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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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1 de octubre de 2015
 
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RETRASAR 4 MESES UNA LICENCIA URBANÍSTICA ES DESTRUIR EMPLEO
¿Qué aprendo?
Se analiza en la guía práctica inmoley.com de licencias urbanísticas. Si las autoridades no hacen nada para impedir estos retrasos en la concesión de licencias urbanísticas serán corresponsables en lo que conlleva que es la destrucción masiva de empleo. En la situación actual de desempleo de España, este tipo de demoras deberían ser calificadas como infracciones gravísimas. La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, en una de sus comparecencias en el Senado ha pedido agilizar la tramitación de licencias urbanísticas. Para el caso de licencias de obra mayor en Madrid el plazo oscila entre 90 y 120 días, y en Barcelona ronda los 90 días. Donde menos se tarda es en Pamplona, con 30 días, mientras que en Algeciras se puede prolongar hasta los 180. Por su parte, en las licencias de obra menor en Madrid oscila entre los 30 y 60 días y en Barcelona, va de 30 a 40 días. En este caso, en Valencia y Algeciras puede durar tan sólo un día, aunque en el primer municipio se puede prologar hasta 30 días y en el segundo, hasta 15. 
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Defensor del Pueblo insta a los municipios a "agilizar, para todo tipo de licencias urbanísticas, los tiempos de tramitación", además de recomendar que se fomente la "claridad, sencillez y transparencia" de los procedimientos. Así consta en el informe 'Tramitación de licencias urbanísticas: procedimientos y duración de los trámites' presentado por la defensora del Pueblo, Soledad Becerril, durante su comparecencia en el Parlamento. La institución, que dirige estas recomendaciones a la Federación Española de Municipios y Provincias Femp "con el ruego de su máxima difusión", considera necesario avanzar en el uso de la declaración responsable con "amplios criterios que permitan el pronto inicio de la actividad, de forma acorde con lo declarado por el firmante".

En el documento se aboga también por "coordinar" los distintos departamentos municipales para los casos en que se necesita la obtención de licencias de actividades y de obras para la apertura de un establecimiento, de forma que se puedan tramitar y resolver simultáneamente.Por otra parte, se insta a los entes supramunicipales a suplir la falta de medios de los municipios más pequeños con asesoramiento permanente técnico y jurídico, apoyo material y asistencia en el procesamiento de la información, en las comunicaciones y en las sedes electrónicas.En el informe del Defensor del Pueblo se recoge el plazo de tramitación de licencias urbanísticas de una serie de municipios, teniendo en cuenta la comprobación previa y los trámites hasta la decisión, que incluyen subsanaciones e informes. 

Tomando una muestra de diez municipios --Madrid, Barcelona, Valencia, Vigo, Cáceres, Pamplona, Algeciras (Cádiz), Irún (Guipúzcoa), Villena (Alicante) y Úbeda (Jaén)--, la institución pidió información a los ayuntamientos en 2014 sobre los problemas ordinarios que surgen al tramitar una solicitud de licencia de obras, sobre los tiempos medios de tramitación y sobre los recursos personales y materiales de los que disponen.

Según el informe de la Defensora del Pueblo, en el caso de la ciudad de Cáceres, los retrasos que se producen en la concesión de licencias son debidos a la "variedad y extraordinaria dificultad" de la normativa técnica (Plan General Municipal, Código Técnico de la Edificación, reglamentos de accesibilidad, habitabilidad, Ordenanzas de Ruido, RITE, Planes Especiales, etcétera).

Ello produce "en ocasiones contradicciones e incluso imposibilidad práctica de su aplicación", lo que hace "necesario" adoptar criterios "interpretativos" por la Comisión de Urbanismo, con "más retrasos", añade el estudio, que recoge Europa Press.

Igualmente, indica que esta "dificultad técnica", unida a la "escasez" de medios técnicos personales que evalúen estos proyectos, provoca que el "mayor" periodo de tiempo en los expedientes sea la tarea de realización de los informes.

Asimismo, explica que las autorizaciones sectoriales que se requieren en determinados expedientes (medio ambiente, Confederación Hidrográfica, carreteras, industria, etcétera) también provocan "grandes dilaciones" en la tramitación.

Por otra parte, entiende que sería "mejorable" en la ciudad de Cáceres la notificación vía telemática sin que se exija la validación en plataformas que conllevan "un cierto coste económico y de tramitación".

De igual modo, defiende que la implantación de registros telemáticos y de procedimientos y programas internos "eficaces", así como externos con otras Administraciones (publicaciones, comunicaciones con Colegios Profesionales), que permitan agilizar su tramitación sería "más que necesario".

El estudio señala, además, en Cáceres se ha ido aprobando normativa con un espíritu "liberalizador" basándose en un modelo de intervención administrativa "a posteriori" con figuras como la declaración responsable en un "intento de agilizar" la concesión de licencias, pero que ha provocado "malentendidos" en los administrados sobre el tipo de autorización al que se sujeta cada obra.

En concreto, incide en que si lo que se pretende es agilizar la concesión de licencias urbanísticas de obra y uso para ejercicio de actividades y someterlas al régimen de comunicación previa y declaración responsable, "se requeriría una modificación de la Ley de Ordenación de la Edificación que somete cualquier cambio de uso a proyecto y a licencia".

En la misma línea, la Defensora del Pueblo apunta que la implantación de nuevos usos debería permanecer sometida al régimen tradicional de intervención administrativa previa, a efectos de que con la "declaración responsable" se eviten "graves perjuicios" tras la inspección y comprobación una vez ejecutadas las obras y su adecuación al proyecto presentado y a la normativa, si bien reconoce también que "es cierto que es absolutamente necesario que esa intervención previa en la concesión de licencias sea mucho más rápida y eficaz".

RECOMENDACIONES

Por otro lado, a partir de esa información recabada a nivel nacional por el estudio, la Defensora del Pueblo formuló varias recomendaciones dirigidas tanto a los gobiernos locales como a la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP).

Por ejemplo, les advierte de que no deben extender "indebidamente" los ámbitos de actividad económica exentos de licencia y recuerda que, estrictamente, solo está exento el comercio minorista, y no siempre si contiene instalaciones molestas, insalubres o peligrosas.

"No debe asimilarse cualquier actividad económica a la actividad de comercio al por menor ni a una actividad de servicios", señala, añadiendo que, además del interés económico general, también la protección del medio ambiente y del entorno urbano y la conservación del patrimonio histórico constituyen "razones de interés general para que el ayuntamiento intervenga".

Sobre la declaración responsable, sustitutiva de la licencia en muchos casos tras las últimas reformas legislativas, dice que este documento puede ser inveraz o inexacto y que las obras realizadas pueden no ajustarse a lo declarado. Por ello, la responsabilidad del firmante no queda limitada por la declaración y la Administración no queda liberada de su deber de comprobación.

SILENCIO ADMINISTRATIVO

En relación con el silencio administrativo, propone que, aunque no haya decisión expresa sobre la solicitud de licencia, se haga siempre un seguimiento de los actos materiales que se realicen. Es decir, que la Administración no puede obviar su deber de inspección para comprobar que no hay obras (ante un silencio negativo) o que las obras que se realizan son las autorizadas tácitamente (ante un silencio positivo).

Asimismo, aconseja una aplicación "rigurosa" pero no "rígida" de los criterios para clasificar los procedimientos en obra mayor, obra menor y reparación leve, a fin de no actuar con una tolerancia excesiva pero tampoco provocar retrasos injustificados.

Otra recomendación apunta a los informes de otras administraciones y organismos cuya recepción puede demorarse, e indica que el ciudadano debería poder contar con los ayuntamientos para que impulsen el procedimiento.

FALTA DE MEDIOS

El informe dedica un apartado a los pequeños y medianos municipios (de 3.000 a 20.000 habitantes), cuyos recursos económicos son limitados y, por tanto, no tienen suficientes medios personales y materiales. Por ello, la Defensora pide a instituciones como las diputaciones provinciales que suplan esas carencias con apoyo técnico, jurídico y material, incluida la asistencia en el procesamiento de la información.

Entre las recomendaciones dirigidas a la FEMP, se incluyen las de agilizar los tiempos de tramitación de las licencias urbanísticas y fomentar la claridad, sencillez y transparencia de los procedimientos.

En cuanto a la tramitación y la duración de los procedimientos, la institución concluye que "la lentitud no parece ser la regla en los ayuntamientos consultados". Eso es así sobre todo en los trámites principales, según la Defensora del Pueblo, que, en cambio, expresa sus "dudas" sobre la fase de comprobación final y de inspecciones periódicas de las obras.

Sin embargo, el informe destaca que, "en la actual situación económica, las empresas y particulares que acuden al Defensor del Pueblo denuncian la incertidumbre sobre el tiempo que se tarda en resolver sus solicitudes de licencia".

Tras recordar que sin licencia no se puede obtener financiación y que queda paralizado el proceso de ejecución de las obras, señala que para obtener una licencia para obra de reforma menor en un local o en un edificio en los municipios analizados hay que esperar entre uno y 60 días. Si la licencia es para obra mayor, los tiempos varían entre los 30 y los 180 días.

Por ejemplo, una licencia para obra menor se demora entre 30 y 60 días en Madrid, entre 30 y 40 días en Barcelona y entre uno y 30 días en Valencia. Para una obra mayor, aumenta a entre 90 y 120 días en Madird, 90 en Barcelona y entre 30 y 90 en Valencia.

 

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