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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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26 de julio de 2016
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©
EL GOLF INMOBILIARIO EN LA NUEVA LEY DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL DE LAS ISLAS BALEARES
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del golf inmobiliario, guía del impacto medioambiental y en la guía del urbanismo de Baleares. La Ley 9/2010, de 27 de julio, de declaración de interés autonómico de la construcción del campo de golf de Son Bosc, derogaba un acuerdo del Consejo de Gobierno de inicio del procedimiento de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de s’Albufera, y lo hacía respecto de una finca registral concreta. La Ley de evaluación de impacto ambiental que ha aprobado  el Parlamento deroga y sustituye la actual, del año 2006 y que ha sido profusamente modificada. Es un instrumento fundamental para la protección del medio ambiente, el bienestar ciudadano y la salud, de manera compatible con el desarrollo económico y social. El cambio de normativa, que tendrá que cumplir cualquier proyecto que afecte el medio ambiente, viene motivado por la obligación de adaptarse a la legislación estatal modificada en el 2013, y aporta seguridad jurídica, transparencia y participación, con la consideración de que la información pública no es únicamente un trámite sino un aspecto esencial, hecho por el cual incorpora los medios electrónicos como manera habitual de comunicación. En este sentido, los proyectos se tienen que publicar íntegramente a la web corporativa.
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En la medida en que permiten la regulación básica y la complejidad de la materia, la Ley procura simplificar la tramitación sin perder el rigor y la exigencia en la preservación ambiental, por ejemplo excluyendo de la autorización administrativa preceptiva de la Administración hidráulica una serie de obras y actuaciones menores o simplificando la tramitación de los proyectos de la Red Natura 2000 en los casos en los que no repercutan de manera apreciable sobre los espacios.
 
Además, se faculta al Consejo de Gobierno para proteger espacios sin tener que contar con el visto bueno del 50% de los propietarios y obliga al Estado a consultar al órgano ambiental, la Comisión de Medio Ambiente de las Islas Baleares, cuando los proyectos que evalúe afecten a la comunidad autónoma, que tendrá que emitir un informe que será preceptivo.
 
La Ley consta de seis títulos, incluido el preliminar, una disposición transitoria, una disposición derogatoria, cinco disposiciones finales y cuatro anexos.
 
La disposición final segunda modifica la Ley para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO), y actualiza las regulaciones de uso público de los espacios de relevancia ambiental, procurando hacerlos compatibles con el acceso al medio natural, en concreto del uso de caminos existentes para acceder en la costa. La Ley cumple también un acuerdo unánime del Parlamento de las Islas Baleares sobre la necesidad de regular y controlar la actividad conocida como party-boats.

GOLF INMOBILIARIO
 
Son Bosc volverá a formar parte del Parque Natural de s’Albufera de Mallorca  

El consejero Vicenç Vidal anuncia en Parlamento la ampliación del Parque al derogar, por medio de la Ley de evaluación de impacto ambiental, la normativa que tenía como único objeto hacer un campo de golf en la finca  

Son Bosc volverá a formar parte del Parque Natural de s’Albufera de Mallorca después de que el Parlamento haya dado el visto bueno a la Ley de evaluación de impacto ambiental, la cual contiene una disposición derogatoria de la norma que tenía como único objeto hacer un campo de golf en esta finca. Se cumplen así las recomendaciones de la Misión de Asesoramiento del Convenio Ramsar de 25 de febrero de 2011, que lo indicaba explícitamente, y también las sentencias que han cuestionado la constitucionalidad de esta normativa.
 
Así lo ha anunciado en el Parlamento el consejero de Medio Ambiente, Agricultura y Pesca, Vicenç Vidal, que ha expresado su “satisfacción, tanto personal como institucional”, por la derogación de la Ley que permitirá que Son Bosc retorne al Parque Natural de s’Albufera, del cual formó parte durante unos meses entre los años 2003 y 2004.
 
La Ley 9/2010, de 27 de julio, de declaración de interés autonómico de la construcción del campo de golf de Son Bosc, derogaba un acuerdo del Consejo de Gobierno de inicio del procedimiento de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de s’Albufera, y lo hacía respecto de una finca registral concreta. “Legislación a la carta de la más grosera”, ha concluido al consejero.
 
Según Vidal, además del carácter anómalo de una ley específica para una iniciativa privada en un espacio de alto interés, Ramsar indicaba que la zona de Son Bosc es parte integral del ecosistema de s’Albufera, y recomendaba “ampliar los límites del lugar Ramsar para incluir Son Bosc y recoger la posibilidad de que la ampliación se incluya dentro del Parque Natural de s’Albufera de Mallorca”. En la misma línea, apuntaba que “el nuevo PORN que se tendrá que aprobar para s'Albufera debería incluir la zona de Son Bosc, específicamente excluida del inicio del PORN por la Ley 9/2010, de 27 de julio”

“Cumplimos así las recomendaciones de Ramsar respecto de la zona húmeda de importancia internacional de s’Albufera de Mallorca, atendiendo también las consideraciones del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares,” ha añadido el consejero Vidal, que ha recordado que el anterior Pacto de Progreso consiguió la ampliación de la Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) de s’Albufera de Mallorca, que se adoptó por medio de un Acuerdo del Consejo de Gobierno el 25 de febrero de 2011. Una decisión basada en informes técnicos reiterados sobre la importancia de la zona de Son Bosc por la existencia de aves que figuran en el anexo I de la Directiva de aves.
 
Por eso, la aprobación de la Ley de evaluación de impacto ambiental representa también el inicio de la revisión del PORN del Parque Natural de s’Albufera, que como mínimo se ampliará hasta Son Bosc, añadiendo 10 hectáreas a las 1.646,48 existentes.

DEBATE PARLAMENTARIO.

Para el debate del plenario, los grupos han mantenido 'vivas' 37 enmiendas, de las cuales se han aprobado solo dos que pertenecían a Podemos, que han sido transaccionadas.

La nueva ley, que sustituye la actual, que data de 2006, ha sido aprobada con los votos en contra del PP a la mayoría de artículos y disposiciones.

Del mismo modo, ha quedado aprobada también la prórroga de la moratoria del alcantarillado en suelo urbano que establece un calendario de actuación, a fin de que en un plazo máximo de siete años todas las urbanizaciones viviendas ya construidas en Baleares dispongan de este servicio.

Podemos y la diputada de Gent per Formentera, Silvia Tur, han votado en contra de la disposición final, que recoge la enmienda presentada por El Pi. Todos los demás grupos han votado a favor.

PP: "DESPROTEGE E INCREMENTA LA BUROCRACIA"

Desde el PP, el diputado Gabriel Company ha lamentado que la nueva Ley "no protege más el medio ambiente", y ha censurado que "invade las propiedades privadas mediante la imposición".

Con todo, Company la criticado que se modifique la Ley para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (LECO), mediante una disposición final, cuando, en su opinión, "es lo suficientemente importante como para tratarla de forma exclusiva".

Por su parte, la parlamentaria de Més per Mallorca Joana Aina Campomar ha rechazado las críticas del PP y le ha recordado que algunos de los proyectos aprobados por ellos son "una muestra clara de urbanismo a la carta".

MORATORIA DE LA RED DE ALCANTARILLADO

Así, desde Podemos, el diputado David Martínez, ha mostrado el rechazo de su grupo a la enmienda presentada por el PI para prorrogar la moratoria del alcantarillado porque es "una solución consensuada con prisas, sin ser debatida ni estudiada en profundidad", ha alegado.

"No estamos seguros sobre su eficacia y sólo da pie a conceder más licencias en suelo urbano sin red de alcantarillado", ha apuntado al respecto.

La nueva normativa amplia la prohibición de la actividad de los 'party boats' en todos los espacios naturales del litoral balear.

Hasta ahora la prohibición estaba vigente en el ámbito del Parque Natural de ses Salines de Ibiza y Formentera.

Además, el texto legislativo excluye de la autorización administrativa preceptiva de la Administración hidráulica una serie de obras y actuaciones menores o simplifica la tramitación de los proyectos de la Red Natura 2000 en los casos que no repercutan de forma apreciable sobre los espacios.

El título preliminar, además de establecer el objeto y el alcance de la Ley, también recoge, en las finalidades de la norma, los principios de derecho internacional, europeo y de la legislación básica, porque se ha considerado oportuno reproducirlos al principio de la ley, junto con los principios de cooperación interadministrativa.

El título I confirma la Comisión de Medio Ambiente de Baleares (Cmaib) como el órgano ambiental de la Comunidad Autónoma, precisa su estructura en órganos e introduce la novedad del carácter público de las sesiones del Pleno.

El título II regula estrictamente los procedimientos de evaluación ambiental.

En la documentación de los estudios de impacto ambiental se ha incluido, además del contenido mínimo que establece la Ley básica, un anexo de incidencia paisajística, teniendo presente tanto el activo que representa el paisaje en Baleares como la vigencia del Convenio europeo del paisaje.

El título III regula de forma específica la consulta preceptiva al órgano ambiental de la Comunidad Autónoma en los planes, programas y proyectos que tiene que evaluar la Administración general del Estado, y establece la nulidad de las evaluaciones estatales sin haber consultado a la Cmaib en los casos que sea preceptivo.

El título IV trata sobre la evaluación de las repercusiones en los espacios Red Natura 2000, y el título V regula unas materias primordiales en la evaluación ambiental pero que a menudo son descuidadas en la práctica: el seguimiento de los procedimientos ambientales, la protección de la legalidad ambiental, el restablecimiento del orden jurídico perturbado y el régimen sancionador.

Se derogan las excepciones sobre evaluación ambiental dispersas en normativa sectorial, tanto para evitar puntos de fuga como para reunir la regulación en una sola ley de referencia, por seguridad jurídica.

Asimismo, se aprovecha la ocasión para derogar la ley para hacer un campo de golf en Son Bosc para cumplir las recomendaciones de la Misión de Asesoramiento del Convenio de Ramsar de 25 de febrero de 2011, que lo indicaba explícitamente, así como las sentencias que han cuestionado la constitucionalidad de esta ley.

La disposición final segunda modifica LECO, en congruencia con el articulado, y recoge unas modificaciones de actualización de las regulaciones de uso público de los espacios de relevancia ambiental, motivada por la necesidad de atender el incremento de presión que sufren y las nuevas demandas de usos, así como un ajuste de los usos públicos a la realidad de los requerimientos de conservación, para hacerlos compatibles con el acceso al medio natural, en concreto del uso de caminos existentes para acceder a la costa.
 


 
 
 
 
 

 

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