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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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29 de diciembre de 2016
 
NOTICIA ADAPTADA AL SISTEMA EDUCATIVO inmoley.com DE FORMACIÓN CONTINUA PARA PROFESIONALES INMOBILIARIOS. ©

LA BATALLA JUDICIAL POR EL CENTRO COMERCIAL PUERTO MEDITERRÁNEO DE PATERNA (VALENCIA)
¿Qué aprendo? Convertir conocimiento en valor añadido > Herramienta práctica >Guías prácticas
  • Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre el cómputo de las servidumbres a efectos de esta declaración de impacto medioambiental.
Decíamos recientemente que siempre que los promotores quieren resolver judicialmente un conflicto urbanístico se genera un nivel de inseguridad que no es adecuado para la inversión inmobiliaria. Sin embargo, la posición de Intu Eurofund, la firma promotora del macrocentro comercial y de ocio Puerto Mediterráneo previsto en Paterna, se está reforzando al recibir todos los informes sectoriales a favor salvo el de la Generalitat Valenciana. Por lo tanto, el promotor refuerza su posición judicial. En esta operación hay 800 millones de inversión. El único informe sectorial en contra es la memoria ambiental negativa de la Secretaría Autonómica de Medio Ambiente y por lo tanto es fácil centrar los esfuerzos legales en desacreditarla. Intu se basa una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat, de 2009, que lo contradice.

El Ministerio de Fomento ha emitido un informe favorable al macrocomplejo Puerto Mediterráneo en lo referente a su afección a la Red de Carreteras del Estado, una vez que la promotora, Intu Eurofund, ha subsanado las deficiencias planteadas en abril. Tras la parobación de la Confederación Hidrográfica del Júcar, el proyecto sólo cuenta con un informe desfavorable, de la Dirección General de Movilidad de la Generalitat Valenciana, frente al que Intu se basa una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat, de 2009, que lo contradice.

En este contexto, Intu Eurofund, que ha llevado ante la justicia la resolución de la Generalitat que veta el macrocomplejo, que planteaba una inversión de 863 millones y la creación de 5.900 empleos en la localidad de Paterna, confía en poder reactivarlo.

El informe de Fomento incluye una serie de condiciones -respecto al inicio de las obras, ruido, iluminación y protección medioambiental, entre otras- que la promotora dice que "siempre se hacen al respecto de este tipo de actuaciones urbanísticas".

La compañía ha comunicado que ha interpuesto un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valencia, porque entiende que la resolución "no es conforme a Derecho" y para "defender sus derechos e intereses legítimos como Promotor de la ATE del Proyecto Puerto Mediterráneo". Intu pidió una reunión con el presidente valenciano, Ximo Puig, y con la vicepresidenta, Mónica Oltra, para buscar una salida negociada para el proyecto, pero no ha obtenido respuesta.

La Conselleria de Vivienda y Obras Públicas denegó definitivamente el desarrollo del proyecto sobre la base del informe negativo de la Comisión de Evaluación Ambiental de la Conselleria de Agricultura y Medio Ambiente. Los técnicos de la Conselleria dirigida por María José Salvador se basaron, también, en los "informes sectoriales emitidos y que son de carácter vinculante, como el informe desfavorable del Ministerio de Fomento -ahora revisado- y el de la Subdirección General de Movilidad".

El proyecto, que llevaba en trámites administrativos desde 2011, cuenta con 46 informes favorables, según su promotora, Intu Eurofund. En sus alegaciones a la memoria de la Comisión Ambiental, Intu criticó que emitiese un acuerdo de memoria ambiental "sin atender debidamente ni al contenido de toda la documentación presentada por los promotores, ni a los cerca de 50 informes favorables que se han emitido a lo largo de las dos exposiciones públicas realizadas".

Intu acusa directamente al equipo técnico del informe de "falsedad" en ámbitos como los recursos hídricos, que tienen dos informes a favor de la Confederación Hidrográfica del Júcar, que la Comisión obvia al apuntar que no están garantizados. Lo mismo ocurre respecto a la contaminación ambiental y acústica, así como sobre la disponibilidad de suelo en la zona.

"Respecto del Plan de Actuación Territorial (PAT) de la Huerta al que se hace referencia, no existe ningún plan aprobado actualmente, por lo que es contrario a derecho referirse al mismo", subraya.

El promotor ha presentado una sentencia del Tribunal Superior de Justicia valenciano de 2009, que avala la aplicación del II Plan de carreteras con una delimitación sobre la zona de protección de 50 metros para las vías con una intensidad media diaria superior a 5.000 vehículos al día, que sería el caso de la CV-35. Esta circunstancia invalidaría la exigencia de la Conselleria de una zona de 100 metros y "fue aceptada e informada favorablemente de manera previa" por los órganos correspondientes de la Generalitat, según defiende Intu.

Puerto Mediterráneo sigue el modelo de centro comercial y de ocio de Puerto Venecia, desarrollado por Intu-Eurofund en Zaragoza. Con una superficie de medio millón de metros cuadrados, tendría 300.000 metros de superficie bruta alquilable y espacios destinados al ocio, como una piscina de olas, pista de esquí artificial, instalaciones deportivas, zonas de juegos y áreas ajardinadas.

EL INFORME DEL MINISTERIO DE FOMENTO

El Ministerio de Fomento ha emitido un informe favorable sobre la afección de carreteras de la Actuación Territorial Estratégica (ATE) Puerto Mediterráneo, que contempla un gran centro comercial y de ocio en Paterna (Valencia). 
   
El informe de Fomento establece que, sobre el estudio de tráfico en la conexión de la A-7 y la CV-35, el análisis realizado es \"formalmente correcto\" y los resultados de los datos de tráfico son \"razonables\". Respecto al nuevo trazado geométrico en el enlace de la A-7 y CV-35, indica que se han propuesto mejoras en el diseño actual y que cumplen con los requisitos exigidos. 
   
Así, el Ministerio de Fomento ha propuesto informar favorablemente, en lo referente a la afección a la Red de Carreteras del Estado, sobre el Plan de la Actuación Territorial Estratégica Puerto Mediterráneo, remitido por la promotora Intu Eurofund Valencia. 
   
No obstante, establece una serie de condiciones, como que las actuaciones deberán ser compatibles con el proyecto del Ministerio 'Mejoras funcionales y de seguridad vial y medidas de integración ambiental de la autovía A-7. Enlace con CV-32-Enlace con la A-3, p.k. 486 al p.k. 509'.
   
Asimismo, señala que la propuesta de modificación del enlace informada favorablemente tendrá efectos similares a los contemplados en el artículo 104.9 del Reglamento General de Carreteras en cuanto a la emisión de informe favorable a consultas previas de viabilidad. Por tanto, este informe no ampara el inicio de las obras, para lo que se requiere la autorización de la Dirección General de Carreteras. 
   
Por otra parte, Fomento señala que deberá hacerse constar en el Plan de la ATE Puerto Mediterráneo que para las nuevas construcciones próximas a las carreteras del estado es necesario que, con carácter previo al otorgamiento de licencias de edificación, se lleven a cabo los estudios correspondientes de determinación de los niveles sonoros esperables, así como la obligación de establecer limitaciones a la edificabilidad o de disponer los medios de protección acústica imprescindibles en caso de superarse los umbrales establecidos en la Ley del Ruido. 
   
El estudio de ruido debe contener los correspondientes mapas de isófonas. Los medios de protección acústica que resulten necesarios serán ejecutados por el promotor, previa autorización del Ministerio, y no podrán ocupar terrenos de dominio público. 
   
Otra de las condiciones de la Dirección General de Carreteras es que en el Plan de la ATE deberá hacerse constar la prohibición expresa de instalación de publicidad en cualquier lugar visible desde la zona de dominio público de la carretera fuera de los tramos urbanos que establece la Ley de Carreteras. 
   
Por otro lado, la iluminación a instalar en los desarrollos previstos no deberá producir deslumbramientos al tráfico que circula por la Red de Carreteras del Estado. Asimismo, con respecto a los viales por los que se vayan a construir deberá garantizarse que el tráfico que circula por los mismos no afecte, con su alumbrado, al que se hace por las carreteras del Estado. 
   
Al respecto, si fuera necesario, se instalarán medios antideslumbrantes, que serán ejecutados con cargos los promotores de los sectores, previa autorización del Ministerio de Fomento. 

 
ANTECEDENTES 16 de diciembre de 2016 
 
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LA BATALLA JUDICIAL POR EL CENTRO COMERCIAL PUERTO MEDITERRÁNEO DE PATERNA (VALENCIA)
¿Qué aprendo?
Se analiza en las guías prácticas inmoley.com de Centros comerciales, guía del impacto medioambiental y guía del urbanismo de la Comunidad Valenciana.
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Los alumnos deberán remitir a su tutor un análisis sobre el cómputo de las servidumbres a efectos de esta declaración de impacto medioambiental.
Siempre que los promotores quieren resolver judicialmente un conflicto urbanístico se genera un nivel de inseguridad que no es adecuado para la inversión inmobiliaria. Lo hemos dicho con la operación Chamartín en Madrid, con casos de cooperativas, en múltiples ocasiones, los juicios en materia inmobiliaria son caros, lentos y por lo general los pierden los promotores inmobiliarios porque es muy raro que un juez contraríe a un funcionario urbanístico. Esta es la realidad, ahora está el caso concreto y las fuertes razones que han hecho que Intu Eurofund, la firma promotora del macrocentro comercial y de ocio Puerto Mediterráneo previsto en Paterna, persista en un proyecto en lugar de invertir en otro lado. La primera razón es que es un proyecto de entidad. Hay 800 millones de inversión. Segundo porque la memoria ambiental negativa de la Secretaría Autonómica de Medio Ambiente es la única razón y por lo tanto es fácil centrar los esfuerzos legales en desacreditarla.
 

El marco legal para delimitar la zona de servidumbre del complejo es el II Plan de Carreteras de la Comunitat, y no la Ley de Suelo no Urbanizable estatal en la que se basó la comisión para imponer una distancia de 100 metros junto a la CV-35 -el proyecto contempla justo la mitad-. 
 

En esta línea, Intu Eurofund aporta una sentencia del TSJ relacionada con esta cuestión que considera que les da la razón. Según varios medios, indica que la zona de servidumbre que debe guardarse junto a carreteras como la CV-35 es de un total de 50 metros y no de 100 -como estableció la Generalitat en base a la normativa estatal para emitir la memoria ambiental desfavorable-. Los dos informes negativos restantes fueron uno de la Confederación Hidrográfica del Júcar (CHJ) que ya ha sido revertido por el propio organismo y un tercero de Fomento sobre el que el complejo augura una muy próxima reversión. 

El rechazo formal, sin embargo, se materializó mediante una disposición administrativa de la Conselleria de Vivienda y Obras Públicas, firmada por la titular de esta cartera, la socialista María José Salvador. Contra esta decisión el macrocentro comercial contempla iniciar un nuevo procedimiento contencioso-administrativo, en este caso con una demanda de responsabilidad patrimonial por daños y perjuicios.

Para sustentar esta demanda Intu Eurofund solicitaría un informe pericial para cifrar el daño causado no sólo a la filial promotora del complejo, sino a todo el grupo -Intu Properties cotiza en la Bolsa de Londres. 

  
ANTECEDENTES 6 DE OCTUBRE DE 2016 
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¿POR QUÉ NO SE APRUEBA LA EVALUACIÓN AMBIENTAL NEGATIVA DE PUERTO MEDITERRÁNEO DE PATERNA?  
¿Qué aprendo?  
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del impacto medioambiental y en la guía del urbanismo de la Comunidad Valenciana. La Comisión de Evaluación Ambiental informó de forma desfavorable sobre el proyecto Puerto Mediterráneo, que el grupo Intu pretende desarrollar en Paterna, junto a la autovía CV-35, Valencia. La reacción del promotor no ha tardado en producirse y es contundente. No sería de extrañar que se llegase a los tribunales si la Generalitat se mantiene en su postura. Desde la presidencia de la Generalitat Valenciana no se quiere dar por definitiva la negativa pero si nos ajustamos a las declaraciones del secretario autonómico de Medio Ambiente y Cambio Climático, Julià Álvaro, el problema de accesos a las carreteras CV 35 y CV 31 es determinante, además de la modificación del cauce actual del barranco dEn Dolça. Hemos incluido el comunicado completo del promotor inmobiliario Intu Eurofund sobre el informe de la Comisión de Evaluación Ambiental. Es un buen ejemplo de las controversias que surgen en materia medioambiental y de las reacciones de los promotores a medida que avancen los planes medioambientales anunciados por la Generalitat de la Comunidad Valenciana.  
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Intu Eurofund Valencia SLU, promotora del complejo comercial y de ocio Puerto Mediterráneo, ha cuestionado que la Comisión de Evaluación Ambiental de la Generalitat ha emitido una memoria ambiental desfavorable a la Actuación Territorial Estratégica (ATE) en Paterna (Valencia) "de manera arbitraria, sin justificación técnica y en contra de los Informes técnicos existentes en el expediente". 
 

Así, según ha indicado la empresa promotora en un comunicado, es "falso que no existan argumentos sólidos para concluir que la actuación no promueva un desarrollo sostenible". En esta misma línea, entiende que la Comisión de Evaluación Ambiental ha faltado "al rigor mínimo necesario y preciso que debería tener un órgano colegiado de dicha naturaleza" y ha asegurado que existen 46 informes favorables.

Puerto Mediterráneo pretendía realizar una inversión superior a los 800 millones de euros, que queda ahora paralizada.

Respecto a las cuestiones a las que hace referencia la Comisión de Evaluación Ambiental, ha señalado que en los informes en ningún momento se planteaba "la inviabilidad o inadecuación general de la propuesta viaria, disponiendo simplemente correcciones puntuales en el trazado".

En cuanto a la afección a la red de carreteras de la Generalitat Valenciana, zonas de protección y usos permitidos, en el Informe de 23 de enero de 2013 se establecía que podían tener los usos compatibles previstos en la legislación urbanística y en la de carreteras, siendo evidentemente uno de ellos la laminación y el encauzamiento del Barranco d'Endolça, "por ser de interés público y además no alterar de ninguna forma la seguridad vial".

En este sentido, ha añadido que, tras presentarse la versión preliminar del Plan de la ATE se emitió un informe favorable por parte de la Subdirección General de Infraestructuras públicas y Subdirección General de Planificación, Logística y Seguridad de fecha 15 de octubre de 2014. De igual modo, ha indicado, se ha pronunciado el informe de naturaleza territorial y urbanística de la Subdirección General de Ordenación, Planificación y ATEs, de fecha 17 de abril de 2015.

"Todo lo anterior, evidencia un cambio absoluto por cuestiones de oportunidad y arbitrariedad", lo que supone "una clara desviación de poder y un absoluto desprecio de la seguridad jurídica y la confianza legítima de la Administración", ha subrayado Puerto Mediterráneo.

Asimismo, la empresa ha señalado que se hace referencia a la prolongación de la CV-31, cuando se trata de "una vía urbana y no tiene la consideración o catalogación que se pretende darle máxime cuando no hay ningún instrumento que la haya aprobado como carretera".

Por otro lado, ha destacado que "se está amparando en el informe desfavorable emitido por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento de 17 de junio de 2016 para considerar que las infraestructuras definidas en el proyecto no eran sostenible sobre las infraestructuras estatales".

El promotor de la ATE ha avanzado que va a presentar esta semana una propuesta con las aclaraciones a este tema que afectan "a cuestiones de simple actualización técnica por el traspaso del tiempo" y con el fin de "garantizar la compatibilidad de las actuaciones propuestas con el trazado de las futuras actuaciones previstas por el Ministerio de Fomento".

Por lo que respecta a las consecuencias territoriales y ambientales, el promotor critica que la Generalitat diga que el grado de conurbación del área metropolitana se vería incrementado con la ocupación de gran parte de la única gran bolsa de suelo no urbanizable común del término de Paterna.

Al respecto, la empresa indica que "no existe informe técnico alguno de ningún organismo público" sobre este asunto, por lo que se trata de "la opinión de la propia Comisión de Evaluación Ambiental que nunca había sido puesto de manifiesto con anterioridad y que resulta contraria a derecho que se realice tras cuatro años de tramitación del proyecto".

De hecho, subraya que "los terrenos de la alternativa seleccionada representan un 15 por ciento de suelo no urbanizable común del término municipal", por lo que "en ningún caso se trata de la única bolsa de suelo no urbanizable común del término municipal".

Por otro lado, se aduce por la Comisión como un supuesto argumento más, que entiende que se sobrepasan los parámetros de "sellado" de suelo contemplados en la Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana (ETCV) para cada municipio.

Sin embargo, Intu Eurofund Valencia ha dicho que este argumento "nunca ha sido puesto de manifiesto a lo largo de la tramitación del expediente de la ATE". Además, ha dicho que la ETCV "no es de aplicación a este caso concreto, al tratarse de una Actuación Territorial Estratégica".

También ha subrayado que para elegir el emplazamiento se tuvieron en cuenta "además de aspectos de actividad comercial y dinamización de la economía, la congruencia de los mismos con la estrategia territorial y el interés general"

Respecto del Plan de Actuación Territorial (PAT) de la Huerta al que se hace referencia por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental, ha señalado que "no existe ningún plan aprobado actualmente por lo que es contrario a derecho referirse al mismo".

En otro apartado, también indica que "no hay ningún informe técnico que, más allá de vaguedades y generalidades, concluya cuáles son los efectos negativos sobre la calidad del aire y con el cambio climático, que el incremento de la movilidad que genera la ATE produce".

En relación con la demanda del volumen de recursos hídricos y su disponibilidad, la Comisión aduce que "no quedaría garantizada la disponibilidad del total de los recursos hídricos necesarios". No obstante, Puerto Mediterráneo niega que sea cierto.

"La Confederación Hidrográfica del Júcar en fecha 18 de febrero de 2015 concluye que existe disponibilidad y suficiencia hídrica, tanto para el abastecimiento humano como para atender la demanda para usos no potables de la actuación y lo reitera mediante informe de 19 de mayo de 2016", ha asegurado.

Para el promotor, "lo anterior es una muestra más del poco rigor del análisis y valoración técnica realizada por la Comisión, máxime cuando de manera arbitraría e injustificada no atiende a lo informado por los organismos competentes en la materia".

Por otra parte, ha hecho hincapié en que "el impacto socioeconómico de la actuación es indiscutible y resulta cuanto menos absurdo el intento de la Comisión de desvalorizarlo", y ha recurdado que "a la vista de la capacidad para generar empleo y dinamizar el conjunto de la estructura productiva, la actuación fue declarada como Actuación Territorial Estratégica mediante Acuerdo del Consell de la Generalitat Valenciana.

REACCIONES

Ximo Puig, presidente del Consell valenciano ha apuntado que el procedimiento "ha acabado donde han dicho los técnicos que debía acabar". "¿Eso quiere decir que no para siempre? Yo creo que esas cosas pueden reconsiderarse si se consideran desde el inicio y se hace de otra manera", ha agregado.

Así lo ha explicado a los medios, tras el desayuno de trabajo en relación a esta ATE en Paterna (Valencia) con la Asociación de Empresarios de Valencia, que cuenta con informes desfavorables del Ministerio de Fomento y de la Dirección General de Movilidad y que está pendiente de la resolución definitiva.

Al ser preguntado sobre si en el encuentro se ha abordado la situación de este macroproyecto,el presidente de la Asociación de Empresarios de Valencia, Vicente  Boluda, ha explicado que sí y ha apuntado que una de las personas que está detrás del mismo le dijo "que se acaban de perder 6.000 puestos de trabajo de jóvenes", una franja en la que el paro es "abrumador", por lo que considera que "rechazar de la noche a la mañana 6.000 puestos de trabajo" le parece "duro" y así lo ha hecho saber. No obstante, ha indicado que "la composición del gobierno actual valenciano es una composición complicada".

También ha indicado que este "no es el único proyecto que se ha perdido, ha habido otros" y no cree que sea bueno en las actuales circunstancias: "Quizás en otras circunstancias, con abundancia de todo, fuera distinto, pero hoy por hoy no creo que estemos en circunstancias para eso".

Preguntado al respecto, Puig ha destacado que "cualquier inversión positiva para la Comunitat Valenciana el gobierno la va a estudiar y la está estudiando con el mayor de los cariños posibles", pero ha agregado que existe una legislación y hay que ver "de qué manera se pueden encauzar los proyectos y esa es la realidad" porque "lo que ningún funcionario público puede dar por bueno es lo que no está bien".

"¿Hay soluciones, se pueden buscar vías de solución, se pueden hacer otro tipo de instrumentaciones? Eso es lo que hay que ver, si hay parte que se pueda mejorar", ha agregado el president, que ha incidido en que "lo que sí que está claro es que el modelo de las ATE no es un buen modelo y hay que buscar otro modelo para mejorar cual es la posibilidad de las inversiones".

La Generalitat, ha incidido, está intentando "ayudar y agilizar" las inversiones, pero este caso es "un procedimiento que viene de antes y ha acabado donde han dicho los técnicos que debía acabar". "¿Eso quiere decir que no para siempre? Yo creo que esas cosas pueden reconsiderarse si se consideran desde el inicio y se hace de otra manera", ha agregado.

"Nosotros, desde luego, con toda claridad vamos a apoyar todos los proyectos de inversión para esta comunidad: estamos apoyando proyectos importantes en el sur de la comunidad, he estado en Alemania para volver a traer una multinacional que se había ido; estamos trabajando y no vamos a dejar perder ninguna inversión", ha insistido el presidente.

No obstante, ha remarcado que "todas las inversiones que se puedan hacer deben tener el acompañamiento legal correspondiente".

COMUNICADO COMPLETO DE INTU EUROFUND SOBRE EL INFORME DE LA COMISIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL  
  
El promotor Intu Eurofund Valencia SLU ha tenido conocimiento, si bien no ha sido notificado todavía, que por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental en su sesión celebrada el 29 de septiembre de 2016, se ha acordado emitir una Memoria Ambiental Desfavorable a la Actuación Territorial Estratégica del Proyecto 'Puerto Mediterráneo Shopping Resort' en Paterna. El presente comunicado se realiza sobre la base del comunicado que se ha enviado a los medios de comunicación, por lo que nos reservamos las consideraciones a realizar una vez se reciba el mismo.

Esta Comisión, faltando al rigor mínimo necesario y preciso que debería tener un órgano colegiado de dicha naturaleza y en contra de informes emitidos con anterioridad por los órganos técnicos competentes informa desfavorablemente.

En particular, destaca el Informe del Subdirector General de Ordenación, Planificación y ATES y la Jefa del servicio de infraestructura Verde y Paisaje de fecha 17 de abril de 2015 establece que "del análisis de la documentación presentada y, desde el punto de vista del ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, cabe deducir que no hay factores críticos dentro de la ordenación estructural que impidan la emisión de la Memoria Ambiental dentro del proceso de tramitación de la ATE".

Pese a todo ello, dicho comunicado hace referencia a las siguientes cuestiones:

Accesos

Se dedica un apartado a los accesos y desvíos propuestos por la ATE y se cuestiona la viabilidad de un trazado que informes precedentes en materia de carreteras emitidos por el Servicio de Planificación y del Servicio de proyectos de infraestructuras de la Consellería daban por absolutamente factible.

En dichos informes en ningún momento se planteaba la inviabilidad o inadecuación general de la propuesta viaria, disponiendo simplemente correcciones puntuales en el trazado.

Respecto a la afección a la red de carreteras de la Generalitat Valenciana, zonas de protección y usos permitidos, en el Informe de 23 de enero de 2013 se establecía que podían tener los usos compatibles previstos en la legislación urbanística y en la de carreteras, siendo evidentemente uno de ellos la laminación y el encauzamiento del Barranco d´Endolça (el cual existe en esa zona con mucha anterioridad a la construcción de la CV-35) por ser de interés público y además no alterar de ninguna forma la seguridad vial.

Y en este sentido, tras presentarse la Versión preliminar del Plan de la ATE (1ª exposición pública que ya contenía un estudio de tráfico y movilidad), se emitió un Informe favorable por parte de la Subdirección General de Infraestructuras públicas y Subdirección General de Planificación, Logística y Seguridad (ahora integradas en la denominada Subdirección General de Movilidad) de fecha 15 de octubre de 2014. De igual modo se pronuncia el Informe de naturaleza territorial y urbanística de la Subdirección General de Ordenación, Planificación y ATEs, de fecha 17 de abril de 2015.

Todo lo anterior, evidencia un cambio absoluto por cuestiones de oportunidad y arbitrariedad, lo cual conlleva a una clara desviación de poder y un absoluto desprecio de la seguridad jurídica y la confianza legítima de la Administración.

Se hace referencia a la "prolongación de la CV-31", cuando la referida vía de circulación es una vía urbana y no tiene la consideración o catalogación que se pretende darle máxime cuando no hay ningún instrumento que la haya aprobado como carretera; y ello porque dadas las características de su trazado, no puede formar parte de las Red Básica de Carreteras de la Comunitat Valenciana.

Por otro lado, se está amparando en el Informe desfavorable emitido por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento de 17 de junio de 2016 para considerar que las infraestructuras definidas en el proyecto no eran sostenible sobre las infraestructuras estatales.

En este punto, debemos señalar que en los Informes precedentes del mismo Ministerio de Fomento de fecha 1/10/2012 y de 2/09/2014 respectivamente, se observa claramente que se trata de informes favorables que se complementan con "aclaraciones y justificaciones en relación con el análisis de tráfico, las nuevas infraestructuras planteadas y la compatibilidad con actuaciones en proyecto", por lo que no debe entenderse que en la propuesta hay un error de concepto, siendo viable siempre y cuando se cumplan unas condiciones.

Este último Informe de 27/06/2016 se ha solicitado por la Demarcación de Carreteras del Estado en la Comunidad Valenciana en fecha 26/04/2016 tras la segunda información pública que tuvo lugar en fecha 25/06/2015, lo que pone de manifiesto la falta de diligencia de la Generalitat Valenciana en la tramitación del expediente, que ha tardado casi un año en solicitarlo y que tras recibirlo, se ha limitado a incorporarlo al expediente sin coordinación alguna ni consulta alguna complementaria.

Hay que señalar que esta semana se va a presentar por el Promotor de la ATE una propuesta con las aclaraciones a este tema que afectan a cuestiones de simple actualización técnica por el traspaso del tiempo y con el fin de garantizar la compatibilidad de las actuaciones propuestas con el trazado de las futuras actuaciones previstas por el Ministerio de Fomento.

Consecuencias territoriales y ambientales

El grado de conurbación del área metropolitana se vería incrementado con la ocupación de gran parte de la única gran bolsa de suelo no urbanizable común del término de Paterna

Al respecto de lo anterior, no existe informe técnico alguno de ningún organismo público.

Se trata de la opinión de la propia Comisión de Evaluación Ambiental que nunca había sido puesto de manifiesto con anterioridad y que resulta contraria a derecho que se realice tras 4 años de tramitación del Proyecto.

Es más, los terrenos de la alternativa seleccionada representan un 15% de suelo No Urbanizable Común del término municipal, por lo que en ningún caso se trata de "la única bolsa de suelo no urbanizable común del término municipal" como hace referencia la Comisión.

En la ordenación y diseño de la actuación, en la documentación presentada, no ha primado los criterios de integración en el área seleccionada sino la profunda trasformación del área que se reclasifica y de su entorno próximo.

Se aduce por la Comisión como un supuesto argumento más, el que entiende que se sobrepasan los parámetros de "sellado" de suelo contemplados en la Estrategia Territorial de la Comunidad Valenciana (ETCV) para cada municipio. A este respecto, hay que señalar que lo anterior, nunca ha sido puesto de manifiesto a lo largo de la tramitación del Expediente de la ATE. Al contrario, en el Informe de Compatibilidad de 23 de enero de 2013, se establecía que respecto a la congruencia con la ETCV la actuación cumplía con los principios rectores y criterios de la misma, "tal y como se expone de manera exhaustiva y precisa en la documentación aportada".

Asimismo, la propia Subdirección General de Ordenación, Planificación y ATE´s de la Conselleria, vino estableciendo en sus Informes (el último de abril de 2015) que desde el punto de vista de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje, no había ningún factor destacable dentro de la ordenación estructural que impidiera la emisión de la Memoria Ambiental.

A mayor abundamiento, resulta cuanto menos sorprendente que aduzca a los parámetros de la ETCV, cuando la propia Comisión de Evaluación Ambiental señala que la ETCV no es de aplicación a este caso concreto, al tratarse de una Actuación Territorial Estratégica.

Al margen de lo anterior, incluso si resultaran de aplicación las ETCV, al contrario de lo que aduce la Comisión no se sobrepasarían el límite máximo fijado de 1.123.186 m2s por la ETCV, ya que de la actuación computaría unos 1.100.888 m2s.

Por otro lado, hay que significar que para elegir el emplazamiento se tuvieron en cuenta además de aspectos de actividad comercial y dinamización de la economía, la congruencia de los mismos con la Estrategia Territorial y el Interés General. Así lo establece el Informe de fecha 18 de julio de 2014 de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo (órgano promotor) ratificándose en él el actual Director General de Economía en fecha 14 de octubre de 2015, sino que también por el propio Ayuntamiento de Paterna (en Decreto de Alcaldía de 7 de noviembre de 2012), que señaló expresamente que la ATE coincidía con la voluntad municipal de ordenación del territorio en ese ámbito geográfico y que se entendía la propuesta presentada como positiva para los intereses municipales.

Respecto del Plan de Actuación Territorial (PAT) de la Huerta al que se hace referencia por parte de la Comisión de Evaluación Ambiental, hay que señalar no existe ningún plan aprobado actualmente por lo que es contrario a derecho referirse al mismo.

Efectos ambientales

Análisis y valoración de los efectos ambientales derivados del incremento de movilidad que generará la ATE: No hay ningún Informe técnico que más allá de vaguedades y generalidades concluya cuales son los efectos negativos sobre la calidad del aire y con el cambio climático, que el incremento de la movilidad que genera la ATE produce.

Contaminación acústica

No es cierto lo manifestado por la Comisión dado que forma parte del expediente el Informe del Servicio de Protección y Control integrado de la Contaminación, de fecha 3 de diciembre de 2014 que señala que "la recalificación del sector no implicará un empeoramiento de los niveles sonoros de la zona (que ya se superan)".

Recursos hídricos

La Comisión aduce que "no quedaría garantizada la disponibilidad del total de los recursos hídricos necesarios".

No es cierto tal afirmación dado la Confederación Hidrográfica del Júcar (órgano competente para informar sobre la materia) en fecha 18 de febrero de 2015 concluye que existe disponibilidad y suficiencia hídrica, tanto para el abastecimiento humano como para atender la demanda para usos no potables de la actuación y lo reitera mediante Informe de 19 de mayo de 2016. Y ello con mayor motivo tras imponerle al promotor por parte de la Subdirección General de Ordenación del Territorio y Paisaje de la Conselleria, una reducción de edificabilidad en un 25% lo que supone una clara reducción también del agua a utilizarse.

Lo anterior es una muestra más del poco rigor del análisis y valoración técnica realizada por la Comisión, máxime cuando de manera arbitraría e injustificada no atiende a lo informado por los organismos competentes en la materia.

Impacto socioeconómico

Según el comunicado, la Comisión de Evaluación Ambiental se atreve a hacer consideraciones ordinarias sobre el impacto socioeconómico de la actuación y a cuestionar la temporalidad del empleo generado, extralimitándose de su cometido.

El impacto socioeconómico de la actuación es indiscutible y resulta cuanto menos absurdo el intento de la Comisión de desvalorizarlo. Y es que, a la vista de la capacidad para generar empleo y dinamizar el conjunto de la estructura productiva, la actuación fue declarada como Actuación Territorial Estratégica mediante Acuerdo del Consell de la Generalitat Valenciana. Y al respecto, en el Informe de Compatibilidad de 23 de enero de 2013, se indicó expresamente que estamos ante una actuación "de carácter supramunicipal capaz de producir un efecto favorable y permanente desde el punto de vista de generación de renta y empleo para el territorio. El impacto de este proyecto es aún mayor si se analizan sus efectos directos, indirectos e inducidos".

Es más, por parte de la Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo (órgano responsable del seguimiento y control de la ejecución de la actuación) se emitió Informe el 18 de julio de 2014, disponiendo que:

--El emplazamiento es apropiado para la actuación porque está rodeado de importantes vías de comunicación y se puede acceder también con transporte público y de forma peatonal.

--Mejorará la imagen de la Comunidad Valenciana a nivel internacional.

--La ATE puede llegar a dinamizar el municipio incrementando su índice de superficie comercial que actualmente se encuentra por debajo de la media autonómica.

--Se considera que el impacto de las sinergias que se producirán será importante en todos los sectores de la economía.

Dicho Informe fue ratificado en fecha 14 de octubre de 2015 por considerar que no se había encontrado información adicional que modificara el anterior Informe.

Ordenación pormenorizada

La Comisión de Evaluación Ambiental considera que el límite del sector, en la parte que linda con la carretea cv 35, es contrario a la Ley de Suelo no Urbanizable y al Decreto de aprobación del PATRICOVA. Todo ello sin justificación técnica ni Informe alguno.

Al contrario, el Subdirector General de Actuación Estratégica en Informe de fecha 17 de abril de 2015 se pronunció sobre este límite considerándolo favorable. Asimismo, el Proyecto de la ATE cuenta también con el Informe favorable del Servicio Territorial de Urbanismo de fecha 6 de agosto de 2015 que se ciñe en el cumplimiento de las condiciones fijadas en el apartado 6 del Informe de Compatibilidad, anexo al Acuerdo del Consell de la Generalitat de 25 de enero de 2013 por el que se declaró la ATE y, entre otros aspectos, destaca una correcta delimitación del ámbito de actuación.

Todos estos argumentos ponen de manifiesto que se ha emitido una Memoria ambiental desfavorable de manera arbitraria, sin justificación técnica y en contra de los Informes técnicos existentes en el expediente, siendo falso que, al contrario de lo que aduce la Comisión, no existen argumentos sólidos para concluir que la actuación no promueva un desarrollo sostenible.

  
ANTECEDENTES 3 de octubre de 2016  
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EVALUACIÓN AMBIENTAL NEGATIVA DE PUERTO MEDITERRÁNEO DE PATERNA  
¿Qué aprendo?  
Se analiza en la guía práctica inmoley.com del impacto medioambiental y en la guía del urbanismo de la Comunidad Valenciana. La Comisión de Evaluación Ambiental ha informado de forma desfavorable sobre el proyecto Puerto Mediterráneo, que el grupo Intu pretende desarrollar en Paterna, junto a la autovía CV-35, Valencia. El secretario autonómico de Medio Ambiente y Cambio Climático, Julià Álvaro, explicó que la principal causa son los accesos, tanto del Ministerio de Fomento como de la Dirección General de Movilidad, que afectan "básicamente a las carreteras CV 35 y CV 31", ha precisado. Además está la modificación del cauce actual del barranco dEn Dolça. Se propone cambiar su trazado con un nuevo cauce que discurre por la zona de afección de la CV-35.  
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Básicamente, se alega la afectación del proyecto a las carreteras CV-35 y CV-31 que darían acceso al parque; la contaminación ambiental que provocará el incremento del tráfico, así como el ruido y peligro para el suministro de agua, y la protección de la partida de la Mola de Paterna, «la única gran bolsa de suelo no urbanizable común que hay en el área metropolitana, si descontamos la zona del plan de l´Horta», apunta el informe.  
 

Con esta negativa, se renuncia a una inversión extranjera cercana a 800 millones que preveía un impacto laboral de 4.000 empleos para la zona. Detrás de ellos está la joint venture formada por el fondo Eurofund y por el grupo británico especializado en gestión de centros comerciales Intu, líder en Reino Unido y uno de los que más está creciendo en España.

La resolución de este órgano ha provocado el desconcierto entre el grupo inversor, que no se pronunciará hasta conocer de forma oficial el dictamen. En estos momentos sus opciones se encaminan únicamente hacia la vía del recurso, ya sea administrativo o judicial, según confirmaron fuentes empresariales. Intu Eurofund lleva cinco años trabajando el proyecto y cuenta con el apoyo jurídico de Broseta para la elaboración del proyecto. La batalla judicial está servida.


 
 
 
 
 

 

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