NOTICIAS DE LA CONSTRUCCIÓN, URBANISMO E INMOBILIARIO.

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26 de septiembre de 2014
 
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LA REHABILITACIÓN DE EDIFICIOS IMPULSA EL SECTOR DE LA CONSTRUCCIÓN  
Convertir conocimiento en valor añadido:  Guía práctica inmoley.com de la rehabilitación edificatoria. La Comisión de Infraestructuras y Urbanismo de CEOE ha elaborado un informe examinando los efectos sobre el empleo de una estrategia a largo plazo para invertir en la renovación del parque nacional de edificios, tal como sugiere la Directiva comunitaria 2012/27 de Eficiencia Energética. El informe incluye las medidas consensuadas por el sector para impulsar la industria de la construcción desde la rehabilitación de edificios. La Comisión de Infraestructuras y Urbanismo de CEOE tiene como objetivo analizar la posición de las organizaciones empresariales directa e indirectamente vinculadas con las infraestructuras y el urbanismo, así como los efectos que sobre sus representadas produce la actividad promotora, constructora, conservadora y rehabilitadora de obra civil y edificación, a fin de proceder a la defensa de sus intereses ante las administraciones competentes.
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La  Directiva  2012/27  de  Eficiencia  Energética  dispone  en  su  artículo  4  que  Los  Estados  miembros  establecerán  una  estrategia  a  largo  plazo  para  movilizar  inversiones  en  la  renovación  del  parque  nacional  de  edificios residenciales y comerciales, tanto público como privado. Una primera versión de esta  estrategia debía haber sido presentada el pasado día 30 de abril de 2014. 

El  perfil  de  tipologías/costes  de  rehabilitación/recorrido  de  eficiencia  energética no es homogéneo para el parque de viviendas que hay que rehabilitar.  

En el modelo se ha tenido en cuenta esta heterogeneidad, suponiendo que en los primeros  años se rehabilitan los edificios donde la inversión por vivienda es menor, y que además  tienen una mayor eficiencia energética por euro invertido, para luego pasar gradualmente  a aquellos edificios donde las viviendas son algo más caras de rehabilitar, y con tasas de  ahorro energético por euro invertido algo menores (aunque la rehabilitación siga siendo  rentable en términos económicos y energéticos). 

En la realidad, es previsible que estos “escalones” que se aprecian no  sean tales y se lamine la curva, porque cuando estén ejecutándose las obras de la primera  fase  (tipologías  con  mayor  ahorro  energético  por  euro  invertido),  se  solaparán  con  las  siguientes  (retrasos,  dificultades  para  arrancar  algunos  proyectos,  aceleración  de  otros  sobre lo previsto…). Pero esta casuística no es fácil de estimar matemáticamente, por lo  que se ha optado por mantener estos “saltos” como si las distintas tipologías de edificios  entraran  en  la  planificación  de forma  discreta  en  lugar  de  continua. Lo  que  no  ofrece  dudas es el volumen total de viviendas rehabilitadas en el período de tiempo 2014-2020,  los ahorros energéticos, inversiones públicas, etc. 

Se  ha  dividido  el  parque  de  viviendas  en  ‘franjas’  en  función  de  su  tipología  (uni/plurifamiliar, número de plantas, antigüedad, nivel de aislamiento térmico, etc.), por  lo que cada una de ellas arroja distintas franjas de consumo (p.e. el primer grupo que se  rehabilita en los primeros años supone el 50% del consumo total de esa franja) y distintos  costes  de  rehabilitación,  lo  que  a  su  vez  arroja  distintos  ratios  [ahorro  energético/€  invertido]. Con estas premisas, la progresión del modelo obedece a cuatro fases distintas:  (1) se empiezan a rehabilitar las viviendas con mejores ratios al principio, (2) se continua  con otras “algo más complicadas” en los años siguientes, (3) a los cuatro años se empieza a  notar el efecto de la “curva de aprendizaje” con un abaratamiento de costes, pero este  efecto  se  atenúa  a  partir  de  2019,  porque  (4)  entra  una  nueva  franja  de  viviendas  con  ratios [ahorro energético/€ invertido] algo menos favorables. 

En el modelo cada franja de edificios está representada por su valor medio de consumo y  tiene  asignado  un  coste  medio  de  rehabilitación  por  vivienda,  mostrando  esa  heterogeneidad del parque, referida en el párrafo anterior. Asimismo, el modelo tiene en  cuenta que la capacidad del sector para rehabilitar viviendas no es ilimitada. Todo esto  produce que el modelo vaya “subiendo escalones” a medida que entran nuevas franjas y  “bajándolos”  a  medida  que  salen  las  franjas  ya  rehabilitadas.  Esto  lógicamente  tiene  repercusión en los costes de inversión, porque evidentemente las primeras viviendas son  más  baratas  de  rehabilitar  para  un  mismo  ahorro  energético.  De  todas  formas  es  de  esperar que, en la práctica, todo quede laminado por las premisas básicas. Lo realmente  válido  es la suma total de viviendas/ahorros en el período. 

Se  ha  considerado  que  las  subvenciones  no  se  van  a  plantear  “ad  eternum”  (esto  supondría  una  carga  para  el  Gobierno  actual  y  futuros  que  no  sería  asumible).  Las  subvenciones  directas  tienen  un  papel  importante  al  principio,  pero cuando  el  nuevo  modelo  de  negocio esté  rodado  y  la  curva  de  aprendizaje  superada,  las  necesidades  de  subvenciones públicas serán mucho menores, hasta extinguirse en un período estimado de  diez años (todo ello sujeto a que se cumplan las proyecciones realizadas sobre, entre otras  variables, el precio de la energía). 

La subsidiación de préstamos no se atenúa con el tiempo, sino que crece, ya que cuantas  más viviendas rehabilitadas hay, año tras año, más créditos a propietarios a amortizar se  acumulan  en términos  absolutos.  Existe  un  punto  de  inflexión  en  el  año  2019,  que  es  cuando se estima que entra la siguiente “franja” de viviendas. 

Según este informe, se debería crear un Fondo Nacional de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas  que permita apoyar la identificación de nuevos modelos de negocio y flujos financieros a  medida.  Este  Fondo  podría  tener  un  papel  más  allá  del  financiero,  como  puede  ser  su  influencia  sobre  el  marco  operativo,  asistir  en  la  organización  de  la  intervención,  establecer  normas  de  calidad,  activar  los  canales  de  distribución  y  construir  nuevos  modelos. 

Rehabilitar el 3% de la superficie de los edificios de la administración central –edificios de  servicios  administrativos– y,  a  su  vez,  trasladarlo  al  resto  de  administraciones autonómicas y locales. La Administración Pública debe contribuir con un modelo claro a  través de la rehabilitación de edificios públicos mediante un plan de mejora. Para ello se  requiere una lista completa de edificios públicos con sus características y consumo, que  permita  facilitar  la  identificación  de  oportunidades  y  la  posterior  licitación  para  la  rehabilitación. A través de un proceso adecuado, los edificios administrativos podrían ser  evaluados  y  organizados  en  una  cartera  de  proyectos  para  licitar  progresivamente  su  rehabilitación  y  mejora.  Las  licitaciones  deberían  estar  basadas  en  evaluaciones  con  escenarios  de mejora,  y  ayudar  de  este modo  a  producir y mostrar  un  modelo  español  rentable para la rehabilitación de edificios de oficinas.  

Sería muy conveniente crear incentivos fiscales para aquellos colectivos que realizan una  intervención  de  rehabilitación.  Asimismo,  sería  muy  apropiado  establecer  incentivos  y  deducciones  fiscales,  tanto  para  las  Comunidades  de  Propietarios  como  para  los  propietarios  de  inmuebles,  para  favorecer  la  realización  de  tales  acciones  de  rehabilitación. 

Se recomienda fijar  de  manera  unívoca  el  concepto  de  rehabilitación en  la legislación  y  normativa  vigentes  de  todas  las  administraciones  competentes  en  la  materia,  para  evitar  los  problemas interpretativos y de carácter práctico en la concesión de autorizaciones diversas  y licencias, así como en el seguimiento del proyecto. Entre otras normas, con definiciones  diversas de dicho concepto se hallan: la Ley del Impuesto sobre el Valor Añadido, la Ley del  Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el Código Técnico de la Edificación, la Ley  de  Ordenación  de  la  Edificación,  el  Real  Decreto  235/2103  de  5  de  abril,  sobre  procedimiento básico de certificación de la eficiencia energética, la legislación urbanística  autonómica  y  las  Ordenanzas  Municipales  de  Construcción  y  Rehabilitación).  Lo  mismo  cabría decir en relación con los diferentes tipos de actuación y de gestión que precisan las  actuaciones de regeneración y de renovación urbanas, las diferentes actuaciones públicas  en remodelación de barrios, las actuaciones urbanísticas de renovación del tejido urbano  con participación privada y los  programas de ayudas y estímulos a la rehabilitación privada  de barrios, edificios y viviendas.  

VER INFORME COMPLETO

http://www.observatorioconstruccion.com/ficheros/e60bbc8cc06faa9ea6704d61cb8b6644.pdf 
 


 

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