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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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10 de abril de 2017
 
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LA NUEVA LEY DEL SUELO DE MADRID COPIA LA AMNISTÍA URBANÍSTICA DE ANDALUCÍA
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  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre los efectos de la nueva Ley del suelo de Madrid respecto a las urbanizaciones ilegales existentes en los pequeños pueblos madrileños.
Como previo paso a la legalización de las urbanizaciones ilegales a través del planeamiento municipal y tras los informes favorables de Medio Ambiente, se costeará la instalación de servicios y suministros para después reparcelar y urbanizar. Es decir, se trata de una amnistía urbanística. La nueva ley del suelo de Madrid concederá una amnistía urbanística generalizada al pretender normalizar los denominados asentamientos no regularizados, es decir, legitimar ilegalidades sin exigir las cesiones que tuvieron que hacer otros. Además, se prevén usos excesivos del suelo urbanizable protegido, legalizando de facto cualquier actividad, incluso las que están ilegalmente en zonas catalogadas de alto valor ambiental. Según el actual Plan de Actuación en Materia de Disciplina Urbanística de Madrid, el correcto desarrollo de la actividad urbanística supone una gestión del territorio ordenada tanto en su aspecto jurídico como material; en consecuencia, la acción edificatoria y urbanizadora debe desarrollarse en concordancia con el planeamiento previamente aprobado; ello precisa (además de la responsabilidad de los agentes privados) del ejercicio reglado de las consiguientes acciones de control y disciplina por parte de la Administración. La disciplina urbanística se entiende no como un simple mecanismo sancionador, sino también como una actividad preventiva, consecuencia lógica de la ordenación del territorio y de la necesidad de la correcta ejecución del planeamiento.

La nueva Ley del Suelo que de Madrid incluye una amnistía para regularizar un centenar de asentamientos ilegales en municipios de la Comunidad; unas edificaciones que se llevan tratando de regularizar en los planes urbanísticos de los ayuntamientos correspondientes desde los años 80. Se trata de urbanizaciones que nacieron en terrenos rurales y en las que los propietarios construyeron primero casetas, y posteriormente hasta chalets, sin autorización de los consistorios, ya que estaban en parcelas no urbanizables. Son edificaciones que no cuentan con instalaciones de servicios –agua, luz, alcantarillado–, ni viales. Sus propietarios toman el suministro de pozos, utilizan depósitos sanitarios para sus desechos y llevan más de treinta años incumpliendo la legalidad urbanística.

Se trata de situaciones similares a las de la Cañada Real Galiana –que en este caso cuenta con ley propia y, por lo tanto, está fuera de este proceso de regularización–, que se trataron de reparar en la Ley 9/1985 de la Comunidad para el tratamiento de actuaciones urbanísticas ilegales. En dicha norma se creó un procedimiento de legalización que, según explica José Tortosa, director general de Urbanismo del Gobierno regional, «fue un fracaso debido a su complejidad». Es por ello que el gobierno de Madrid ha elaborado ahora un nuevo itinerario para poder integrar en los planes generales de ordenación urbana (PGOU) este tipo de asentamientos ilegales, siempre y cuando no incumplan la normativa medioambiental.

De este modo y a iniciativa de los propietarios de estas urbanizaciones irregulares, la Comunidad facilitará con los ayuntamientos el camino a la legalización. Una vez realizada la solicitud, desde la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio se estudiará la casuística y se realizarán informes sectoriales para ver si es posible la regularización. Si todo está en orden y mientras el ayuntamiento competente elabora un Plan Especial para incluir los terrenos en el PGOU, la Comunidad de Madrid proporcionará lo que Tortosa calificó de «urbanización blanda», con los servicios mínimos de agua, luz, saneamiento y viales. «Como previo paso a la legalización a través del planeamiento municipal y tras los informes favorables de Medio Ambiente, se costeará la instalación de servicios y suministros para después reparcelar y urbanizar», detalló el director general de Urbanismo.

Eso sí, la regularización no está al alcance de todo aquel que quiera construir una casa ilegal. No sólo es necesario pasar por el informe favorable de Medio Ambiente sino que además la norma está dirigida a los asentamientos preexistentes y no se les permitirá crecer, a menos que sea mediante el procedimiento habitual de modificación del PGOU. Y es que el origen de estos terrenos está en la rápida prescripción de la falta urbanística, apenas cuatro años, y el coste de la restauración –habitualmente por demolición– para los consistorios, que suponían un elevado gasto para las arcas municipales.

Para evitar más asentamientos de este tipo, la nueva Ley del Suelo amplía el plazo de prescripción de estas infracciones hasta ocho años y se endurece el régimen sancionador. Asimismo, las administraciones tendrán la posibilidad de decomisar cualquier beneficio que se obtenga por la comisión de las infracciones, y, lo más importante, no tendrán que asumir el coste de las actuaciones que tenga que llevar a cabo para restaurar la legalidad urbanística, ya que será el infractor quien deberá pagar por ello. «Los asentamientos ilegales que no se puedan regularizar están condenados a desaparecer, porque no se podrán mejorar ni rehabilitar para alargar su vida útil», advierte Tortosa.

 
ANTECEDENTES

5 de julio de 2016 
 
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AMNISTÍA URBANÍSTICA EN LA REFORMA DE LA LEY DEL SUELO DE ANDALUCÍA 
¿Qué aprendo? 
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del urbanismo de Andalucía y en la guía práctica inmoley.com de la inspección urbanística y viviendas ilegales. La Comisión de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio del Parlamento andaluz ha aprobado las enmiendas a la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) propuestas por las asociaciones de propietarios de viviendas irregulares. Tras la tramitación de la modificación de la LOUA, permitirán regularizar miles de casas levantadas en parcelaciones (varias construcciones en una parcela urbanística). La Comisión también ha aprobado la enmienda que establece que las viviendas irregulares puedan disponer, siempre que cumplan una serie de requisitos, de suministros básicos como luz y agua durante un periodo provisional de dos años mientras se produce su regularización definitiva. La enmienda referida a las parcelaciones supone que se podrá regularizar aquella vivienda que ha sido levantada sobre una superficie cuya finca fue segregada sin que urbanísticamente estuviese permitido.  
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Tras pasar el trámite de la Comisión, la previsión es que la Cámara andaluza apruebe estas modificaciones al texto legal en la sesión de este mes de julio, tal y como preveían los afectados.
Los parlamentarios andaluces también dieron su visto bueno a la modificación de la Disposición Transitoria Única de la LOUA que, en su actual redacción, deja fuera a los propietarios de viviendas donde ya había recaído una resolución administrativa desfavorable. El nuevo texto abre una puerta a una revisión, revocación o anulación de la referida resolución administrativa.
Se podrán emitir licencias provisionales con el objetivo de que las casas tengan agua o saneamientos sin necesidad de que todo esté concluido pero con una condicionalidad concreta. La ley establecerá que esos permisos no pueden ser indefinidos y que los municipios que los expidan tienen que garantizar que, junto al agua, va la legalización completa de las inversiones. 
Se van a establecer estándares de legalización más asequibles sin que sea necesario que una parcelación disponga de los mismos elementos constructivos (aceras, tuberías, carriles bici, etcétera) que un barrio normal. 
La nueva norma modifica también todo el proceso ambiental para modificar los planes generales de ordenación urbana, en un proceso iniciado por el Gobierno andaluz por simplificar los trámites que se exigen.
En la práctica se trata de dar entrada a más Asimilados Fuera de Ordenación (AFO) y dar solución a los planes parciales paralizados en la Gerencia de Urbanismo, por las condiciones  en la LOUA.
En la práctica se van a legalizar suelos no urbanizables y urbanizables. En los suelos urbanizables donde hay plan parcial y proyectos de urbanización se puede llegar a un 40% de agilizar toda la tramitación.
Solamente en Córdoba hay un total de 87 ámbitos que ocupan unas 1.700 hectáreas, en las que se contabilizan unas 4.610 edificaciones.  


 
 
 
 
 

 

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