NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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19 de febrero de 2015
 
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NULIDAD DEL PLAN PARCIAL DEL SUELO URBANIZABLE SU-14 EN MONTE FARO 
Convertir conocimiento en valor añadido: Guía práctica inmoley.com de planes parciales y guía del urbanismo de Galicia. El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha dictado la nulidad del acuerdo plenario por el que se aprobó de forma definitiva el plan parcial del suelo urbanizable SU-14 en Monte Faro el 28 de julio del 2009. El plan parcial pretendía transformar la cumbre de este ámbito y sus laderas forestales en una zona urbanizable para 1.302 viviendas unifamiliares. Para ejecutarlo, el Ayuntamiento firmó un convenio urbanístico con la empresa Mirador de Sanxenxo en el 2009.
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El Colectivo Ecologista do Salnés, que instó la nulidad,   recordó que el Plan Parcial SU-14 pretendía transformar la cima del Monte Faro y dos de sus laderas forestales en una zona urbanizable para 1.302 viviendas unifamiliares, de tal forma que sus valles se transformarían en un "parque natural" con un equipamiento educativo-cultural. Para llevarla a cabo, el Concello ratificó en 2009 un convenio urbanístico con la empresa Mirador de Sanxenxo S. L.

El CES presentó alegaciones a este Plan Parcial y a su informe de Sostenibilidad Ambiental considerando el plan muy impreciso en los datos de consumo de suelo, de la necesidad social de nuevas viviendas y en los datos de consumo de agua y su depuración. También consideraban imprecisos las actuaciones para mitigar el impacto paisajístico de la urbanización (el CES explica que no se debe perder de vista de que se trata de la cota más alta del sector oriental del concello), ni en la reducción de consumo energético, ni proponía actuaciones realistas frente al aumento del uso del transporte privado. Ninguna de las alegaciones fueron admitidas por el Concello. Asimismo, el CES vio motivos de demanda en el hecho de que el nuevo gobierno gallego en la Xunta modificase "sin justificación suficiente", aseguran, el informe de la Memoria Ambiental y que el gobierno anterior redactara resultando negativo a la urbanización en los términos que figuraban en el Plan Parcial aprobado.

Así, entre otras cuestiones, el CES explica que la sentencia estima que "el plan parcial no da cumplimiento a las determinaciones vinculantes de la Memoria Ambiental". Curiosamente, este carácter vinculante de Memoria Ambiental fue modificado poco después por el actual gobierno, de tal forma que así estos documentos podrían convertir "en papel mojado" frente al "urbanismo irracional".

 


 

 

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