desestimado el recurso planteado por Greenpeace contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), de 22 de julio de 2021, que rechazó la revisión de oficio de la licencia de obras. El texto íntegro de la sentencia no se conocerá hasta dentro de unos días. La sentencia confirma que no hay posibilidad de ordenar la demolición mientras exista una licencia que no ha sido anulada, pese a los varios pronunciamientos judiciales que condenan la construcción. El Ayuntamiento de Carboneras no anulará la licencia porque supondría tener que asumir la responsabilidad de indemnizar a la empresa Azata, promotora del hotel.

 
URBANISMO DE ANDALUCÍA.


Azata ha reclamado una compensación por lucro cesante, ya que se considera víctima de un cambio de criterio de las administraciones (tanto el Ayuntamiento de Carboneras como de la Junta de Andalucía) que inicialmente dieron luz verde a la construcción del hotel.

A todo esto, la Junta de Andalucía está dispuesta a hacer frente a los gastos de demolición y tiene consignado ya en sus presupuestos una partida de 1,1 millones de euros. 

Greenpeace ha anunciado que recurrirá la decisión del Supremo ante el Tribunal Constitucional y, si fuera necesario, ante el Tribunal de Estrasburgo, a la vez que anuncia que mantendrá la presión sobre el Ayuntamiento de Carboneras "para que haga efectiva la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que le obliga a la anulación de la licencia de obras".

Greenpeace anuncia que pedirá a la Fiscalía que investigue si se ha cometido un presunto delito de desobediencia. La organización anuncia que no cejará en su lucha "hasta que se haga justicia" y "desaparezca para siempre la mayor aberración urbanística de nuestra costa".

La promotora no ha recibido ni sanción, ni compensación económica por la paralización. Demandaron a las tres administraciones casi 100 millones de euros, una petición que la Audiencia Nacional rechazó en 2021.

UN LARGO PROCESO JUDICIAL

La construcción de este hotel fue paralizada por un juez de Almería en febrero de 2006, cuando las obras estaban prácticamente rematadas. En los últimos 16 años ha quedado acreditada su ilegalidad tras alrededor de medio centenar de pronunciamientos judiciales de todo tipo: la construcción invade los 100 metros de la franja de dominio público marítimo-terrestre, se levantó en una zona del parque natural de Cabo de Gata-Níjar donde no se puede construir y los suelos en los que está son propiedad de la Junta de Andalucía, que ejerció el derecho de retracto también en 2006, tras la polémica que se generó. 

Hasta 13 fallos acumula solo en el Supremo este hotel, que impulsó la promotora Azata con el beneplácito en su momento de la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Carboneras. El único asidero legal que le queda es la licencia de obras y el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) instó al consistorio a revisarla de oficio el pasado año, ante los indicios de que pueda ser nula. Pero ese tribunal no ordenó el derribo al entender que antes debe anularse esa licencia municipal concedida hace 20 años. 

EL DEBATE DE FONDO

El Supremo entiende ahora que no se puede ordenar la demolición mientras no esté anulada la licencia municipal. El debate jurídico de fondo radicaba en si es posible considerar válida una licencia municipal si se sustenta en unas normas urbanísticas que han sido anuladas por la justicia durante los últimos años y que dejan a la construcción en la ilegalidad.

El grupo ecologista recurrió ante el Tribunal Supremo instando a que ordenara directamente la demolición del hotel, sin tener que realizar el trámite administrativo ante el Ayuntamiento. En su recurso lamentó que ninguno de los 13 fallos que ya ha dictado Alto Tribunal sobre la ilegalidad del hotel de El Algarrobico han tenido efecto.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo sostiene que dicho procedimiento de revisión debe realizarse, por lo que confirma el criterio del tribunal andaluz y abre un nuevo capítulo al dejar en manos del ayuntamiento la anulación de la licencia de obras. Pero el ayuntamiento no anula la licencia para no tener que indemnizar.

El 30 de junio de 2014, el TSJA declaraba legal la licencia de obras, un asunto que llegó hasta el Constitucional, que no admitió a trámite el recurso sobre la legalidad de la licencia de obras.

Ya en abril de 2014, Lorenzo del Río, presidente del TSJA, pidió al Supremo que "unifique la doctrina" sobre las resoluciones emitidas en el caso del Algarrobico, ante el "criterio distinto de una sentencia a otra"

 

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