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INGENIERÍA DE LA ENERGÍA. ESPAÑA TENDRÁ QUE INDEMNIZAR A OTRO INVERSOR EN ENERGÍA EÓLICA.

23 de noviembre de 2022
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  • Un inversor japonés en un parque eólico ha ganado 106,2 millones de euros en el último laudo del Tratado de la Carta de la Energía contra España por reformas en su sector de energías renovables, ya que el estado está amenazado con una reclamación del TCE por parte del desarrollador de un proyecto de uranio.
Un tribunal del CIADI emitió un laudo final a favor de Eurus Energy (grupo Toyota) de Japón el 14 de noviembre.  La empresa japonesa se encontraba entre los muchos inversores en energías renovables que presentaron demandas del TCE contra España en respuesta a las reformas del sector. Las reformas incluyeron una reducción de los subsidios y un impuesto del 7% sobre los ingresos de las generadoras de energía. Eurus, que tiene 12 proyectos de parques eólicos en Galicia y tres proyectos en Asturias, presentó su demanda ante el CIADI en 2016. Inicialmente reclamó 179,1 millones de euros, incluso por expropiación indirecta, falta de trato justo y equitativo (FET) y denegación de justicia. 

 
CONTRATO DE EJECUCIÓN DE PARQUES EOLICOS 'LLAVE EN MANO' EPC
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España había regulado la generación de electricidad bajo un sistema de dos niveles con un “régimen ordinario” y un “régimen especial”. Los productores de energía clasificados como “ordinarios” estaban sujetos a un sistema de precios de libre mercado, mientras que los productores “especiales” tenían derecho a recibir una remuneración adicional. Los parques eólicos de Eurus fueron clasificados como “especiales”.

España introdujo una serie de reformas entre 2012 y 2014, luego de lo cual recuperó los subsidios pagados antes de 2013 que eran más altos que los que habrían sido pagaderos bajo las reformas.

El inversor argumentó que tenía una expectativa legítima de que el régimen regulatorio permanecería sin cambios durante la vida útil de los proyectos. Sin embargo, España argumentó que el régimen especial se basaba en el principio de rentabilidad razonable, lo que significaba que solo se garantizaba que un productor recibiría fondos suficientes para recuperar los costes de inversión y explotación, y obtener una rentabilidad acorde con los criterios del mercado. Argumentó que los incentivos para las instalaciones siempre estaban sujetos a un límite indefinido.

El tribunal decidió unánimemente que la decisión de España de recuperar los subsidios pagados antes de 2013 era incompatible con el principio de estabilidad del TCE. Ordenó a las partes buscar un acuerdo sobre el efecto de esas medidas o regresar al tribunal en tres meses.

El laudo de Eurus se encuentra entre los más grandes que se han emitido contra España por su régimen de energías renovables hasta la fecha, aunque aún queda eclipsado por los 290 millones de euros otorgados a NextEra Energy de Florida en 2019 .

Otro inversor japonés en energías renovables, JGC Holdings, recibió 23,5 millones de euros en una demanda ante el CIADI por las medidas en noviembre del año pasado.

 
 

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