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25 de marzo de 2015
 
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PLAN DE ORDENACIÓN MUNICIPAL (POM) DE TOLEDO
Convertir conocimiento en valor añadido: Guía práctica inmoley.com del planeamiento urbanístico y guía del urbanismo de Castilla la Mancha. Un nuevo auto del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha mantiene la suspensión de la ejecución de la sentencia del Tribunal Supremo que declaraba nulo el Plan de Ordenación Municipal (POM) de Toledo, por lo que este documento sigue vigente hasta que se pronuncie al respecto el Constitucional.
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El concejal de Urbanismo, Javier Nicolás,  ha explicado que, en su parte resolutiva, el auto del TSJC-M acuerda no ejecutar la sentencia del Supremo de fecha de 27 de febrero de 2014, lo que apoya la tesis municipal sobre la vigencia del Plan de Ordenación Municipal (POM).

Nicolás ha recordado que esta nueva resolución judicial se suma a otras 6 providencias emitidas ya en este mismo sentido, el 13 mayo de 2014, 15 de julio de 2014, 23 de julio de 2014, 30 de septiembre de 2014, el 14 de octubre de 2014 y el 14 de enero de 2015 y que se basan en la no ejecución de lo dictado por el Supremo el 27 de febrero de 2014 hasta que se pronuncie el Constitucional.

A juicio de Nicolás, este nuevo fallo ratifica lo mantenido por el Gobierno local que considera que la sentencia del Supremo que desestimaba el recurso de casación del Ayuntamiento sobre la anulación del POM "deja a los Ayuntamientos en total desamparo desde el punto de vista constitucional".

En este sentido, el responsable local de Urbanismo ha reiterado que, "si este órgano judicial considera que la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha (LOTAU) no cumple los requisitos, lo que tenía que haber pedido es que se modificase, no aplicar las normas nacionales que rigen esta actividad".

Y ha insistido en que, "si la LOTAU es inconstitucional, que se modifique, pero no lo tienen que sufrir los Ayuntamientos que lo único que hacen es cumplir con lo que dicha ley legisla".

Por su parte, el portavoz municipal ha subrayado que, "aunque mediáticamente, se han cargado las tintas en este asunto sobre el Ayuntamiento de Toledo, judicialmente el principal demandado es la Consejería de Vivienda y Urbanismo y el co-demandado el Ayuntamiento de Toledo", ha aseverado.

La sentencia de 27 de febrero de 2014 del Tribunal Supremo desestimaba el recurso de casación del Ayuntamiento sobre la anulación del POM y, desde entonces, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ya ha dictado siete providencias paran no ejecutar la sentencia del Supremo, según ha informado el Consistorio en un comunicado. Nicolás ha afirmado que este nuevo fallo ratifica lo mantenido por el equipo de Gobierno local que considera que lo dictado por el Tribunal Supremo "deja a los ayuntamientos desamparados desde el punto de vista constitucional". 

En este sentido, ha reiterado que si este órgano judicial considera que la Ley de Ordenación del Territorio y la Actividad Urbanística de Castilla-La Mancha (LOTAU) "no cumple los requisitos", debe modificarse, y no aplicar las normas nacionales que rigen esta actividad. "Si la LOTAU es inconstitucional, que se modifique, pero no lo tienen que sufrir los ayuntamientos que lo único que hacen es cumplir con lo que la misma legisla", ha subrayado.
 

 


 

 

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