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URBANISMO ANDALUCÍA. REFORMA DE LA LEY DEL SUELO DE ANDALUCÍA Y APROBACIÓN DE SU REGLAMENTO

30 de noviembre de 2022
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  • La Junta de Andalucía ha elaborado "también un Decreto Ley" para ejecutar el pacto con el Estado, al margen de la aprobación del Reglamento General que desarrolla la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía. «Se incorporan aspectos puntuales que pidió el Estado para evitar el recurso de inconstitucionalidad», destacó la consejera Marifrán Carazo.
La Junta aprueba el reglamento de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía que crea las Entidades Urbanísticas Certificadoras, un nuevo instrumento de colaboración público-privada para dar soporte a los ayuntamientos. Añade la figura del agente urbanizador como mecanismo de colaboración público-privada y de los instrumentos de gestión en el suelo urbano.  El reglamento concreta las condiciones que dan lugar a la formación de nuevos núcleos de población y los parámetros que posibilitan la implantación de viviendas unifamiliares que no estén vinculadas a otras actuaciones del suelo rústico. Especifica el régimen de las actuaciones de transformación urbanística en las dos clases de suelo establecidas por la LISTA: el suelo urbano y el suelo rústico. El reglamento permite atender con agilidad las necesidades de transformación en las ciudades y de desarrollo de nuevos crecimientos. Desarrolla el contenido de los nuevos planes que define la ley y el procedimiento para su aprobación, así como los instrumentos de colaboración entre las administraciones que participan en la tramitación. Fija los mecanismos previstos en la ley para la concertación con los ayuntamientos, la gestión de las actuaciones que se prevean en los planes territoriales y la garantía de equilibrio entre los municipios. Regula las reservas dotacionales que garantiza las necesidades de la ciudadanía sin incrementar el coste del suelo y que permite adaptar los usos de los equipamientos en función de las demandas que en cada momento deban atenderse. 

 
URBANISMO DE ANDALUCÍA.


El Consejo de Gobierno ha aprobado el reglamento de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA), con la que se completa la revisión del marco normativo de ordenación del territorio y urbanismo iniciada hace tres años por el Gobierno andaluz. La consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Marifrán Carazo, ha destacado que “el Gobierno andaluz ha acabado en un tiempo récord con la maraña normativa y el atasco urbanístico que ha lastrado a los municipios andaluces”, gracias a una actualización, modernización y simplificación de la ordenación del territorio y el urbanismo andaluz de la mano tanto de la LISTA como de su reglamento y que continuará con la revisión del POTA iniciada esta legislatura.

La comunidad autonóma cuenta así por primera vez con un reglamento urbanístico completo, algo que no se produjo con la anterior ley, la LOUA. Marifrán Carazo ha señalado que el reglamento contribuye a los objetivos de la LISTA: simplificar el marco jurídico –tenía como punto de partida dos leyes (la LOTA de 1994 y la LOUA de 2002), un reglamento de disciplina y dos reglamentos estatales de aplicación supletoria de 1978– y, al mismo tiempo, reforzar la seguridad jurídica del cuerpo normativo “que es la base para el desarrollo territorial y urbanístico de Andalucía”.

Entre las principales novedades, el reglamento crea las Entidades Urbanísticas Certificadoras, un nuevo instrumento de colaboración público-privada para dar soporte a los ayuntamientos. Estas entidades, ha explicado la consejera, podrán colaborar con las administraciones locales en la labor de verificación y control, lo que permitirá a los Ayuntamientos tramitar las licencias, declaraciones responsables o inspecciones técnicas con mayor agilidad, lo que redundará en la dinamizar la actividad económica”. También incorpora la figura del agente urbanizador como mecanismo de colaboración público-privada y de los instrumentos de gestión en el suelo urbano.

El reglamento concreta las condiciones que dan lugar a la formación de nuevos núcleos de población y los parámetros que posibilitan la implantación de viviendas unifamiliares que no vinculadas a otras actuaciones del suelo rústico. También se especifica el régimen de las actuaciones de transformación urbanística en las dos clases de suelo establecidas por la LISTA: el suelo urbano y el suelo rústico. El reglamento permite atender con agilidad las necesidades de transformación en las ciudades y de desarrollo de nuevos crecimientos.

Igualmente, se desarrolla el contenido de los nuevos planes que define la ley y el procedimiento para su aprobación, así como los instrumentos de colaboración entre las administraciones que participan en la tramitación. Estos aspectos son claves para garantizar la reducción significativa del plazo de aprobación de los planes urbanísticos. El tiempo para la aprobación de los instrumentos de ordenación urbanística se estima, como máximo en tres años frente a una media de diez años. “Reducimos ese tiempo quitando trámites y procedimientos repetidos, y regulando la tramitación urgente y la tramitación simultánea de los instrumentos de ordenación”, ha especificado.

En cuanto a la ordenación del territorio, el reglamento fija los mecanismos previstos en la ley para la concertación con los ayuntamientos, la gestión de las actuaciones que se prevean en los planes territoriales y la garantía de equilibrio entre los municipios. Tras aprobar la LISTA y su desarrollo reglamentario, el Gobierno andaluz se marca para esta legislatura completar la planificación territorial de Andalucía con la revisión del Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) de 2006.

El reglamento incluye los criterios de sostenibilidad para la ordenación urbanística que permiten cumplir con los principios establecidos por la LISTA. Entre ellos, se establece una regulación de las reservas dotacionales que garantiza las necesidades de la ciudadanía sin incrementar el coste del suelo y que permite adaptar los usos de los equipamientos en función de las demandas que en cada momento deban atenderse.

Como garantía de la sostenibilidad social de las actuaciones, el reglamento desarrolla los criterios establecidos por la ley para garantizar la disponibilidad de suelo para vivienda protegida en los municipios que tengan una demanda efectiva.

Además, se concretan los instrumentos de disciplina territorial, competencia de la comunicación autónoma, con los de disciplina urbanística, que corresponde al ámbito municipal, que se desarrollará en base al principio de colaboración. Marifrán Carazo ha indicado que, gracias a un marco procedimental claro y sencillo, se garantiza el éxito de los procedimientos sancionadores. “Este año se han iniciado expedientes que afectan a 343 edificaciones ilegales y 644 parcelas, en su mayor parte precintadas”, ha manifestado. Asimismo, la consejera ha precisado que el reglamento de la LISTA avanza en la regulación de la figura del Asimilado Fuera de Ordenación (AFO), así como la tramitación de planes especiales de adecuación ambiental y territorial para minimizar el impacto de las agrupaciones de edificaciones irregulares prescritas.

Por último, el reglamento dedica uno de sus títulos a la regulación de las casas cueva, toda una novedad sin antecedentes en el ordenamiento jurídico andaluz. Con ello se quiere establecer un marco común para que los ayuntamientos puedan conservar y mejora estos ámbitos, así como el desarrollo de nuevos usos para su puesta en valor.

El Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 7/2021, de 21 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía (LISTA) el 25 de noviembre de 2021, hace un año, y entró en vigor el 24 de diciembre. El primer día hábil siguiente, el 27 de diciembre, se inició el trámite de consultas públicas previas del reglamento. Al igual que con la LISTA, la tramitación del Reglamento se aprobó por procedimiento de urgencia, lo que ha permitido completar todo el proceso en once meses.
 
DECLARACIONES

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado este martes un Decreto Ley para dar cumplimiento al acuerdo que alcanzó con el Gobierno en agosto para evitar que recurriera la Ley 7/2021 de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (Lista) el Tribunal Constitucional (TC) por invasión de competencias.

El acuerdo entre la Junta de Andalucía y el Gobierno se alcanzó en agosto en la Subcomisión de Seguimiento Normativo, Prevención y Solución de Controversias de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad Autónoma de Andalucía y llevó a la Junta de Andalucía a tener que adaptar 42 artículos de la Lista que la Administración del Estado estimó que invadía sus competencias del Estado.

«Compromiso cumplido. Completamos la LISTA con la aprobación de su Reglamento para favorecer el desarrollo de los municipios andaluces. Ayudará a atraer oportunidades y a generar empleo. Andalucía avanza en la simplificación de trámites para acabar con la maraña normativa», destacó el presidente de la Junta, Juanma Moreno. El portavoz del Gobierno andaluz, Ramón Fernández-Pacheco definió la LISTA como «el mayor impulso jamás» dado a la ordenación del territorio, por su «agilidad, sencillez y seguridad jurídica». «Por primera vez, hay una ley y un reglamento, algo que no pasaba con la LOUA», destacó. La consejera Marifrán Carazo habló de «una norma actualizada» para el «desarrollo sostenible y que contempla asuntos que nos preocupan» como el medio ambiente. «Con el reglamento completamos la revisión» de la ordenación del territorio, señaló. Carazo destacó la «alta participación social y el apoyo de ayuntamientos, diputaciones y la FAMP». «Ofrece seguridad jurídica, cierra el círculo», zanjó.

Carazo también destacó que «se crean Entidades Urbanísticas Certificadoras, para más dotar de agilidad» a la normativa. Se trata de un nuevo instrumento de colaboración público-privada para dar soporte a los ayuntamientos. A partir de ahora, se tardará «un máximo de tres años frente a la media de 10 años de la anterior legislación» para la regulación urbanística. «Hemos eliminado pasos, se elimina la tramitación de urgencia», dijo Carazo. Asimismo, «se refuerza la inspección. Con más agilidad. Podemos paralizar las obras irregulares desde que se detecten», defendió Carazo. Este año se han detectado 343 edificaciones irregulares y 644 parcelaciones, con 125 expedientes de restablecimiento de la legalidad frente a actuaciones en suelo rústico. En 2018 fueron 22; en 2019, 31; en 2020, 48; y el pasado año fueron 70.

La Consejería regula por primera vez las casas cueva de Almería, Jaén y Granada, También se trata de la primera norma que «regula las casas cueva de Almería, Jaén o Granada y se pueden autorizar nuevas y hacer rehabilitaciones».

Se establece un «régimen transitorio», es decir, «no se paraliza, no obligamos a adaptarse» sino a «una adaptación voluntaria para los ayuntamientos», dijo Carazo.

La comunidad autónoma cuenta así por primera vez con un reglamento urbanístico completo, algo que no se produjo con la anterior ley, la LOUA. El reglamento contribuye a los objetivos de la LISTA: simplificar el marco jurídico –tenía como punto de partida dos leyes (la LOTA de 1994 y la LOUA de 2002), un reglamento de disciplina y dos reglamentos estatales de aplicación supletoria de 1978– y, al mismo tiempo, reforzar la seguridad jurídica del cuerpo normativo que es la base para el desarrollo territorial y urbanístico de Andalucía.

LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA HA DEBIDO ADAPTAR SU NORMA LAS REFERENCIAS A LA LEGISLACIÓN BÁSICA ESTATAL.

La consejera de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, Marifrán Carazo, ha explicado en la rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Gobierno que la Junta de Andalucía ha elaborado "también un Decreto Ley" para ejecutar el pacto con el Estado, al margen de la aprobación este mismo martes del Reglamento General que desarrolla la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía.

«Se incorporan aspectos puntuales que pidió el Estado para evitar el recurso de inconstitucionalidad», destacó la consejera Marifrán Carazo.

El Gobierno andaluz acordó en agosto con el Estado la reforma de los 42 artículos de la Ley 7/2021 que el Gobierno había señalado como susceptibles de ser objeto de un recurso ante el Tribunal Constitucional (TC), así como la Disposición Final quinta y la Disposición Adicional Novena, después de aceptar la prevalencia jurídica de la legislación básica del Estado.

El acuerdo, cuyo desenlace el Gobierno andaluz ya avanzó el 25 de agosto, se reveló en su integridad con su publicación el 19 de septiembre en el BOE y el BOJA del pacto de ambas administraciones en el seno del grupo de trabajo creado dentro de la Subcomisión de Seguimiento Normativo.

El acuerdo señaló que "ambas partes coinciden en considerar resueltas las discrepancias manifestadas y concluida la controversia planteada" y "comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos" en la ley reguladora de este órgano.

Las discrepancias del Estado con la Junta de Andalucía se han centrado, entre otros aspectos, en materias como la invalidez de los instrumentos de ordenación territorial y urbanística, la colaboración público-privada, el suelo rústico, contenido urbanístico de la propiedad del suelo, derechos y deberes de la propiedad del suelo urbano y rústico, principios básicos para la ordenación del litoral, la declaración de interés autonómico o el proyecto de interés autonómico.
 
 
 

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