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19 de febrero de 2019
 
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EL URBANISMO DE CANARIAS PRESENTA LOS REGLAMENTOS PENDIENTES
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  • Tras la publicación de los 3 reglamentos urbanísticos se empieza a tramitar la publicación de los que están pendientes.
Proyecto de Decreto por el que se regula la Organización y Funcionamiento del Registro de Planeamiento de Canarias en desarrollo de la Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos. El artículo 23 de la norma dispone, entre otras medidas, de la creación de un registro público en el que se inscriban todos los instrumentos de ordenación ambiental, territorial o urbanística de la Comunidad Autónoma. La organización y funcionamiento de este Registro de Planeamiento vendrá regulada por un reglamento que establecerá aspectos como los actos inscribibles, los tipos de asientos y los derechos de los ciudadanos en relación con su acceso al Registro, entre otros. Proyecto de Decreto por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento del Observatorio del Paisaje. Tendrá entre sus competencias el estudio, formulación de propuestas y criterios de actuación en todas las políticas públicas ambientales, territoriales y urbanísticas.

El Consejo de Gobierno ha aprobado a propuesta de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, remitir los proyectos de reglamentos de desarrollo de la Ley del Suelo y Espacios Naturales Protegidos al Consejo Consultivo de Canarias. 

El Consejo Consultivo tiene ahora un plazo de un mes para emitir sus dictámenes y, si estos son favorables, los tres textos normativos se remitirán nuevamente al Consejo de Gobierno para su aprobación definitiva.

La creación de un Registro del Planeamiento de Canarias constituirá la base de datos que recopilará todos los instrumentos de ordenación del sistema de planeamiento del archipiélago que se encuentran vigentes, al objeto de permitir la consulta de los documentos íntegros, así como de sus modificaciones y revisiones e, incluso, de las resoluciones judiciales firmes que afecten a la vigencia de cualquiera de sus determinaciones.

Esta información será accesible para su consulta por cualquier persona o entidad, pública o privada, por vía presencial o telemática y con carácter gratuito.

Por otro lado, la creación de la Oficina de Consulta Jurídica sobre Ordenación del Territorio y Urbanismo de Canarias se configurará como instrumento auxiliar, de ayuda, para dar asesoramiento a las administraciones públicas canarias que lo soliciten en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

La Oficina, a petición de la administración correspondiente, emitirá informes, dictámenes o recomendaciones, de carácter no vinculante, con propuestas técnicas para la adopción de medidas administrativas encaminadas a unificar los criterios interpretativos de las determinaciones urbanísticas y evitar duplicidades e incoherencias.

El principal objetivo de la oficina es el de constituir un órgano de asesoramiento y consulta en unas materias, como la ordenación del territorio y el urbanismo, que por su especialización y complejidad generan importantes dudas de aplicación e interpretación.

Finalmente, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 25 de la Ley del Suelo y Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se ha desarrollado reglamentariamente la estructura, régimen jurídico y funcionamiento del Observatorio del Paisaje, que se integra dentro de la estructura de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad.

Se configura como órgano colegiado de estudio, formulación de propuestas y criterios de actuación, consulta y asesoramiento en materia de paisaje, políticas de protección y gestión, de participación ciudadana e institucional.

Se trata, concretamente, de los reglamentos que regulan la creación y funcionamiento de la Oficina de Consulta Jurídica sobre Ordenación del Territorio y Urbanismo de Canarias, el Observatorio del Paisaje y el Registro de Planeamiento de Canarias.

CLAVES

La Oficina, a petición de la administración correspondiente, emitirá informes, dictámenes o recomendaciones, de carácter no vinculante, con propuestas técnicas para la adopción de medidas administrativas encaminadas a unificar los criterios interpretativos de las determinaciones urbanísticas y evitar duplicidades e incoherencias.

El principal objetivo de la oficina es el de constituir un órgano de asesoramiento y consulta en unas materias, como la ordenación del territorio y el urbanismo, que por su especialización y complejidad generan importantes dudas de aplicación e interpretación.

Finalmente, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 25 de la Ley del Suelo y Espacios Naturales Protegidos de Canarias, se ha desarrollado reglamentariamente la estructura, régimen jurídico y funcionamiento del Observatorio del Paisaje, que se integra dentro de la estructura de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad.

Se configura como órgano colegiado de estudio, formulación de propuestas y criterios de actuación, consulta y asesoramiento en materia de paisaje, políticas de protección y gestión, de participación ciudadana e institucional. Su objetivo es el de integrar todas las política públicas, en particular las ambientales, territoriales y urbanísticas, de acuerdo al marco del Convenio Europeo del Paisaje.
 

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