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15 de abril de 2020
 
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¿QUÉ ES UN PLAN ESPECIAL?
¿Qué guía práctica soluciona este tipo de casos? Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas
¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • El Plan Especial es una solución práctica a la mayor parte de los problemas urbanísticos. 
Cuando hay algo que el planeamiento no puede solucionar, el plan especial lo soluciona. La razón de que sean tan útiles y tan prácticos es que son instrumentos de planeamiento urbanístico de desarrollo que tienen como finalidad dar una regulación sectorial. Así que nos encontramos con muchos planes especiales como soluciones específicas a problemas prácticos concretos (Planes especiales de desarrollo de infraestructuras básicas, Plan especial de desarrollo de algunos sistemas generales, de mejora del medio urbano, rural o natural, y especialmente destacables son los planes especiales de reforma interior y los Planes especiales de protección). Los planes especiales de renovación urbana podrán tener por objeto el desarrollo de actuaciones concretas que, conservando la estructura fundamental de la ordenación anterior y sin alterar la edificabilidad urbanística, se encaminen a la descongestión del suelo urbano, a la creación de dotaciones públicas y equipamientos colectivos privados, al saneamiento de barrios, a la regeneración y rehabilitación urbana, a la reforma interior, a la resolución de problemas de movilidad o de estética, a la mejora del medio ambiente o de los servicios públicos y a otros fines análogos.

 
PLANES ESPECIALES Y PLANES DE REFORMA INTERIOR.


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¿Qué es un plan especial?

El Plan Especial es una solución práctica a la mayor parte de los problemas urbanísticos. Cuando hay algo que el planeamiento no puede solucionar, el plan especial lo soluciona.

La razón de que sean tan útiles y tan prácticos es que son instrumentos de planeamiento urbanístico de desarrollo que tienen como finalidad dar una regulación sectorial.

Así que nos encontramos con muchos planes especiales como soluciones específicas a problemas prácticos concretos (Planes especiales de desarrollo de infraestructuras básicas, Plan especial de desarrollo de algunos sistemas generales, de mejora del medio urbano, rural o natural, y especialmente destacables son los planes especiales de reforma interior y los Planes especiales de protección).

Los planes especiales de renovación urbana podrán tener por objeto el desarrollo de actuaciones concretas que, conservando la estructura fundamental de la ordenación anterior y sin alterar la edificabilidad urbanística, se encaminen a la descongestión del suelo urbano, a la creación de dotaciones públicas y equipamientos colectivos privados, al saneamiento de barrios, a la regeneración y rehabilitación urbana, a la reforma interior, a la resolución de problemas de movilidad o de estética, a la mejora del medio ambiente o de los servicios públicos y a otros fines análogos.

El plan especial de protección y conservación tiene por objeto completar la ordenación establecida por los planes generales mediante normas de protección de elementos naturales y/o artificiales objeto de sus determinaciones. El plan especial podrá establecer, en su caso, otras normas de protección adicional no contempladas en el plan general.

Los Planes especiales de reforma interior son los planes especiales con una mayor incidencia práctica. Su ámbito de actuación únicamente es el suelo urbano, y su finalidad está basada en la mejora urbanística de este suelo: descongestión, creación de dotaciones, saneamiento, problemas de circulación y otros problemas análogos. 

La documentación de los planes especiales es claramente técnica y depende del tipo de Plan Especial. Deben contener las determinaciones adecuadas a sus finalidades específicas, incluyendo la justificación de su propia conveniencia y de su conformidad con los instrumentos de ordenación del territorio y del planeamiento urbanístico vigentes sobre su ámbito de ordenación.

El documento para tramitar el Plan Especial ha de estar suscrito por técnico competente –arquitecto o ingeniero– en función del objeto del citado Plan Especial, y ha de estar constituido por los siguientes documentos, además de otros documentos administrativos como son la acreditación del promotor, autorización del promotor al técnico para la tramitación, relación de colindantes, nota simple, referencia catastral o la autorización para publicación en sede electrónica.

La Memoria descriptiva y justificativa  debe contener como mínimo las siguientes determinaciones:

• Descripción del edificio y de la actividad.
• Características del emplazamiento.
• Repercusiones ambientales, en su caso.
• Medidas correctoras a adoptar para eliminar las posibles repercusiones ambientales, y en materia de seguridad en caso de incendio.
• Planos de información y de ordenación: de situación y emplazamiento, de usos pormenorizados existentes, de plantas, secciones y alzados, y cuantos otros planos se estimen necesarios.
• Estudio económico financiero.
• Resumen ejecutivo: documento imprescindible en la documentación que se someta a información pública, además de la exigible para cada clase de instrumento urbanístico, que debe contemplar en primer lugar, la delimitación de los ámbitos en los que la ordenación proyectada altera la vigente, con un plano de su situación, y alcance de dicha alteración; y en segundo lugar, en su caso, de los ámbitos en los que se suspendan la ordenación o los procedimientos de ejecución y la duración de dicha suspensión.
El proceso de aprobación consta de dos fases: en primer lugar la admisión a trámite hasta la Aprobación Inicial, y en segundo lugar la Aprobación Definitiva.

Una vez presentada la documentación y admitido a trámite el expediente, pasa a solicitarse los informes sectoriales que fueran necesarios: bien de prevención de incendios, de patrimonio, de movilidad, de medio ambiente, de sostenibilidad económica y de impacto de género.

Tras la obtención de todos los informes sectoriales se emiten los correspondientes informes técnico y jurídico de admisión a trámite con propuesta de Aprobación Inicial para su elevación al organismo municipal competente (Junta de Gobierno del Ayuntamiento).

Esto parece complicado pero no lo es tanto y mejor verlo con los formularios que adjuntamos a la guía práctica porque es el mejor modo de entenderlo.

De estos temas se trata, desde una perspectiva práctica y profesional, en la guía práctica de los planes especiales y planes de reforma interior.

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