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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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18 de febrero de 2019
 
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EL SECTOR INMOBILIARIO RECURRE CONTRA EL AYUNTAMIENTO DE BARCELONA  
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  • Recurso contencioso administrativo interpuesto contra la Modificación del Plan General Metropolitano para la obtención de vivienda de protección pública en suelo urbano consolidado promovida por el Ayuntamiento de Barcelona y aprobada definitivamente por la Subcomisión de urbanismo de Barcelona el pasado 5 de diciembre.
La Asociación de Promotores y Constructores de Edificios de Cataluña, la Cámara de la Propiedad Urbana de Barcelona, el Colegio de Administradores de Fincas de Barcelona y Lleida, el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Barcelona y la Asociación de Agentes Inmobiliarios de Cataluña han interpuesto recurso contencioso administrativo contra la Modificación del Plan General Metropolitano para la obtención de vivienda de protección pública en suelo urbano consolidado promovida por el Ayuntamiento de Barcelona y aprobada definitivamente por la Subcomisión de urbanismo de Barcelona el pasado 5 de diciembre. Dicha Modificación prevé que las actuaciones edificatorias de viviendas plurifamiliares en suelo urbano consolidado o de gran rehabilitación de edificaciones de más de 600 m2 deberán destinar un mínimo del 30% del techo edificable a vivienda de promoción pública de régimen general en venta o alquiler.

NORMA CONTRARIA AL ORDENAMIENTO URBANÍSTICO VIGENTE

Estas entidades entienden que ni la legislación urbanística estatal ni la catalana habilitan el Ayuntamiento de Barcelona para regular en esta materia. Tanto el texto refundido de la Ley del Suelo estatal como la legislación urbanística de la Generalitat excluyen la posibilidad de imponer una carga - 30% mínimo de vivienda de protección pública - en el suelo urbano consolidado. Al contrario, atentaría a las condiciones básicas del derecho de propiedad de los propietarios de este tipo de suelo. En Barcelona, la casi totalidad de la ciudad es suelo urbano

consolidado - solares y edificios construidos - que ya han hecho hay en suelo urbano consolidado 1.073 solares pendientes de edificación, de los cuales 187 son propiedad municipal. También se olvida la ausencia de políticas de vivienda social en todo el estado, y la propia inactividad municipal en la materia. La misma memoria de la modificación recoge que el Ayuntamiento de Barcelona es ya hoy titular de 187 solares con capacidad para cerca de 7.000 viviendas, en su mayoría de VPO, procedentes de cesiones de aprovechamiento de la ejecución en suelos urbanizables y urbanos no consolidados. Es el caso de la Marina del Prat Vermell y de los cuarteles de Sant Andreu, que suman suelo para VPP por 60.000 m2 en manos del Ayuntamiento desde 2011 y están hoy todavía pendientes de edificar.

REDUCE EL VALOR DEL SUELO Y DE LAS EDIFICACIONES EXISTENTES

Sobre el valor del suelo y las edificaciones. Según dictámenes de que se dispone, la valoración del patrimonio urbano afectado - solares y edificios - con la entrada en vigor de la Modificación tendrá una disminución en torno al 26% de media.

LOS EFECTOS MÁS NEGATIVOS SE DAN EN LA REHABILITACIÓN DEL PARQUE EDIFICADO

La normativa propuesta obliga al 30% de VPP en las obras de gran rehabilitación en edificios de más de 600 m2. Se entiende por gran rehabilitación la ejecución simultánea o sucesiva de obras de reforma o rehabilitación que tengan un coste igual o superior al 50% del valor de una construcción de nueva planta de características similares y con el mismo techo que la edificación existente.

El análisis de operaciones concretas de rehabilitación integral de edificios existentes muestra que la nueva normativa conlleva que la rehabilitación deja de ser viable tanto para la propiedad vertical como para la horizontal; situación que preocupa especialmente a los administradores de fincas. La nueva normativa tendrá efectos sobre el tejido urbano en hacer inviable económicamente la rehabilitación.

Las entidades antes mencionadas consideran que las grandes tensiones que registra hoy el acceso a la vivienda para una gran parte de las familias, tiene por origen un grave desequilibrio entre una oferta muy reducida respecto de una demanda creciente, y de la ausencia de políticas públicas bien diseñadas y dotadas económicamente, así como de una parálisis de la gestión de las administraciones públicas con los escasos recursos de que disponen.

Según datos del Plan Territorial Sectorial de vivienda, el Ámbito Metropolitano de Barcelona tiene un potencial de reservas de suelo para construir más de 73.000 viviendas protegidas.

Movilizar estas reservas es imprescindible para incrementar la oferta de vivienda asequible.

Capacidad de gestión, coordinación entre administraciones y recursos económicos es lo que hoy se necesita para un mercado estable que facilite el acceso a la vivienda de las familias, no la continua reforma normativa, que crea inseguridad jurídica e imposibilita la planificación. Es el momento de pedir resultados, no buenas intenciones. 
 

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