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NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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13 de abril de 2015
 
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EDIFICIOS EN RUINA EN SEVILLA
Convertir conocimiento en valor añadido: Guía práctica inmoley.com de edificios en ruina y guía del urbanismo de Andalucía. La Gerencia de Urbanismo de Sevilla ha incluido en el Registro de Solares y Edificaciones Ruinosas la finca situada entre las calles La Florida, Menéndez Pelayo y Luis Montoto, 2. El Ayuntamiento ha requerido a la propiedad para edificar antes de noviembre de 2016. En caso contrario, la finca podrá salir a la venta forzosa mediante subasta, según el acuerdo de la comisión ejecutiva de Urbanismo, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) del pasado miércoles.
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El propietario es la empresa Novaindes, en liquidación tras entrar en concurso de acreedores por una deuda de más de 237 millones. En su día, Novaindes solicitó a NovaCaixaGalicia un crédito de 41,5 millones de euros para construir en esa finca 84 viviendas y tres plantas de sótanos para 389 plazas de garaje y 136 trasteros. Al no pagar el crédito, NovaCaixaGalicia solicitó la ejecución hipotecaria en el Juzgado de Instrucción 13 de Sevilla.

Durante la crisis económica, este crédito de NovaCaixaGalicia pasó a la Sareb que prosiguió con la ejecución hipotecaria.

La finca, que fue valorada en 45 millones de euros en el informe de la administración concursal, salió a subasta y, como no hubo postor, Sareb pidió que se le adjudicara. Sin embargo, la interposición de algunos recursos ha retrasado la adjudicación de la finca a la Sareb por parte de Juzgado de Instrucción 13, por lo que el banco malo aún no es propietario del solar.

Mientras se produce el remate de la subasta, en diciembre de 2014 la Gerencia de Urbanismo publicó en el BOP del 7 de enero de 2015 la decisión de la inclusión de esta finca en el Registro de Solares y Edificaciones Ruinosas, sin que se presentaran alegaciones, por lo que finalmente Urbanismo ha aprobado pedir al Registro de la Propiedad que haga esa anotación, si bien contra esa resolución se puede interponer recurso de alzada ante el Ayuntamiento en el plazo de un mes, a contar desde el 2 de marzo de 2015.

El plazo máximo de cumplimiento del deber de edificar para el solar de la Florida es de un año contado a partir de noviembre de 2014, ya que el Ayuntamiento aprobó la suspensión por un año del cómputo de los plazos para edificar en los solares abandonados inscritos en ese registro. El deber de edificar no se entiende cumplido con la mera solicitud de la licencia de edificación en esta finca, que tiene una fachada protegida y restos arqueológicos en el subsuelo
 

 


 

 
 
 
 
 

 

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