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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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17 de mayo de 2018
 
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ACTUALIZACIÓN DEL DOCUMENTO BÁSICO DE AHORRO DE ENERGÍA DB-HE DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN PARA ADAPTARLO A LA DIRECTIVA EUROPEA 2010/31/UE (AMPLIACIÓN)
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  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre las novedades de la reforma del CTE. 
A finales de este 2018 se aprobará una nueva actualización del Documento Básico de Ahorro de energía DB-HE del Código Técnico de la Edificación para adaptarlo a la directiva europea 2010/31/UE. Supondrá un aumento de los requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios. Recoge también que la revisión de la normativa a partir de ahora deberá realizarse de forma periódica y en función del progreso técnico. La nueva actualización definirá igualmente los edificios de consumo de energía casi nulo (nZEB). Aunque con el nuevo CTE-HE seguiremos estando lejos de los requisitos normativos térmicos europeos, puede contribuir a que aumente la rehabilitación. Desde hace meses se viene trabajando en esta modificación y hace unos días se ha abierto plazo de “consulta pública previa” sobre la iniciativa de un nuevo Proyecto de Real Decreto para la modificación del Código Técnico de la Edificación (CTE), con el objeto de recabar la opinión de los agentes afectados por la futura norma. El Clúster de l’Energia Eficient de Catalunya (CEEC) emplaza al sector de la edificación a adaptarse ante los relevantes cambios legislativos que deberá afrontar estos próximos meses y beneficiarse, así, de las nuevas oportunidades tomando posiciones de liderazgo en la transición hacia un modelo de edificación más eficiente. “Estamos a las puertas de una verdadera revolución en el sector de la edificación que transformará, radicalmente, la forma de concebir y construir los edificios a partir de ahora”, sostiene Xavier Farriols, presidente del CEEC.


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El objetivo europeo de alcanzar el 50/50, es decir, reducir las emisiones de CO2 un 50% en 2050 respecto a 1990 tendrá un fuerte impacto en el sector de la edificación. Sin ir más lejos, a partir del próximo 31 de diciembre de este año, todos los edificios públicos que se construyan deberán ser de consumo de energía nula. Lo establece la Directiva Europea 2010/31/UE que da dos años más a las edificaciones de iniciativa privada (31/12/2020). A nivel español, está previsto que se apruebe en los próximos meses un nuevo Documento Básico HE del Código Técnico de la Edificación, que fijará los baremos de consumo de energía permitidos para los nuevos edificios.

Sin duda, estos cambios normativos tendrán una afectación directa sobre las características y fisonomía de los propios edificios, así como también implicarán cambios de modelo en el propio sector de la edificación. En el proceso de diseño de los nuevos inmuebles, la figura del asesor energético deberá tener un rol principal.

Desde el CEEC emplazan al sector a trabajar con previsión y adelantarse a los cambios ya que “pese a que la población cada vez está más concienciada y, por tanto, aprecia que los edificios sean energéticamente eficientes, los promotores tanto públicos como privados han de prepararse ante unos cambios normativos inminentes si quieren aprovechar las grandes oportunidades que pueden conllevar”. La edificación eficiente no sólo aporta un innegable valor añadido, sino que se convertirá en una herramienta muy valiosa para combatir la pobreza energética, así como el cambio climático.
 

ANTECEDENTES 22 de marzo de 2018 
 
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ACTUALIZACIÓN DEL DOCUMENTO BÁSICO DE AHORRO DE ENERGÍA DB-HE DEL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN PARA ADAPTARLO A LA DIRECTIVA EUROPEA 2010/31/UE
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A finales de este 2018 se aprobará una nueva actualización del Documento Básico de Ahorro de energía DB-HE del Código Técnico de la Edificación para adaptarlo a la directiva europea 2010/31/UE. Supondrá un aumento de los requisitos mínimos de eficiencia energética de los edificios. Recoge también que la revisión de la normativa a partir de ahora deberá realizarse de forma periódica y en función del progreso técnico. La nueva actualización definirá igualmente los edificios de consumo de energía casi nulo (nZEB). Aunque con el nuevo CTE-HE seguiremos estando lejos de los requisitos normativos térmicos europeos, puede contribuir a que aumente la rehabilitación. Desde hace meses se viene trabajando en esta modificación y hace unos días se ha abierto plazo de “consulta pública previa” sobre la iniciativa de un nuevo Proyecto de Real Decreto para la modificación del Código Técnico de la Edificación (CTE), con el objeto de recabar la opinión de los agentes afectados por la futura norma.

Se pretende adaptar el Código Técnico de la Edificación a lo dispuesto en la Directiva 2010/31/UE de eficiencia energética de los edificios, que establece la obligación de revisar y actualizar los requisitos mínimos de eficiencia energética periódicamente, a intervalos no superiores a cinco años con el fin de adaptarlos a los avances técnicos del sector de la construcción.
Por otro lado, se pretende introducir medidas para la protección de las personas frente a la exposición a gas radón en el interior de los edificios, de acuerdo con las obligaciones impuestas por la Directiva 2013/59/EURATOM.
NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE SU APROBACIÓN
La necesidad de tramitación de este proyecto de Real Decreto obedece al cumplimiento de la normativa comunitaria.
OBJETIVOS DE LA NORMA
Los objetivos básicos del proyecto de Real Decreto son:
• La modificación de la Parte I del Código Técnico de la Edificación para incluir la exigencia básica de protección contra el radón en recintos cerrados de los edificios, así como de modificación del Documento Básico DB HS de Salubridad, incorporando una nueva sección en la que se desarrollen los requisitos técnicos que deberán cumplir los edificios para satisfacer esta nueva exigencia. 
• La revisión del Documento Básico DBHE de ahorro de energía, para ajustar las exigencias reglamentarias de eficiencia energética de los edificios, para actualizar la definición de edificios de consumo de energía casi nulo de cara a su aplicación obligatoria en 2018 para los edificios nuevos de la administración y, a más tardar, en 2020 para todos los edificios nuevos, y para incrementar el peso de las energías procedentes de fuentes renovables en la edificación.
La modificación incluye la revisión del Documento Básico DBHE de Ahorro de Energía, para ajustar las exigencias de eficiencia energética de los edificios, para actualizar la definición de edificios de consumo de energía casi nulo y para incrementar el peso de las energías renovables en la edificación.
Se busca una mayor coordinación en materia energética (RITE, CTE) y cómo se ha superado la época de una única herramienta para elaborar el informe de Certificación Energética de los edificios.
El objetivo de esta modificación es dar cumplimiento a la obligación que marca la Directiva 2010/31/EU de revisar y actualizar los requisitos mínimos de eficiencia energética periódicamente, a intervalos no superiores a cinco años con el fin de adaptarlos a los avances técnicos del sector de la construcción. Según esta misma el 1 de enero de 2019 los edificios han de ser de energía casi cero, término que hasta ahora sólo se ha definido momentáneamente. Los objetivos de la revisión son reducir los consumos y las emisiones, una actualización (ya real) de los edificios de energía casi nula, adaptar la reglamentación al marco europeo (cuestión que se ha retrasado), avanzar en el carácter prestacional e incrementar el uso de las energías renovables.
Uno de los elementos del nuevo CTE será contar con indicadores de eficiencia energética fiables y que sólo precisen ajustes menores a futuro. Estos indicadores siguen el mandato 480 y tendrán en cuenta las necesidades energéticas/ la demanda, el consumo de energía primaria y renovable o el ratio NZEB para al final reducir la energía final; de esta forma ninguna mejora “competirá” con el aislamiento térmico. Se va a fomentar el uso de renovables, como por ejemplo en el origen de la producción del Agua Caliente Sanitaria; la demanda se considerará un factor fijo y la aportación de renovables la máxima (con neutralidad en cuanto al tipo de fuente –solar, biomasa, geotermia,…-).
MODIFICACIÓN DE LOS DOCUMENTOS BÁSICOS DB-HE "AHORRO DE ENERGÍA" Y DB-HS "SALUBRIDAD" DEL CTE.
El pasado viernes 23 de junio de 2017 se publicó en el BOE la “Orden FOM/588/2017, de 15 de junio, por la que se modifican el Documento Básico DB-HE "Ahorro de energía" y el Documento Básico DB-HS "Salubridad", del Código Técnico de la Edificación.
Esta modificación de los Documentos Básicos DB-HE y DB-HS del CTE, viene derivada de la necesidad de trasponer a la normativa nacional lo dispuesto en la Directiva 2010/31/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 19 de mayo de 2010 de eficiencia energética de los edificios, así como adpatar el procedimiento para la certificación energética de edificios definido en el Documento Reconocido “Condiciones técnicas de los procedimientos para la evaluación de la eficiencia energética de los edificios”. 

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