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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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23 de abril de 2020
 
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EL PLANEAMIENTO URBANÍSTICO ANDALUZ SE LIBRA DE LA SUSPENSIÓN DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • Andalucía está siguiendo las recomendaciones del sector inmobiliario y está aprobando medidas como el certificado de declaración responsable o el trámite de urgencia para la aprobación de planes urbanísticos, que reducen considerablemente la burocracia y agilizan la construcción inmobiliaria.
  • Es importante que quede acreditada la necesidad de urgencia en los procedimientos municipales porque los jueces son muy puntillosos con estas situaciones y ya ha habido sentencias polémicas en Andalucía denegando la tramitación de urgencia. 
  • La APCE ha recomendado la aplicación general de la declaración responsable en materia de licencias urbanísticas.
La razón por la que se están retrasando los planeamientos urbanísticos en toda España (que ya tienen un periodo de elaboración de los más altos de Europa) es porque en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que el Gobierno central declaró el estado de alarma ante la crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus, se acordó la suspensión de los plazos procesales y administrativos. Esta suspensión conlleva una dilación de los trámites de planeamiento urbanístico que impide el crecimiento económico y la creación de empleo en los municipios que estaban inmersos en la tramitación de estos procedimientos. Sin planeamientos urbanísticos se paralizan los proyectos inmobiliarios, algo inaceptable con los niveles de paro previstos. La Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio de la Junta de Andalucía ha encontrado una solución que respeta la legislación estatal pero que pisa el acelerador en el proceso burocrático de aprobación de los planes urbanísticos. Esta solución es la tramitación de urgencia en los procedimientos de aprobación de los planeamientos urbanísticos. Con esto se consigue agilizar los trámites urbanísticos para favorecer la actividad económica en los municipios andaluces y así contrarrestar el impacto económico que va a provocar la crisis sanitaria del coronavirus Covid-19. La decisión, que se ha comunicado a los ayuntamientos andaluces, se enmarca en las medidas urgentes que ha puesto en marcha el Gobierno de Andalucía para controlar, prever y limitar los efectos económicos de la pandemia.


En ese sentido, Andalucía aún cuenta con municipios que no tienen aprobados sus planes generales y, por tanto, ven limitadas sus posibilidades de desarrollo social, ambiental y económico. Entre ellos, hay muchos municipios pequeños cuyo futuro pasa por mantener y ampliar la base económica mediante la preservación de actividades competitivas y multifuncionales, incorporando iniciativas compatibles con un desarrollo sostenible y una proporcionada función residencial. Además, hay que sumar más casos en los que los planes urbanísticos generales o de desarrollo se han visto paralizados por resoluciones judiciales o aplicaciones sobrevenidas de normas nuevas que obligan a los ayuntamientos a volver a iniciar los trámites.

Ante esta circunstancia, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha procedido a la aplicación de urgencia de los instrumentos de planeamiento urbanístico de competencia autonómica y municipal, lo cual reducirá a la mitad los plazos establecidos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos. Esta medida será transitoria hasta que se consiga restablecer el equilibrio social y económico para estos municipios. Las previsiones de crecimiento auguran una lenta recuperación, por lo que estas circunstancias probablemente se mantengan hasta la aprobación de la nueva Ley Andaluza de Suelo, en fase de elaboración y que tiene entre sus cometidos principales la agilización de trámites en materia urbanística.

Los ayuntamientos, en el ejercicio de sus competencias, podrán valorar la necesidad de aplicar esta medida en los procedimientos de aprobación de los instrumentos urbanísticos que les corresponda tramitar y/o aprobar, de forma justificada e individual para cada procedimiento. 
 

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