NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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9 de marzo de 2015
 
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EL URBANISMO DE VALLADOLID SE CURA EN SALUD
Convertir conocimiento en valor añadido: Guía práctica inmoley.com del planeamiento urbanístico y del urbanismo de Castilla León. Poca confianza debía tener el ayuntamiento en la decisión del Supremo, que efectivamente ha ratificado la sentencia del tribunal superior, así que se curó en salud y lo explica sin rubor en un comunicado municipal en el que han explicado que, debido al "indiscutible interés general" del nuevo complejo ferroviario y el avanzado estado de ejecución en el que se encontraban las obras, el Ayuntamiento se adelantó con la tramitación de una nueva modificación del PGOU cuando se conoció la sentencia del TSJCyL, en febrero de 2013. ¿Pues entonces para qué perder el tiempo y dinero en recurrir por recurrir? En países como Holanda estos recursos judiciales que tienen el único propósito de dilatar se sancionan por los jueces en beneficio de una justicia ágil.
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El equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Valladolid asegura que la situación de los suelos en los que se asienta el nuevo complejo de talleres ferroviarios de Renfe, cuya tramitación urbanística quedó anulada por sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCyL) y confirmada por el Tribunal Supremo, ya se ha solventado con una nueva tramitación de la modificación del PGOU que justifica la necesidad de suelo y la somete a proceso de Evaluación Ambiental.

Según el equipo de Gobierno, esta nueva modificación sólo está pendiente de que se publique su aprobación definitiva en el Boletín Oficial de Castilla y León. Este trámite "da cumplimiento" a la sentencia del TSJCyL mediante la justificación suficiente de la  necesidad suelo con destino residencial y señala que ya se ha sometido al procedimiento completo de Evaluación Ambiental, de conformidad con la legislación ambiental aplicable.

El Ayuntamiento ha añadido que interpuso recurso de casación ante el Tribunal Supremo en el que argumentaba la no necesidad de Evaluación Ambiental en el hecho de que el proyecto del complejo ferroviario "ya contaba con Declaración de Impacto Ambiental del propio Ministerio de Medio Ambiente" y de que el instrumento de planeamiento no era el marco de la futura autorización de ese proyecto, "por tratarse de una infraestructura ferroviaria que se rige por su propia legislación sectorial".

Asimismo justificó que la modificación no creaba suelo urbanizable nuevo y que el ámbito de la modificación es "coherente con los instrumentos de ordenación del territorio y con el Plan General de Ordenación Urbana vigente".

La resolución del Tribunal Supremorechaza el recurso presentado por el Ayuntamiento de Valladolid y la Junta de Castilla y León contra la sentencia del TSJCyL que aprobaba la Modificación del PGOU para el Área Homogénea 5, con la declaración de suelo urbanizable delimitado denominado sector 53 Ciudad Jardín San Isidro' y la delimitación de un Sistema General para ser destinado a la instalación del nuevo complejo ferroviario.

Por sentencia de 17 de febrero de 2015, el Tribunal Supremo ha confirmado la previa de 14 de febrero de 2013 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Castilla y León, que anuló la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Valladolid en la denominada Área Homogénea 5 Páramo de San Isidro, situada al sur de la ciudad, entre las Rondas, donde estaba prevista la construcción de hasta 4.600 nuevas viviendas y en estos momentos se última el Nuevo Complejo Ferroviario de Valladolid, estando previsto en este año el traslado al mismo de los talleres de Renfe.

Queda así definitivamente anulada la modificación del PGOU aprobada en 2008 por el todavía consejero de Fomento de la Junta de Castilla y León, Antonio Silván, a instancias del Ayuntamiento de Valladolid, así como la decisión adoptada ese mismo año por la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Castilla y León de no someter dicha modificación del PGOU (MPGOU) a la preceptiva evaluación ambiental, informa en un comunicado Ecologistas en Acción.

El Tribunal Supremo ratifica la argumentación del TSJ cuando entendía que «al servir la MPGOU litigiosa de marco para la aprobación de proyectos que han de ser sometidos legalmente a evaluación de impacto ambiental, como sucede respecto de la previsión que se contiene en esa modificación para el ‘nuevo complejo ferroviario’, dicha modificación debía someterse a la Evaluación Ambiental”, independientemente de que dicho proyecto ferroviario ya se hubiera sometido a su propia evaluación de impacto ambiental».

Pero más allá de la omisión de la evaluación ambiental, «resulta especialmente relevante la sentencia del TSJ, confirmada por el Supremo, cuando declara que no son necesarias esas 4.610 nuevas viviendas, pues el Ayuntamiento de Valladolid solo otorgó licencias para la construcción de 1.919 viviendas en el año 2008 y 506 viviendas en el año 2009 (habiendo caído a 130 viviendas en 2013), por lo que en aplicación de la Ley estatal de Suelo y la Ley de Urbanismo de Castilla y León no se justificaba la modificación 'al no existir en el municipio de Valladolid la necesidad de ampliar el suelo con destino residencial'».

La sentencia ratifica que el antiguo suelo urbanizable no delimitado previsto en el PGOU de Valladolid, que se extiende por quince Áreas Homogéneas con una superficie de 3.400 hectáreas y capacidad para 240.000 nuevas viviendas, «se encuentra en situación de suelo rural en virtud de la Ley estatal de suelo». El principio de desarrollo territorial y urbano sostenible obliga a que se justifique «que sea necesario ampliar el suelo urbanizable delimitado del Plan General con un nuevo sector [el anulado] de uso predominante ‘residencial’ con capacidad para 4.600 viviendas para atender las necesidades de la población», justificación que no se realiza y que además es imposible.

A tenor de esta resolución, la primera del Tribunal Supremo en relación a las Áreas Homogéneas, Ecologistas en Acción da por cerrada en Valladolid la etapa del urbanismo salvaje y «a la carta» derivado del PGOU de 2003. La revisión en curso del Plan General debería reclasificar todas las Áreas Homogéneas como suelo rústico, concentrándose en la rehabilitación de la ciudad existente y sus barrios. No obstante, el nuevo PGOU aprobado inicialmente por el Ayuntamiento mantiene íntegramente las Áreas Homogéneas 1 Prado Palacios, al noroeste de la ciudad, y 7 Las Riberas, al sur, con más de 1.000 hectáreas de superficie y capacidad para 23.000 nuevas viviendas, lo que deberá subsanarse durante su tramitación.

Al tiempo, Ayuntamiento, Junta y Ministerio de Fomento «deberán buscar una salida legal para el Nuevo Complejo Ferroviario, que se queda sin soporte urbanístico, salida que para los ecologistas pasa por la expropiación de los terrenos sobre los que se asienta. «“La especulación inmobiliaria nunca debería ser un método para financiar las infraestructuras de interés general», opina Ecologistas en Acción, en referencia tanto al Nuevo Complejo Ferroviario como al ilusorio soterramiento del ferrocarril a su paso por la ciudad.

 


 

 

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