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22 de octubre de 2015
 
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EL ARQUITECTO MUNICIPAL PUEDE SER CONCEJAL
¿Qué aprendo?
Se analiza en las guías prácticas inmoley.com del urbanismo. Se ha planteado la coincidencia de los cargos de concejal y arquitecto municipal en una misma persona en la ciudad mallorquina de Pollença y un informe jurídico del colegio de arquitectos lo permite. El concejal de Urbanismo, Medio Ambiente y Nuevas Tecnologías del ayuntamiento de Pollença, Tomeu Cifre Bennàssar (Junts Avançam), puede compatibilizar su cargo municipal con su condición profesional de arquitecto siempre y cuando se abstenga en las votaciones relacionadas con algún aspecto vinculado al ejercicio de su profesión. Así lo determina un informe jurídico encargado por el propio regidor al Colegio Oficial de Arquitectos de les Illes Balears (COAIB).
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Cifre explicó que decidió encargar el citado informe, firmado por el asesor jurídico del COAIB, después de las suspicacias que su profesión de arquitecto y su actual condición de edil de Urbanismo levantaron entre los grupos de la oposición, principalmente Tots per Pollença, el partido del exalcalde Tomeu Cifre Ochogavía. En el primer pleno de la legislatura, celebrado en julio, el actual líder de la oposición y el regidor de Urbanismo se enzarzaron en una dura discusión sobre la posible incompatibilidad de Cifre Bennàssar.

El líder de Tots per Pollença reclamó entonces al alcalde que retirase la competencia de Urbanismo a Cifre porque "tiene un despacho de arquitecto abierto en el municipio y no es ético y estético porque el regidor será el responsable de resolver proyectos técnicos en los que él mismo puede ser juez y parte".

El regidor decidió encargar un informe a la secretaria municipal para determinar si puede simultanear el cargo político con su profesión. El dictamen descartó incompatibilidades a nivel municipal, aunque no cerraba del todo el caso porque faltaba comprobar si el código deontológico del colegio de arquitectos observa alguna irregularidad. Por este motivo, Cifre solicitó un informe al COAIB que ahora también ha concluido que no existe incompatibilidad. "Si existen asuntos municipales que me afecten personalmente se establece el deber de abstención, como pasa con cualquier regidor", apuntó ayer el regidor. Cifre añadió que este deber de abstenerse "ya se aplica actualmente", ya que él no tiene las competencias de firmar las licencias de obra, una función específica del alcalde. "Por este motivo, ya no hace falta plantear ninguna abstención", añadió.

El informe del COAIB establece que Cifre "solo estaría afecto por un posible sujeto de incompatibilidad en el caso de desempeñar el cargo de concejal con dedicación exclusiva", condición que no cumple porque trabaja en régimen de dedicación parcial del 70%.

El asesor jurídico que firma el informe concluye que "no se puede declarar, a priori, una situación de incompatibilidad respecto del concejal que al mismo tiempo desempeña una actividad profesional, sin perjuicio de que si se produce un incumplimiento del obligado deber de abstención en los asuntos que deba tratar como concejal como consecuencia de su actividad profesional como arquitecto, la entidad colegial pueda tomar las medidas disciplinarias para las que está facultada".

Asimismo, las incompatibilidades "se fundamentan en la obligación de mantener la rectitud e independencia en el desempeño de sus labores profesionales" y "el artículo 25 de las normas deontológicas obliga a no aceptar encargo alguno que pueda comprometer esa independencia e imparcialidad".
 

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