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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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20 de julio de 2016
 
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CANARIAS SE LIBRA DE LAS INDEMNIZACIONES URBANÍSTICAS POR LA MORATORIA TURÍSTICA 
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del urbanismo de Canarias. Los empresarios, que recurrieron la decisión del Ejecutivo canario de no recalificar suelo turístico en rústico, reclaman un total de 167 millones de euros en ocho demandas, pero de momento el gobierno canaria no tendrá que indemnizar porque el Tribunal Supremo ha dictado que el mero hecho de que un terreno haya sido clasificado como urbanizable no supone la automática patrimonialización de los aprovechamientos que la ordenación urbanística. Esto supone que sólo cabe indemnizar la pérdida de aquellos aprovechamientos que ya hayan sido realmente patrimonializados.
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El Gobierno canario no tendrá que indemnizar al grupo Anfi por los perjuicios que esta empresa decía haber sufrido como consecuencia de las moratorias turísticas de 2001 y 2003, a las que culpaba de no haber podido desarrollar por completo sus planes para Tauro (Gran Canaria).

En esos dos años, el Gobierno de Canarias, primero, y el Parlamento autonómico, después, decidieron suspender la aprobación de planes parciales y la concesión de licencias, con el propósito de replantearse el crecimiento que estaba experimentando el sector turístico en las islas y su impacto sobre el medio ambiente.

La empresa Anfi Tauro sostenía que esas normas, que dieron forma a la llamada moratoria turística, eran responsables de que no hubiera podido completar sus planes de construcción en el sur de Gran Canaria, lo que le habría producido, según sus argumentos, un importante perjuicio económico por pérdida de derechos.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ya había contestado a la empresa hace dos años que la congelación de sus planes en Tauro no era imputable a la moratoria turística, sino a que estos devinieron ilegales al ser anuladas las normas subsidiarias que regían el urbanismo en Mogán desde el año 1988.

El Supremo refrenda el criterio del TSJC al respecto y subraya que el mero hecho de que un terreno "haya sido clasificado como urbanizable no supone la automática patrimonialización de los aprovechamientos que la ordenación urbanística añade a tal contenido", sino que solo cabe indemnizar la pérdida de aquellos aprovechamientos que ya hayan sido realmente patrimonializados.

Y ello exige, añade su sentencia, que el plan haya llegado a su "fase final" y el afectado haya "participado en el proceso urbanizador, a través del cumplimiento de los correspondientes deberes y cargas urbanísticas", de acuerdo a lo previsto en el texto refundido de la Ley del Suelo de 2008.

Sin haber cumplido esos pasos, continúa, los "derechos" que la empresa esgrime "no pasan de ser meras expectativas".

El Supremo defiende que "no ha sido el bloque de legislación de la moratoria turística el causante de la falta de desarrollo de la actuación urbanizadora" por parte de Anfi en Tauro, como demuestra lo ocurrido después de que el Parlamento de Canarias le otorgara en 2007 la condición de proyecto de interés general y habilitara a la empresa a construir 1.681 plazas alojativas en esa zona.

La sentencia subraya que, pese a esa declaración de interés general, que le permitía sortear las restricciones de la moratoria, Anfi no ha culminado esas plazas en Tauro.

"En tanto que ese proyecto habría de servirse de la actuación urbanizadora que se dice afectada por la moratoria turística, se demuestra que al no continuar adelante con el mismo es porque existen otras razones para demorar la actuación urbanizadora, que no son el denominado bloque de legislación de la moratoria turística", argumenta el magistrado ponente, Rafael Toledano, de la Sala de lo Contencioso Administrativo.

Anfi Tauro dirigía su reclamación en este litigio no solo contra el Gobierno de Canarias, sino también contra el Cabildo de Gran Canaria y el Ayuntamiento de Mogán.

 
ANTECEDENTES

13 de enero de 2016 

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UNA NUEVA LEY DEL SUELO DE CANARIAS PARA RECALIFICAR Y NO TENER QUE INDEMNIZAR 
¿Qué aprendo? 
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del urbanismo de Canarias. El gobierno canario ha preparado un anteproyecto de ley que reformará algunos aspecto de la ley del suelo de Canarias, se pretende simplificar toda la ordenación territorial, pero incluyendo los suelos calificados para el uso turístico. De esta forma se podrían recoger los problemas de recalificación que contenía el artículo 17 de la Ley de Medidas Urgentes de 2009.  La ley, en su artículo 17, estableció la posibilidad de reclasificar parcelas a suelo rústico con la posibilidad de evaluar las indemnizaciones por los aprovechamientos edificatorios congelados. Ahora el Supremo "abre una vía peligrosa" a los particulares para solicitar esas indemnizaciones por el "contenido" del artículo 17 y por la "incapacidad" del Ejecutivo para gestionar el mismo. Los empresarios, que recurrieron la decisión del Ejecutivo canario de no recalificar suelo turístico en rústico, reclaman un total de 167 millones de euros en ocho demandas. Ahora, el Gobierno prepara una vía legal para evitar pagar a estos empresarios a través de una Ley. Respecto a la sentencia del Tribunal Constitucional que anuló la prohibición de construir hoteles que no fueran de cinco estrellas, el presidente aseguró ser partidario de que las limitaciones del crecimiento urbanístico se deben regir por “otro tipo de instrumentos” y no por la calificación de los hoteles por estrellas. 
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El gobierno canario ha preparado un anteproyecto de ley que reformará algunos aspectos de la ley del suelo de Canarias que simplificará los trámites de planeamiento urbanístico, "desgranará competencias hacia los ayuntamientos y los cabildos" y respetará el medioambiente, según ha anunciado el presidente canario, Fernando Clavijo.
Esa nueva ley, cuyo articulado se conocerá a finales de enero y se someterá al debate de los diversos sectores, tratará de "desgranar las competencias hacia los cabildos y ayuntamientos" y evitar "la duplicidad o bicefalia" por la que actualmente un cabildo propone y es la comunidad autónoma la que finalmente aprueba, ha considerado Clavijo.
La intención es que la norma sea "lo más simple y lo más segura posible", además de respetar el medio ambiente, ha asegurado el presidente canario durante una rueda de prensa en la que ha anunciado los objetivos de su gobierno para el próximo semestre.
"En ningún caso va a ser una ley que vaya a consumir más suelo. Todo lo contrario, lo que va a hacer a ordenar, simplificar y dar seguridad al suelo que está clasificado", ha dicho Clavijo.
LA MORATORIA TURÍSTICA
El presidente del Gobierno canario, Fernando Clavijo, afirmó que "está por ver" que los empresarios tengan derecho a indemnizaciones económicas tras las sentencias del Tribunal Supremo relacionadas con la segunda moratoria turística. "Los fallos judiciales no les reconoce ningún tipo de derecho indemnizatorio a los recurrentes", añadió.
Varias sentencias del Supremo favorecen a las empresas que recurrieron la negativa del Gobierno a recalificar suelo turístico en rústico para luego ser indemnizadas, tal y como recogía el artículo 17 de la Ley de Medidas Urgentes de 2009. Hasta el momento, los empresarios que han ganado los recursos elevan los supuestos derechos a 167 millones de euros en ocho demandas.
El Ejecutivo prepara su respuesta legal a estas reclamaciones para evitar pagar mediante una ley que se aprobará en el Parlamento. Clavijo puntualizó que "los fallos reconocen a las empresas el derecho de los promotores a la tramitación de los planes parciales y, a partir de ahí, ya se verá si tienen derecho o no a indemnizaciones, con lo cual queda mucho por ver".
EL PROBLEMA DE LAS SENTENCIAS
El Gobierno de Canarias está analizando las primeras sentencias del Tribunal Supremo (TS) que le obligan a iniciar los trámites para indemnizar al Grupo Lopesan por las limitaciones impuestas a sus proyectos turísticos en Gran Canaria y Fuerteventura. Sobre la mesa de los servicios jurídicos regionales hay dos opciones: devolver los derechos de los terrenos afectados por la segunda moratoria o afrontar las compensaciones económicas previstas en la Ley de Medidas Urgentes sobre la Ordenación del Turismo.
La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TS, con el voto particular del magistrado José Juan Suay Rincón, ha confirmado cinco sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) que condenan a la Administración a reclasificar el suelo y fijar las indemnizaciones procedentes. Ese procedimiento, que viene regulado en el artículo 17 de la Ley de Medidas Urgentes, establece un mecanismo para resarcir a los propietarios que tengan sus derechos urbanísticos bloqueados por la Ley de Directrices de 2003 (primera moratoria), siempre y cuando se trate de suelo urbano de uso turístico y que esos derechos de edificación estén consolidados.
La fórmula consiste en reclasificar las parcelas como suelo rústico de protección territorial, "con la consecuente indemnización de los aprovechamientos edificatorios congelados por la moratoria", según establece el Supremo al confirmar las sentencias dictadas por la Sala de lo Contencioso del TSJC.
Empresas comoHijos de Francisco López Sánchez SA, Dehesa de Jandía SA y Maspalomas Golf SA han decidido acogerse a la ley para reclamar compensaciones ante la imposibilidad de levantar los hoteles proyectados en el sur de Gran Canaria y Fuerteventura. La indemnización solicitada por esas tres empresas, que están vinculadas al Grupo Lopesan, asciende a 104 millones sin incluir los intereses, según las cinco resoluciones firmes que ratifican los argumentos de la Sala de Canarias.
El TSJC, con el magistrado Javier Varona como ponente, ha fallado a favor de Lopesan y de otras compañías al interpretar que el Gobierno de Canarias aceptaba la petición del empresario para reclasificar su suelo, pues la Administración no respondió en el plazo previsto y los jueces del tribunal canario consideran que ese silencio administrativo es positivo, es decir, favorable a los intereses del demandante. Esa es la opinión mayoritaria del Supremo, con la excepción de Suay, que abogó por estimar el recurso del Gobierno al interpretar que el silencio administrativo tiene efectos negativos.
TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
En relación con la sentencia del Tribunal Constitucional que echó abajo la prohibición de construir hoteles que no fueran de cinco estrellas, Clavijo lo enmarcó en la reforma territorial que quiere desarrollar el Gobierno. En este caso, el jefe del Ejecutivo regional señaló que es partidario de que cualquier limitación del crecimiento turístico no debe ser por la vía de la calificación de los hoteles por estrellas sino con otro tipo de instrumentos urbanísticos.
En este sentido, la nueva Ley del Suelo que promueve el Ejecutivo saldrá a exposición pública a finales de enero y en la misma se pretende simplificar toda la ordenación territorial, incluidos los suelos calificados para el uso turístico. "Interesa que la normativa sea lo más simple y segura posible, que se desgranen las competencias hacia los cabildos y ayuntamientos y que sea respetuosa con el medio ambiente", agregó Clavijo como objetivos de la nueva legislación sobre el territorio. 


 
 
 
 
 

 

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