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28 de abril de 2015
 
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MODIFICACIÓN PUNTUAL DEL PLAN GENERAL DE MADRID PARA LA MEJORA ENERGÉTICA
¿Qué aprendo?
El ahorro energético se analiza en la guía práctica inmoley.com del auditor energético, certificación energética, y en la guía de la edificación sostenible. La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado una modificación puntual del Plan General para facilitar la mejora energética y la protección acústica de edificios,  se facilitarán las obras de aislamientos de edificios que no supongan un aumento de edificabilidad del edificio. Se trata de disminuir el consumo energético, las emisiones de CO2 y mejorar el aislamiento acústico de los edificios. El documento aprobado facilita la adopción de soluciones pasivas que mejoren la eficiencia energética de los edificios y su protección acústica en obras de rehabilitación. Algo que redundará en la mejora de sus condiciones de habitabilidad, calidad y sostenibilidad. En este sentido, el Ayuntamiento de Madrid se propone reducir un 10% el consumo energético del sector residencial en 2020. 
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El ahorro energético, de llevarse a cabo con una mejora integral del parque inmobiliario existente construido antes de 1979, se estima entre el 35 y el 70% del consumo antes de la rehabilitación. Esto supondría un ahorro total de 687.353 toneladas equivalentes de petróleo y año, lo que representa para la ciudad de Madrid, en torno al 19,6% del total del consumo energético del sector residencial.

En términos de reducción de emisiones de CO2, y en el mismo escenario de rehabilitación de edificios anteriores a 1979, considerando una reducción del 60% de ahorro en ellos, se alcanzaría una reducción total de 2.848.391 toneladas de CO2 y año, lo que equivale al 23,7% del total de emisiones de CO2.

La modificación pretende reducir las situaciones en la que determinados parámetros urbanísticos puedan impedir implantar una solución técnicamente necesaria y compatible con el buen funcionamiento del edificio, y su adecuada integración en el entorno construido.

En el caso de la rehabilitación de los tipos de edificación aislada construidos entre 1940 y 1980, se prescribe como intervención más recomendable la incorporación del aislamiento y protección por el exterior de las fachadas.

Para edificaciones anteriores a 1940, construidas mayoritariamente con muros macizos de mayor inercia térmica, la estrategia recomienda el aislamiento por el interior. Para edificaciones construidas entre 1940 y 1980, con predominio de fachadas de medio pie de ladrillo, el aislamiento más rentable sería un sistema por el exterior.

Y para edificaciones construidas entre 1980-2007, se propone en la estrategia, como intervención más rentable, el relleno con material aislante de la cámara de aire.

La medida afecta a todo el parque edificado de la ciudad de Madrid, pero será especialmente positiva para las casi 1.100.000 viviendas edificadas antes de 1979. El documento da respuesta a necesidades concretas planteadas a la hora de rehabilitar un edificio: las soluciones constructivas más convenientes, desde el punto de vista técnico y económico, en intervenciones edificios anteriores a las exigencias de calidad de la normativa actual.

El Ayuntamiento de Madrid estima que con el conjunto de actuaciones previstas en el documento, en 2020 se habrá reducido en un 10% el consumo energético del sector residencial.

La modificación remueve los obstáculos que plantea el Plan General a día de hoy, para dar respuesta a los objetivos de la Ley 8/2013, de 26 de junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas. Es decir, para facilitar las tareas de rehabilitación, y potenciar la eficiencia energética y el aislamiento acústico de las edificaciones.

El documento pretende reducir los casos en los que determinados parámetros urbanísticos impiden implantar una solución técnicamente necesaria y compatible con el buen funcionamiento del edificio, y su adecuada integración en el entorno construido. Para ello, el documento se centra en el estudio de las condiciones de edificabilidad y su cómputo; en las condiciones de ocupación o posición de la edificación en la parcela; y en la regulación de vuelos o salientes de fachadas.

Para edificios construidos entre 1940 y 1980,  se prescribe como intervención más recomendable, la incorporación del aislamiento y protección por el exterior de las fachadas, según recoge la Estrategia de Rehabilitación del Ministerio de Fomento 2014.

Para edificaciones anteriores a 1940, construidas mayoritariamente con muros macizos de mayor inercia térmica, la estrategia recomienda el aislamiento por el interior. Para edificaciones construidas entre 1940 y 1980, con predominio de fachadas de medio pie de ladrillo, el aislamiento más rentable sería un sistema por el exterior, con la ventaja de no reducir la superficie útil de la vivienda, eliminando puentes térmicos y reduciendo las molestias a los residentes. Y para edificaciones construidas entre 1980-2007, se propone en la estrategia, como intervención más rentable, el relleno con material aislante de la cámara de aire.

A partir de 2008 comienza la aplicación del Código Técnico de la Edificación, que ha mejorado considerablemente las prestaciones de los edificios en cuanto a la demanda energética.

Sistemas de aislamiento térmico y acústico

El documento también regula las obras de alteración de la envolvente para mejorar el aislamiento térmico y acústico. Propone permitir la instalación de un sistema de aislamiento térmico por el exterior del edificio, regulándose como vuelo o saliente.

La modificación propuesta permite recrecer la fachada hasta un máximo de 20 centímetros desde la planta primera. Se permitirá también sobresalir en planta baja siempre que no se altere la alineación oficial. Pero en ningún caso se permite el aumento de la superficie útil de los edificios y viviendas.

También se hace mención expresa a la posibilidad de intervenir sobre miradores existentes para mejorar su comportamiento bioclimático, permitiendo la instalación de protección solar.

Será posible también, instalar en los espacios libre de parcela no ajardinados, como construcciones auxiliares, cuartos de calderas colectivas y sistemas centralizadas de climatización, cuando no sea viable localizarlos en el interior de los edificios bajo rasante o bajo cubiertas y dejando vigentes las salvaguardas que corresponden a las colonias protegidas.

Ahorro estimado

De llevarse a cabo una mejora integral del parque inmobiliario construido antes de 1979, se produciría un ahorro energético de entre el 35 y el 70% del consumo antes de la rehabilitación. Esto supondría un ahorro total de 687.353 toneladas equivalentes de petróleo y año, lo que representa para la ciudad de Madrid, en torno al 19,6% del total del consumo energético del sector residencial.

En términos de reducción de emisiones de CO2, y en el mismo escenario de rehabilitación de edificios anteriores a 1979, considerando una reducción del 60% de ahorro en ellos, se alcanzaría una reducción total de 2.848.391 Tn de CO2 y año, lo que equivale al 23,7% del total de emisiones de CO2, directas e indirectas.

Concretamente, se regulan las obras de alteración de la envolvente para mejorar las condiciones de aislamiento térmico y acústico. Propone permitir la instalación de un sistema de aislamiento térmico por el exterior del edificio, regulándose como vuelo o saliente, con determinadas condiciones según los distintos tipos de edificios, y no computando dicho vuelo o saliente como superficie edificada, ni como ocupación de la parcela.

La modificación propuesta permite recrecer la fachada hasta un máximo de 20 centímetros desde la planta primera. Se permitirá también sobresalir en planta baja siempre que no se altere la alineación oficial. Pero en ningún caso se permite el aumento de la superficie útil de los edificios y viviendas.

La modificación de fachada se autoriza con proyecto integral y siempre exigiendo el cumplimiento del Código Técnico de la Edificación, en cuanto a mejora del comportamiento térmico y acústico. En este sentido el cierre de cuerpos volados y terrazas deberá realizarse con mejores prestaciones energéticas y acústicas.

Asimismo se hace mención expresa a la posibilidad de intervenir sobre miradores existentes para mejorar su comportamiento bioclimático, permitiendo la instalación de protección solar.

Por último, se permitirán, como construcciones auxiliares, en espacios libre de parcela no ajardinados, la instalación de cuartos de calderas colectivas y sistemas centralizadas de climatización, cuando no sea viable localizarlos en el interior de los edificios bajo rasante o bajo cubiertas y dejando vigentes las salvaguardas que corresponden a las colonias protegidas.

VER INFORME TÉCNICO COMPLETO EN RELACIÓN CON EL CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN
 


 


 

 
 
 
 
 

 

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