El Departamento
de Medio Ambiente explicó que la modificación del Plan Sectorial
de Actividades Económicas y Equipamientos Comerciales “viene obligada
por la sentencia del Tribunal Supremo -de 2015- que, a instancias de dos
empresas del sector, anuló las limitaciones que introducía
a la creación o ampliación de grandes superficies comerciales
centros urbanos, por considerar que eran contrarias a la libertad de establecimiento
de servicios consagrada por la norma europea conocida como directiva Bolkestein.
Las restricciones se basaban en la incidencia negativa que los grandes
centros comerciales periféricos (de más de 15.000 m2 de explanada
y una superficie edificada de 5.000 m2) tienen en el modelo funcional de
nuestros pueblos y ciudades. Sin embargo, el Tribunal Supremo estimó
en su sentencia que las auténticas razones para imponer esas restricciones
eran exclusivamente económicas y mercantiles”.
Para hacer
cumplir este fallo judicial, la revisión parcial del Plan Territorial
Sectorial (PTS) se ha propuesto conjugar la ordenación de la actividad
comercial actual y futura de acuerdo a criterios basados en la distribución
de la población en Euskadi y en “un desarrollo urbano medioambiental,
social y económicamente sostenible”.
La propuesta
que ahora se somete a la opinión de los organismos afectados plantea
que las grandes superficies comerciales se sitúen preferentemente
dentro de las tramas urbanas o en zonas destinadas a actividades económicas,
Se limitará también la ampliación de los centros comerciales
actuales, excepto para su necesaria rehabilitación. Además
se señala que los nuevos grandes centros comerciales no podrán
requerir la construcción de nuevas redes viarias.
El departamento
que dirige Iñaki Arriola recuerda que las Directrices de Ordenación
del Territorio (DOT), que también están actualmente en revisión,
“ya marcan las pautas que han de dirigir la Planificación Sectorial
en este ámbito”. En este sentido, “se recoge expresamente que resulta
fundamental realizar una reflexión sobre los impactos producidos
por las grandes superficies comerciales situadas en el extrarradio de los
núcleos urbanos, tanto en lo que se refiere a la ocupación
de suelo como a los desplazamientos generados por los mismos, fundamentalmente
vinculados al uso del vehículo privado. En consecuencia, se recoge
la directriz de promover la vida urbana de nuestras poblaciones, priorizando
el comercio urbano y estableciendo por esas razones limitaciones a los
equipamientos comerciales ubicados en la periferia”.
PLAN TERRITORIAL
SECTORIAL (PTS) DE CREACIÓN PÚBLICA DE SUELO PARA ACTIVIDADES
ECONÓMICAS Y DE EQUIPAMIENTOS COMERCIALES DE 2004
Este PTS ha
sido modificado para hacer frente a la decisión del Tribunal Supremo
en 2015 de anular determinados contenidos de su articulado, en una sentencia
en la que dio la razón a la propietaria del centro comercial Garbera
en Donostia en su intención de extender su superficie.
Así,
este tribunal se mostró contrario a las restricciones contenidas
en este texto para el establecimiento de nuevos grandes centros comerciales
y para la ampliación de los existentes en función de su tamaño,
por considerar que eran contrarias a la libertad de establecimiento de
servicios recogida en la norma europea conocida como directiva Bolkestein.
El Gobierno
vasco argumentaba que estas limitaciones tenían su base en la incidencia
negativa que los grandes centros comerciales periféricos tienen
en el modelo de los pueblos y ciudades vascos, en los que defendía
un reparto equilibrado de la actividad terciaria y el comercio de proximidad.
Sin embargo,
el Tribunal Supremo estimó en su sentencia que las auténticas
razones del Ejecutivo vasco para imponerlas eran exclusivamente económicas
y mercantiles y que, por tanto, chocaban con la directiva europea.
Para hacer
cumplir este fallo, la revisión parcial del PTS se ha llevado a
cabo con el propósito de conjugar la ordenación de la actividad
comercial presente y futura de acuerdo a criterios basados en "un desarrollo
urbano medioambiental, social y económicamente sostenible".
Fuentes del
Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda
han explicado a Efe que el texto modificado mantiene las restricciones
del original, pero introduce cambios en los motivos para dichas limitaciones.
De este modo,
ya no se hace referencia a la afección que estos espacios pueden
tener en el pequeño comercio, sino que se argumentan "razones de
impacto medioambiental y de planificación del territorio" por motivos
relacionados con la ocupación del suelo, con las redes de comunicación
y con el transporte sostenible.
El consejero
de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda, Iñaki
Arriola, ha remitido hoy el texto de la modificación propuesta a
todos los municipios, a las tres diputaciones, a Eudel y a las distintas
asociaciones representativas del sector comercial.
Todas estas
entidades tienen de plazo hasta el 31 de marzo para presentar sus propuestas
y sugerencias de mejora.
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