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21 de mayo de 2019
 
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DECRETO LEY DE CONTENCIÓN DE RENTAS EN LOS CONTRATOS DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA DE CATALUÑA
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¿Qué debe saber un profesional en un caso práctico como el de la noticia?
  • El Decreto Ley de contención de rentas en los contratos de arrendamiento de vivienda de Cataluña establece que en ciudades con un mercado “tenso” de la vivienda las rentas no podrán subir más de un 10% sobre los precios que fija el índice oficial de referencia, que se basa en las fianzas depositadas en el Incasòl. 
  • Memoria preliminar del anteproyecto de ley de arrendamiento de fincas urbanas
El Govern limita el precio de los alquileres en Cataluña y le da la opción al Ayuntamiento de Barcelona a que haga lo propio en la capital catalana o en los barrios que considere ‘área tensa de mercado’. La limitación de las subidas de renta se fija en un 10% por encima de los precios que marca el índice oficial de alquileres puesto en marcha en 2017. Se prohiben subidas superiores al ser consideradas “abusivas”. Y se aplicaría en zonas “tensionadas”, una categoría en la que entrarían Barcelona y el Área Metropolitana.

MARGEN DE SUBIDA

Estos porcentajes implican que, por ejemplo, para una vivienda de 46 metros cuadrados en el barrio de Gràcia, con un precio —según el índice de la de referencia que ya utiliza la Generalitat—, de 14,26 euros por metro cuadrados, lo que da una renta de 655,90, podría alcanzar los 721 euros al mes, 786 euros en el caso de que la vivienda fuera nueva. 

Se considera que un área tensa de mercado será aquella en la que se acredita un crecimiento de los precios que obliga a disponer de un presupuesto familiar para el alquiler superior a la media de Cataluña o en la que existe desproporción entre el aumento de la población y el número de viviendas disponibles. 

MEMORIA PRELIMINAR DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE ARRENDAMIENTO DE FINCAS URBANAS 

El Govern también aprueba la memoria preliminar del anteproyecto de ley de arrendamiento de fincas urbanas, también impulsado por Justícia,  que debe incorporar el mecanismo para la limitación de los precios de alquiler y ampliará la regulación de otros aspectos relacionados con los alquileres. Entre otros aspectos se establece que la duración mínima de los contratos de alquiler en Cataluña se situará en una horquilla de entre seis y 10 años. En el caso de los particulares la duración será inferior a la determinada para las empresas dedicadas al negocio inmobiliario.

Se milita el importe de las fianzas que podrán exigir los propietarios. En la actualidad se permite un máximo de tres meses. Asimismo,  incluirá la obligatoriedad de documentar el estado de los pisos con vídeo o fotografías. El propósito es el que los arrendatarios recuperen sus fianzas lo antes posible, sin tener que afrontar reclamaciones por daños que hayan podido provocar. Los propietarios podrán resarcierse de los daños provocados.

COMPETENCIA ADVIERTE QUE SUBIRÁN LOS PRECIOS Y CAERÁ LA OFERTA

La Autoritat Catalana de la Competència (ACCO) ha alertado de que el decreto para limitar el precio de los alquileres que el Govern quiere aprobar mañana puede alterar el funcionamiento competitivo del mercado, subir las rentas e incluso llegar a ocasionar más escasez de vivienda de alquiler.

Este organismo que vela por la competencia ha hecho esta reflexión horas antes de la reunión del Govern en el que está previsto se apruebe un decreto ley que contempla la posibilidad de establecer un precio máximo para los alquileres, y que ha puesto de manifiesto las diferencias entre los departamentos de Justicia, controlado por ERC, y Política Territorial, gestionado por JxCat.

Según la ACCO, el decreto, que considera "fuertemente intervencionista", puede favorecer "un alineamiento al alza de los precios de oferta de arrendamiento" ya que "se transmitiría al mercado un precio de referencia máximo al que probablemente tenderían las ofertas que eventualmente estuvieran por debajo".

Al mismo tiempo, el establecimiento de un precio máximo "puede desincentivar la oferta" y podría comportar que los propietarios de viviendas optaran por poner el piso sólo a la venta sin considerar el alquiler debido a la nueva perspectiva económica, o incluso podrían dejarlo sin ocupar.

Esta circunstancia, advierte el organismo que vela por la competencia, "podría incluso ocasionar una mayor escasez de viviendas en régimen de alquiler y, de paso, hacerlas más inaccesibles" al salir parte de la oferta de alquiler del mercado.
 

En un comunicado, la ACCO se muestra favorable a adoptar medidas a favor de la garantía del acceso a la vivienda, "aunque éstas deberían ser proporcionadas y hacer posible de manera efectiva la aproximación al objetivo".

La ACCO asegura que emitirá un informe sobre la regulación del acceso a la vivienda de alquiler una vez sea aprobada la normativa por parte del ejecutivo catalán.

El decreto ley prevé que el propio Govern -o facultando a los Ayuntamientos para hacerlo, como en el caso de Barcelona- establezca límites al precio de los alquileres en los barrios donde se hayan disparado por la escasa oferta, siguiendo un modelo de regulación de arrendamientos que Alemania aplica desde hace 30 años.
 

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